El salario
La Lottt eliminó el llamado salario de “eficacia atípica“ que permitía rebajar el 20% de un incremento salarial lo que era inconstitucional
El salario ha sido es y será una lucha constante por su progresividad de la clase trabajadora, logrando su protección por la vía de garantías constitucionales, convenios de la OIT, Leyes y como mecanismos de adaptación a las realidades económicas mediante las convenciones colectivas.
La constitución bolivariana lo eleva a garantía y señala que el salario debe ser suficiente para permitir vivir a los trabajadores(as) con dignidad y cubrir para sí y “ sus necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales ”, que a “trabajo igual a salario igual", tiene carácter inembargable a excepción de las pensiones alimentarias. El estado debe garantizar el salario mínimo vital ajustado por año, con referencia a la cesta básica.
La Lottt desarrolla conceptual y clasifica con la voz salario que se refiere al denominado como “salario integral “que es toda remuneración, provecho o ventaja cualquier sea su denominación o cálculo que corresponda a los trabajadores(as) por la prestación de sus servicios y comprende: las comisiones, primas, gratificaciones, utilidades, bono vacacional, recargos por días feriados, horas extras, bono nocturno, alimentación y vivienda. Tienen las garantías ya mencionadas de la constitución Bolivariana.
La Lottt, igual define el salario normal : es el que recibe el trabajador (a) en forma regular y permanente y excluye, del mismo las accidentales, las derivadas de las prestaciones sociales y las que para la ley no tienen carácter salarial. La Lottt eliminó el llamado salario de “eficacia atípica“ que permitía rebajar el 20% de un incremento salarial lo que era inconstitucional.
El salario es la capacidad económica que ofrece cualquier sociedad a sus trabajadores, jubilados y pensionados.
carlossainzm@gmail.com
La constitución bolivariana lo eleva a garantía y señala que el salario debe ser suficiente para permitir vivir a los trabajadores(as) con dignidad y cubrir para sí y “ sus necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales ”, que a “trabajo igual a salario igual", tiene carácter inembargable a excepción de las pensiones alimentarias. El estado debe garantizar el salario mínimo vital ajustado por año, con referencia a la cesta básica.
La Lottt desarrolla conceptual y clasifica con la voz salario que se refiere al denominado como “salario integral “que es toda remuneración, provecho o ventaja cualquier sea su denominación o cálculo que corresponda a los trabajadores(as) por la prestación de sus servicios y comprende: las comisiones, primas, gratificaciones, utilidades, bono vacacional, recargos por días feriados, horas extras, bono nocturno, alimentación y vivienda. Tienen las garantías ya mencionadas de la constitución Bolivariana.
La Lottt, igual define el salario normal : es el que recibe el trabajador (a) en forma regular y permanente y excluye, del mismo las accidentales, las derivadas de las prestaciones sociales y las que para la ley no tienen carácter salarial. La Lottt eliminó el llamado salario de “eficacia atípica“ que permitía rebajar el 20% de un incremento salarial lo que era inconstitucional.
El salario es la capacidad económica que ofrece cualquier sociedad a sus trabajadores, jubilados y pensionados.
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