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Afirman que la ausencia de prórroga para la declaración del ISLR es una medida "desconsiderada"

Castillo aseguró que “el Ministerio de Finanzas no presentó una razón auténtica para revisar las políticas tributarias durante la cuarentena”

  • JOSHUA DE FREITAS

01/04/2020 03:46 pm

Caracas.- La ausencia de una prórroga para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) fue "una medida desconsiderada e injusta con los contribuyentes y divorciada de la terrible realidad que vivimos con el Covid – 19, según el abogado y presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario (AVDT), Juan Carlos Castillo, en una entrevista exclusiva para El Universal.

“La administración tributaria privilegió la recaudación sobre otros derechos constitucionales como lo es la protección de la economía”, declaró el abogado.

Para el representante de la organización, las entidades gubernamentales desconocen que esta medida puede ser contraproducente para la nación, ya que “las empresas han detenido sus actividades y, por consiguiente, su flujo respectivo para atender el pago de tributos está mermado”.

“De nada me sirve que una empresa familiar se vea obligada a cerrar, a despedir a su plantilla de trabajadores o a liquidar sus equipos para tratar de pagar sus tributos” explicó Castillo. En este panorama, como Estado, “conseguiste el fin de recaudar los tributos; sin embargo, esas empresas pueden dejar libres a varios trabajadores, más los empleos indirectos que no producen un valor tributario, por consiguiente, pierdes la posibilidad de generar un mayor impuesto a futuro”, agregó.

Frente a las medidas que decretó el gobierno para la emergencia sanitaria, en donde se encuentra la inercia laboral, el presidente de la AVDT recalcó que “no se puede mantener la inamovilidad cuando el patrono no existe”, por lo que las empresas cometerían una “contradicción” a las medidas, lo que refleja las complicaciones socioeconómicas de la situación frente a la rigidez del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

“En otras ocasiones el Seniat ha postergado el plazo del pago del ISLR, (…) en este contexto se hace comprensible una justificación de una prórroga o de facilidades de pago tanto del ISLR como las demás obligaciones tributarias del contribuyente”, aseveró.

Posibles soluciones

De seguir el contexto actual en relación al pago de aranceles, Castillo sugirió que a las empresas les “tocará, en su oportunidad. impugnar las resoluciones por las cuales se le impongan multas a los contribuyentes, así como presentar las imposibilidades exteriores para realizar el pago en plazo correspondiente como elementos eximentes de la responsabilidad penal tributaria”.

“Lo ideal debería ser que no se llegara a una situación de imposición de sanciones, sino que el Seniat se abstenga de imponer penalidades para los contribuyentes, independientemente de que no hubiera establecido una prórroga. Pero todo parece indicar que no va a pasar”, opinó.

Establecer prioridades

“En una valoración de los intereses del Estado, no debería estar en su mayor interés el efecto que pudiese tener la disminución de la recaudación, sino mantener la integridad de las empresas para que puedan generar riquezas a futuro”, estimó Castillo. “Es un cálculo equivocado cuando se privilegia la recaudación frente a la corrección de la economía nacional”.

El presidente de la AVDT consideró como “una razón no auténtica” las declaraciones del Ministerio Finanzas, en donde se estipula que la decisión de no aliviar la carga tributaria tiene como objetivo no aumentar el déficit fiscal.

“Es una ‘excusa mágica’ para no realizar una revisión no exhaustiva de las políticas que han implementado otros gobiernos para entender que el tener un déficit fiscal representa un objetivo menor frente a la protección del sector empresarial para apoyar la recuperación económica", afirmó.

Castillo sugirió que, además del pago del ISLR, se debe implementar un diferimiento indefinidamente, o por un periodo de tiempo prudencial, a la publicación de la nueva alícuota del Impuesto al Valor Agregado para el caso de la adquisición de bienes y servicios en moneda extranjera, ya que considera que esa medida, en este contexto, “encarecería las operaciones de los contribuyentes, particularmente los consumidores finales, conocido como el ciudadano de a pie, en la situación en que vivimos”.
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