BCV suspende servicios que faciliten pagos en divisas
El organismo exhorta al sector bancario al cese inmediato de cualquier producto o servicio que los bancos universales y microfinancieros se encuentren ofreciendo a sus clientes y usuarios
El Banco Central de Venezuela (BCV) emitió un comunicado en el que establece la suspensión de producto o servicio que facilite los pagos de bienes y servicios en divisas en el país.
En el documento, con fecha del nueve de octubre de 2020, el ente exhorta al sector bancario al cese inmediato de cualquier producto o servicio que los bancos universales y microfinancieros se encuentren ofreciendo a sus clientes y usuarios, que impliquen el pago de bienes y servicios en divisas en la República Bolivariana de Venezuela, con cargo a las cuentas en moneda extranjera en el sistema financiero nacional.
"Se informa a dichas instituciones bancarias que el Banco Central de Venezuela no ha autorizado a ninguna empresa para operar como proveedor no Bancario de Servicios de Pago en moneda extranjera. En este sentido, las empresas que se encuentren ofreciendo tales servicios, lo hacen en contravención a lo dispuesto en los artículos 2, 14 y 23 de la Resolución N° 18-12-01 del 04/12/2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.547 del 17/12/2018, contentiva de las “Normas Generales sobre los Sistemas de Pago y Proveedores No Bancarios de Servicios de Pago que Operan en el País”", se lee en la circular publicada en la página oficial del BCV.
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