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Soberanía vs. Derechos Humanos (II)

La humanidad hoy desconoce todo régimen que represente un estado ajeno a las formas de cooperación más integras que se conocen en el plano político, jurídico, económico, social y cultural, como los son los DDHH

  • ORLANDO VIERA-BLANCO

07/03/2023 05:00 am

Hemos sido invitados por la Universidad John Cabot de Roma, para participar en la ceremonia de apertura de la Conferencia Modelo de NNUU-2023. Honrados de compartir con una importante comunidad de estudiantes de todo el mundo y sus profesores, sobre los conceptos de soberanía vs. Libertad y Derechos Humanos [DDHH].

También sostuvimos reuniones con autoridades de gobierno y el parlamento Italiano, como el Dr. Matteo Angioli, de Global Committee for the Rule of Law [Senado Italiano] y Andrea Onorevole, Secretario de Gobierno del Ministerio de Justicia de Italia, Partito Fratelli D’Italia. Abogamos por los DDHH, presos políticos en Venezuela y migrantes en Italia, gracias a los buenos oficios de activistas venezolanos como Gloria Dautan y Marinellys Tremamunno.

A continuación, parte de nuestro discurso en la Universidad John Cabot de Italia.

El ser antes del ser…

La esencia de los DDHH es el reconocimiento de la otra persona, de su existencia anterior a la mía, que obliga éticamente a valorar esa vida anterior, esa existencia que abre en mi ser, el dominio del lenguaje, la intersubjetividad y el derecho. Es el ser antes del ser

La universalidad del hombre en tiempos del liberalismo moderno, no la glorifica el derecho formal y abstracto. La universalidad del ser humano precede al derecho, que tutela al hombre-ser, como ser-social. El verdadero sentido liberal de una democracia moderna y madura es convertir la justicia en poder coercitivo vigilante de los derechos particulares del hombre, del ser-pensante, inteligente, racional. El verdadero manifiesto de la universalidad de los DDHH es hacerlos parte de nuestra vida, de nuestra costumbre, de nuestra cultura, nuestro lenguaje, de nuestra expresión más genuina de identidad e intersubjetividad. No por ser ley sino por ser natural. La sociedad es garante de sus DDHH, no por acción del estado, de un tratado o una constitución, sino por ser un valor anterior al derecho, que anteceden la existencia. La autonomía del individuo sería, según lo apunta Javier García Roca, anterior y superior a la soberanía de la nación a la que viene a limitar.

Existo luego legislo…

En Venezuela nuestra Constitución [1999] consagra en su preámbulo, el Estado democrático y vigilante de los DDHH. “El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; [asegurará] el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; [promoverá]la cooperación pacífica entre las naciones[…]la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos…” [lo último destacado nuestro].

Volvemos al conflicto: ¿Qué sucede si al son del principio de soberanía y no intervención, se ampara un régimen autoritario, donde no existe ni Dios, ni Bolívar, ni nada de nada, capaz de dar “garantía universal e indivisible de los derechos humanos”?

El Artículo 1 de la CBV reza: “La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional”.

Veamos: Hemos consignado [este mes] ante la Corte Penal Internacional [CPI] el reordenamiento de 880 incidencias de fuente pública de crímenes de Lesa Humanidad cometidos en Venezuela entre 2014-2022, demostrando que en Venezuela no hay justicia que castigue a estos criminales. Entonces, ¿La soberanía es garantía real de libertad, igualdad, justicia y paz internacional? ¿Dónde queda la soberanía cuando el ser-ciudadano de una nación supuestamente protagónica, multiétnica y pluricultural, es segregado, torturado y desplazado impunemente?

Dice el Art. 2 de CRBV: “Venezuela se constituye en un-Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los DDHH, la ética y el pluralismo político”. ¿Es la justicia un factor coercitivo de garantía ciudadana? ¿La soberanía condiciona los DDHH o es al revés? Las conclusiones de la de Comisión de Determinación de Hechos, la CPI o ACDHNU, lo contradicen.

La cultura y los DDHH no se decretan…

Curiosamente los derechos intelectuales y de creación están previstos en el Capítulo VI De los Derechos Culturales y Educativos de la CBV. El Artículo 98-C establece que, “la creación cultural es libre […] libertad [que] comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Artículo 99-ejusdem, ordena que, “Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios”. El tema es que la cultura no se decreta. La cultura, los DDHH y la creación, no son un valor ideológico ni propiedad o disposicion del Estado, sino intrínsecoz, autónomos y precedentes al Estado mismo. El Estado-soberano no limita o legitima la cultura y los DDHH. Son los DDHH y la cultura quienes validan la soberanía.

Bernales Ballesqueros nos habla de la transversalidad de la conversión de los DDHH, lo cual “significa pensar y actuar en el sentido que los DDHH son el fundamento ético, moral y objeto mismo de la acción del estado y prerrequisito para el bienestar de la sociedad.” Pero cuando este prerrequisito es letra muerta, el enunciado constitucional es quimera.

Si la democracia no cuenta con un poder judicial independiente garante de los DDHH que, en vez de procurar su concreción y realización efectiva, es un apéndice de criminalización política, la convivencia, la paz, la justicia y la felicidad del pueblo, son sólo oda y poesía. La noción de la soberanía como poder absoluto e ilimitado, es hoy rechazada por la doctrina política. La búsqueda del bien común y la soberanía de los derechos personales está por encima de la vieja concepción del poder territorial dotado de dominación bajo posturas ideológicas y milicianas.

Debemos ir más allá de la despersonalización de la soberanía como valor autónomo y entenderla como valor dependiente de la ley. La humanidad hoy desconoce todo régimen que represente un estado ajeno a las formas de cooperación más integras que se conocen en el plano político, jurídico, económico, social y cultural, como los son los DDHH.

La esclavitud, la relativización de la dignidad, la raza, la vida o la libertad, son consecuencia de no anteponer el ser al deber. Por ello cuando se decretó la abolición de la esclavitud, la humanidad vivió su máxima proliferación. Si los DDHH son sólo convenios y tratados y no existe una convicción profunda, sentida, íntima, moral y cultural de la inviolabilidad de los DDHH, el concepto retrogrado de soberanía y no intervención harán de los DDHH su máxima relativización, es decir, el mejor aliado del Estado-populista y totalitario.

No seamos meros objetos del derecho internacional. Seamos sujetos activos, retroactivos de la vida, de la autonomía y voluntad del estado que vela por el bien común. Seamos las voces de las víctimas, fuente de inspiración del “jus cogens,” del derecho de gentes que, por consagrar verdades fundamentales, por elevar la virtud de los DDHH, escriben la historia de la conciencia jurídica y ciudadana de los pueblos civilizados.

@ovierablanco
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