AN discutirá este jueves Proyecto de Ley sobre la Organización de Mediación Internacional
La sesión parlamentaria tuvo inicio a las 11:30 de la mañana de este jueves
En sesión ordinaria de este jueves 12 de junio, la Asamblea Nacional discutirá el Proyecto de Ley Aprobatoria de la Convención sobre el establecimiento de la Organización Internacional para la Mediación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 106 del Reglamento Interior y de Debates del Parlamento.
El pasado 2 de junio, el presidente de la República, Nicolás Maduro, afirmó que “Venezuela será pionera en la creación de una poderosa Ley sobre la Organización de Mediación Internacional, a la que ingresó esta semana junto a países progresistas del mundo”.
“Nace una nueva organización para la mediación internacional y la hemos suscrito (…) y muy pronto Venezuela, quizás, será el primer país del mundo en aprobarla, como manda la Constitución, y será una ley de la República”, aseveró el jefe de Estado.
El hemiciclo también discutirá la autorización del nombramiento del ciudadano José Gregorio Biomorgi Muzattiz como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Bolivariana de Venezuela ante la República Libanesa, de conformidad con lo consagrado en los artículos 187, numeral 14, y 236, numeral 15, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El pasado 2 de junio, el presidente de la República, Nicolás Maduro, afirmó que “Venezuela será pionera en la creación de una poderosa Ley sobre la Organización de Mediación Internacional, a la que ingresó esta semana junto a países progresistas del mundo”.
“Nace una nueva organización para la mediación internacional y la hemos suscrito (…) y muy pronto Venezuela, quizás, será el primer país del mundo en aprobarla, como manda la Constitución, y será una ley de la República”, aseveró el jefe de Estado.
El hemiciclo también discutirá la autorización del nombramiento del ciudadano José Gregorio Biomorgi Muzattiz como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Bolivariana de Venezuela ante la República Libanesa, de conformidad con lo consagrado en los artículos 187, numeral 14, y 236, numeral 15, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

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