TSJ en el exilio declaró "inconstitucional" la aplicación del petro
Por medio del Twitter del TSJ en el exilio se dio a conocer la sentencia donde alertaron que se está violentando la Constitución al usar monedas distintas a la establecida por la ley
Caracas.- El Tribunal Supremo de Justicia en el exilio declaró inconstitucional el cobro de los derechos de propiedad intelectual en petro.
Por medio del Twitter del TSJ en el exilio se pudo conocer la sentencia que denuncia que el registro de propiedad intelectual es un derecho fijado por la Constitución y alertaron que se está violentando al usar monedas distintas a la establecida por la ley.
El uso del petro como medio de pago se formalizó en Gaceta Oficial el 9 de abril del año 2018.
Tribunal Supremo de Justicia declara inconstitucionalidad de aplicación del “Petro” en el cobro de los derechos de propiedad intelectual que ilegalmente exige el régimen a los usuarios del Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual. @sapi_ve @OEA_oficial https://t.co/VCSMxUoiB0
— TSJ_Legítimo (@TSJ_Legitimo) 16 de julio de 2019
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