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Piden actualizar monto de equipaje acompañado aplicado para compras en puerto libre de Margarita

Cámara de Comercio de Nueva Esparta señala que actualmente el monto no llega a medio dólar

  • ANA CAROLINA ARIAS

06/02/2021 05:12 pm

Nueva Esparta.- La Cámara de Comercio Puerto Libre y Producción de Nueva Esparta plantea como medida de impulso revisar la norma que limita el valor de artículos nuevos que sacan los visitantes fuera del territorio insular.

De acuerdo a la Ley de Puerto Libre que rige el comercio de importación en la isla de Margarita, solo se permite sacar mercancía valorada en 125 unidades tributarias, lo que al día representa unos 187 mil 500 bolívares, ni medio dólar, considerando que la cotización del dólar está cercana a los dos millones de bolívares.

La norma es calificada por el sector comercial como carente de toda vigencia, pues no se corresponde ni en lo mínimo con el nivel de inflación que registra el país.

Teodoro Bellorín, presidente de la Cámara de Comercio, señaló que ante la fuerte caída de la actividad comercial por la suspensión del turismo, la pérdida del poder adquisitivo de los venezolanos y prioridades exclusivas para productos esenciales, es vital que lo que puedan adquirir los turistas no tenga obstáculos para su salida de la isla.

El artículo 18 de la referida Ley de Puerto Libre establece que “los efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros mayores de catorce años estarán libres del pago de gravámenes aduaneros, siempre y cuando en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional equivalente a ciento veinticinco unidades tributarias”, sobre lo cual señala el gremio en su pronunciamiento institucional: “La realidad es que el impacto inflacionario en los precios de los productos en nuestra entidad, hace anacrónico limitar a este valor un artículo nuevo a ser llevado a territorio aduanero nacional”.

Al respecto la directiva del gremio comercial sugiere que por tener esta normativa un efecto notablemente negativo en la actividad turística y comercial en la región, las autoridades pueden apegarse al artículo 3 de la misma ley que establece que “el Ministerio de Finanzas, por órgano del Ministro, podrá, individual o conjuntamente con otros órganos del Ejecutivo Nacional, según el caso, dictar por Resolución u otros actos, normas y procedimientos especiales relacionados con el régimen especial de Puerto Libre”.

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