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TSJ declara nulos los actos de la AN desde 2017

El Tribunal Supremo de Justicia durante el mediodía de este lunes, informó que la Asamblea Nacional no tiene validez sobre los acuerdos de transición y ayuda humanitaria

  • Diario El Universal

22/01/2019 05:30 am

"La Asamblea Nacional (AN) no tiene junta directiva válida y todos sus actos son nulos por usurpación de autoridad", reza la sentencia dada a conocer por el segundo presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrado Juan José Mendoza. La decisión del TSJ fue hecha pública cerca del mediodía de este lunes, confirmando lo que ya había sido anticipado por el presidente de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Diosdado Cabello y otros altos funcionarios del Gobierno nacional que han venido cuestionando las más recientes decisiones de la Asamblea Nacional, sobre usurpación del cargo de presidente de la República, transición democrática, amnistía y ayuda humanitaria, así como la referente a protección e activos, pendiente de aprobación por la AN. 

Expuso Mendoza que la AN desconoce a los poderes del Estado, al desacatar sus fallos y mandatos, relacionados con la elección y juramentación de Nicolás Maduro para un segundo período presidencial. Recordó que en fecha 11 de enero de 2017, la Sala Constitucional declaró nulo el acto parlamentario celebrado el 5 de enero de 2017, así como el celebrado el 9 de enero de 2017, con ocasión del nombramiento de la nueva Junta Directiva de la Asamblea Nacional y todos los actos parlamentarios subsecuentes que se generen por contrariar las órdenes de acatamiento a las decisiones de este máximo tribunal del país. 

Afirmó en tal sentido que la Asamblea Nacional no tiene Junta Directiva válida, por incurrir "la írrita Directiva" elegida el 5 de enero de 2019, al igual que las "designadas" inconstitucionalmente durante los años 2017 y 2018, "en usurpación de autoridad, por lo cual todos sus actos son nulos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 de la Constitución de la República". "Se decidió que cualquier actuación de la Asamblea Nacional y de cualquier órgano o individuo en contra de lo aquí decidido será nula, y carente de toda validez y eficacia jurídica, sin menoscabo de la responsabilidad a quien diera lugar", expresó el magistrado. 

Nulos también los acuerdos 
La decisión de nulidad de todos los actos de la AN incluye los cuatro acuerdos emitidos por la AN "en desacato" el pasado 15 de enero, calificados por el TSJ de inconstitucionales. Son ellos: la "Declaratoria de usurpación de la presidencia de la República", "autorización de ayuda humanitaria para atender la crisis social", así como el acuerdo de protección de activos del Estado Venezolano por supuesta "usurpación" del Poder Ejecutivo y el acuerdo sobre una ley de amnistía para los civiles y militares. 

Destacó Mendoza que la AN no puede erigirse en Tribunal Supremo de Justicia para declarar una "pretendida usurpación" y que no puede asumir un Parlamento la acción del Gobierno. Sobre el primer acuerdo referente a supuesta usurpación de poderes por parte de Maduro, señaló que "la AN en desacato violenta los artículos 130, 131 y 132 constitucionales, en particular el deber que tiene toda persona de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público". 

También, continuó Mendoza, "desconoce al Poder Judicial al desacatar sus fallos, al Poder Electoral que realizó el proceso electoral en el cual fue elegido, proclamado y juramentado como presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela para el período 2019-2025, Nicolás Maduro, al Poder Ejecutivo al desconocer la investidura de su titular y, la más grave, al titular de la soberanía, el pueblo, quien lo escogió en comicios transparentes, mediante el sufragio universal, directo y secreto". Sobre el acuerdo para la autorización de "Ayuda Humanitaria", recordó que el TSJ declaró nula la "Ley Especial para Atender la Crisis Nacional de Salud", aprobada por la AN el 28 de abril de 2016.  
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