Derecho a las vacunas
Convenios internacionales y leyes nacionales reconocen de manera expresa las implicaciones del derecho a la salud y atención en especial en casos de emergencia
Muchos grupos sociales necesitan la vacuna contra el Covid-19: los que están al frente por sus actividades sanitarias, de seguridad, de prestación de servicios públicos, los comerciales, los docentes y otros que se exponen diariamente y sus familias, pero al final, toda la población amenazada por una pandemia que se ha extendido y que debe ser controlada y eliminada.
En este difícil momento se debe actuar de manera segura y firme porque nos encontramos en un estado de emergencia en materia de salud pública y son requeridas todo un conjunto coherente de medidas que deben adoptarse con alto compromiso, profesionalismo, con unidad nacional ya que la pandemia no espera y su avance o retroceso depende de la efectividad de todos los factores.
Los convenios internacionales y las leyes nacionales reconocen de manera expresa las implicaciones del derecho a la salud y la atención en especial en casos de emergencia. Es un derecho humano fundamental que no puede ser desconocido. No puede haber más tardanza e incertidumbre en este proceso en el cual no sabemos, a la fecha, cuando serán vacunadas las personas vulnerables, los trabajadores, los ancianos y los jóvenes, todos, todos.
La respuesta debe ofrecerse de inmediato. La apertura de otras opciones en materia de producto debidamente aprobado por las autoridades de salud es indispensable. El compromiso de Estado y del sector privado en que se concrete esta campaña de vacunación es evidente, tanto así que el laboratorio AstraZeneca ha señalado los elementos de esta acción que debe ser: “amplia, equitativa y oportuna” a lo que agregamos prioritaria, urgente, accesible económicamente, sin discriminación ya que la situación no admite más demoras.
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