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Tribunales de Nueva York revelan detalles sobre las sentencias de PDVSA 2020: los mercados experimentan una fuerte recuperación

La decisión del tribunal más alto de Nueva York deja aún asuntos sin resolver después de cinco años de costoso litigio

  • Diario El Universal

04/03/2024 08:55 pm

La Corte de Apelaciones de Nueva York emitió una decisión, dictaminando que la emisión de Bonos PDVSA 2020 está, de hecho, sujeta a la ley local venezolana bajo el Código Comercial Uniforme de Nueva York. 

La sorpresiva decisión del tribunal más alto de Nueva York deja asuntos sin resolver después de cinco años de costoso litigio entre la Junta Ad-Hoc de PDVSA y los tenedores de bonos, al tiempo que introduce una nueva incertidumbre en la subasta de CITGO realizada por el juez Leonard Stark en Delaware a través de PDV Holding y arroja dudas sobre el “papel de Nueva York como centro financiero preminente”. 

Los bonos PDVSA 2020 inicialmente cotizaron a la baja a un mínimo de 67 desde 89. Durante la última semana, gracias a las expectativas de una recuperación adicional de intereses de $530 millones y la reinclusión en el índice de bonos EM de JP Morgan, los bonos 2020 experimentaron una fuerte recuperación. a 84.

CITGO enfrenta simultáneamente un proceso de venta ordenado por un tribunal, ya que enfrenta más de $21 mil millones en demandas contra el Estado venezolano por expropiaciones, incumplimientos de contratos y bonos soberanos. La refinería con sede en Estados Unidos sólo vale aproximadamente la mitad del monto total reclamado. 

Los acreedores serán pagados a través de una subasta de CITGO luego de un fallo que decía que actuó como un “alter ego” del gobierno venezolano. Los Bonos 2020 fueron emitidos por PDVSA, el gigante petrolero estatal, en una Oferta de Canje del gobierno de Maduro en septiembre de 2016. 

A diferencia de los $25 mil millones de dólares de deuda no garantizada de PDVSA, los tenedores de bonos recibieron una prenda de garantía bajo la ley de Nueva York por el 50,1% de Citgo Holding Inc., la subsidiaria de propiedad total de PDV Holding, a su vez la subsidiaria de PDVSA en los EE. UU. Meses después En diciembre de 2016, Rosneft recibió una garantía similar del 49,9% a cambio de su préstamo a PDVSA.

Desde el principio, los Bonos 2020 fueron objeto de controversia con la Asamblea Nacional, controlada por la oposición, elegida en 2015, denominada AN 2015. Cuestionaron la validez del acuerdo de prenda en el momento de su emisión. Citando la Constitución, argumentaron que la Asamblea Nacional debe aprobar los contratos de interés nacional.

En 2019, la administración Trump llevó a cabo una campaña de “máxima presión” para provocar un cambio de gobierno en Venezuela, que incluyó reconocer a la AN 2015 como la autoridad legítima en el país.

Por eso el gobierno interino en el exilio recibió el control de PDV Holding y sus filiales. Al principio, el Gobierno Interino pagó un cupón de 71,5 millones de dólares en mayo de 2019, pero luego incumplió seis meses después y lanzó un proceso de litigio contra los tenedores de bonos para invalidar la prenda.

Aunque el gobierno interino está extinto desde diciembre de 2022, la AN 2015 aún controla PDV Holding a través del “Junto Ad Hoc de PDVSA” y un comité de protección de activos conocido como CAPA.

Por ahora existe una nueva incertidumbre de más de $530 millones en intereses adicionales acumulados desde la sentencia sumaria de 2020. el cual correría a cargo de los postores de PDVH en la subasta CITGO de Stark.

José Ignacio Hernández, arquitecto de la Junta Ad-Hoc de PDVSA y de la estrategia de litigio de la Asamblea Nacional de 2015, sigue confiado: “Creo que será bastante fácil demostrar que, según la constitución venezolana, este era un contrato de interés nacional y fue rechazado. por el poder legislativo de la época. La Asamblea Nacional lo rechazó dos veces en 2016 y luego en 2019”.

Ricardo Penfold, economista y estratega jefe de Seaport Global, sostiene que es poco probable que la decisión de Nueva York cambie el resultado final: “La ley venezolana es clara en que no hay necesidad de exigir la aprobación de la Asamblea Nacional para este bono”.

“La corte de apelaciones sólo consideró la Constitución”, dice Penfold, “pero no la Ley Orgánica de la Administración Pública del Sector Público. Al revisar esta Ley, el tribunal federal debería concluir que PDVSA no requirió la aprobación de la Asamblea Nacional para emitir el Bono 2020”.

Francisco Rodríguez, economista de la Universidad de Denver, sostiene que la emisión cumplió claramente con la ley venezolana vigente en ese momento.

“La ley venezolana dice explícitamente que no se necesita la aprobación de la Asamblea Nacional para emitir deuda del banco central, PDVSA y otras empresas estatales”, dice Rodríguez. “PDVSA nunca en su historia ha solicitado autorización legislativa para emitir deuda o pignorar activos.

Lo que está en juego es el requisito de la Constitución, argumenta Rodríguez, de que “los contratos de interés público nacional con entidades extranjeras estén sujetos a la aprobación legislativa. En el pasado, los tribunales y legisladores venezolanos han interpretado ese término para excluir la emisión de deuda o la prenda de activos”.

“Las dudas que surgen sobre el acuerdo de prenda no son tanto sobre la legalidad sino sobre la constitucionalidad de las leyes que autorizan su emisión”, afirma Rodríguez. "Esas cuestiones sólo pueden ser resueltas por la Sala Constitucional del país".

“Ni siquiera la Asamblea Nacional, en 2016, dijo que el compromiso fuera ilegal o inconstitucional”, continúa Rodríguez. “Lo hicieron para otros proyectos gubernamentales, como concesiones mineras. Pero en este caso, no querían que se les culpara de forzar un default”.

En 2019, el supuesto gobierno del interinato también emitió un bono con garantía sobre Citgo Holding, la empresa matriz de Citgo Petroleum, con vencimiento en 2024. “No solicitaron aprobación legislativa entonces”, dice Rodríguez.

Rodríguez sostiene que la decisión del Tribunal de Apelaciones de Nueva York podría prolongar el proceso, pero no necesariamente cambiará el resultado final. “La venta de Citgo ordenada judicialmente sigue adelante, ya que la empresa enfrenta otro tipo de reclamaciones. El resultado más probable es que el postor ganador, después de adquirir Citgo, llegue a algún tipo de acuerdo con los tenedores de bonos 2020”.

Las implicaciones de la decisión judicial

Con la perspectiva de un litigio prolongado, este caso plantea una serie de cuestiones conflictivas para los tribunales de Nueva York y pone en riesgo a Nueva York, como jurisdicción de elección de ley preferida, introduciendo una incertidumbre renovada para futuras emisiones de deuda soberana en el estado.

También llega en una encrucijada para la política más amplia del gobierno de Estados Unidos hacia Venezuela. Un momento crucial antes de las elecciones en el país sudamericano, la subasta de CITGO y una estrategia de acercamiento a través del Acuerdo de Barbados.

Ahora que los tribunales de Nueva York juzgan el derecho constitucional venezolano, se corre el riesgo de reabrir la separación de poderes entre el Ejecutivo y el Judicial. Cuestiones que enfrentaron tanto los jueces Stark como Polk-Failla en Delaware y Nueva York, en particular cuando el gobierno de los Estados Unidos se negó a opinar en el Distrito Sur de Nueva York.

Los observadores informados de este caso también cuestionan si la AN 2015 todavía tiene autoridad y capacidad legal para continuar el litigio contra los tenedores de bonos según la constitución venezolana, ya que su plazo legal expiró en 2021.

Los litigios continuos podrían abrir una caja de Pandora, con interrogantes más profundos sobre el reconocimiento por parte de Estados Unidos de la AN 2015 y, por extensión, la autoridad de la Junta Ad Hoc de PDVSA. El reconocimiento se otorga mediante Licencia General 42, que solo tendrá vigencia hasta mayo de 2024.

¿Cuáles serán los próximos pasos? 

En una carta de junio de 2023 dirigida al Secretario de Estado Anthony Blinken, CAPA dijo que tenía la intención de “continuar las negociaciones para satisfacer mediante acuerdos consensuales los reclamos de Crystallex, los tenedores de bonos PDVSA 2020 y los acreedores de PDVSA con órdenes de embargo existentes; preservando al mismo tiempo la propiedad venezolana de los activos de PDVH y Citgo para que puedan usarse para generar fondos adicionales para pagar a los acreedores restantes de la República”.

Hernández sostiene que los acreedores no pueden negociar con ninguna de las partes sola. 

“La deuda debe estar en la mesa de negociaciones entre el gobierno y la oposición”, continúa Hernández. “Mientras tanto, también necesitan trabajar juntos contra los riesgos más inminentes, como la venta de Citgo por orden judicial. Así quedó estipulado en el Acuerdo de Barbados. Sólo tenemos que asegurarnos de que se respete”.

Un analista financiero y legal dijo: “Es completamente irracional que no haya ninguna parte en el proceso de Albany que tenga el mandato de trabajar hacia una solución que sea holísticamente constructiva para Venezuela. No hay nada en la estrategia estadounidense que parezca beneficiar al pueblo venezolano”.

El camino de menor resistencia sería que un representante creíble de Venezuela y los tenedores de bonos llegaran a un acuerdo. GL 42 debería reconsiderarse o aclararse mediante preguntas frecuentes; Las empresas energéticas estadounidenses han podido negociar con PDVSA, el gobierno de Venezuela y sus abogados para recuperar su deuda o comprar petróleo y gas.

Habrá más preguntas incómodas cada día que pase bajo la actual política de Estados Unidos hacia Venezuela, lo que reforzará la caracterización del juez Stark de los partidos de oposición de Venezuela y la Junta Ad-Hoc de PDVSA como “deudores de sentencias altamente recalcitrantes”.

No está claro si habrá un compromiso y un acuerdo, pero el tiempo se acaba y para finales de marzo, Stark habrá completado la perfección de las órdenes de embargo, moviendo $20.6 mil millones en acreedores al Paso 7 y cerrando el proceso de subasta de PDVH a irreversible.
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