TSJ declaró la constitucionalidad del decreto que prorroga el Estado de Alarma
El fallo ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.337 dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, mediante el cual se prorroga la declaratoria del Estado de Alarma en todo el territorio nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.579 Extraordinario del 05 de octubre de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Señala la sentencia Nº 0146-2020 de la Sala Constitucional, en ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que la integran, que el mencionado decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reseñó una nota de prensa.
Finalmente, el fallo ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
Señala la sentencia Nº 0146-2020 de la Sala Constitucional, en ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que la integran, que el mencionado decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reseñó una nota de prensa.
Finalmente, el fallo ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
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