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Con decreto de la Gobernación de Barinas buscan controlar reventas y sobreprecios

Dentro de los aspectos del decreto destaca la prohibición de comercialización del papel moneda en todo el estado Barinas, de conformidad a lo establecido en el artículo 137 de la Ley del BCV

  • WALTER OBREGON

19/06/2018 11:33 am

Barinas.- El decreto 093 de la Gobernación de Barinas es el nuevo instrumento legal con el que pretenden proteger a los ciudadanos de esta entidad, de la comercialización excesiva en mercados, establecimientos, calles y tarantines, donde predomina la reventa y remarcaje de precios. 

Dentro de los aspectos destaca la prohibición de comercialización del papel moneda en todo el estado Barinas, de conformidad a lo establecido en el artículo 137 de la Ley del Banco Central de Venezuela, y la venta y reventa de productos distribuidos por el Estado, adquiridos a través de los distintos planes y programas sociales como Mercal, Pdval y Disbasa (Distribuidora Socialista de Barinas, SA), en mercados municipales, calles, avenidas, centros de acopios, bodegas informales, kioscos y cualquier otro sitio improvisado. 

También se refiere a la prohibición de la variación de precios en los productos y servicios que deban ser pagados con efectivo, puntos de venta, vía mensajería de texto o transferencias bancarias, al igual que arrendamiento, préstamo, tenencia y uso de los puntos de ventas electrónicos a personas naturales y jurídicas, que no sean propietarios o consignatarios de los mismos para la efectiva comercialización de diversos rubros. 

Con el decreto 093 la Gobernación de Barinas prohíbe la injustificada variación de precios, sobre todo, de aquellos productos, herramientas, materiales e implementos, relacionados a la rama de la construcción, ferretería, mecánica, medicinas, calzados, textil, papelerías y cualquier otro que sea de mayor utilidad relacionado con el comercio lícito.

A partir de este decreto las autoridades tendrán la obligación de ejecutar una constante supervisión en mercados municipales, supermercados, abastos, mataderos, Consejos Locales de Alimentación y Producción (CLAP), centros de beneficio y demás espacios públicos y privados donde se comercialicen productos de primera necesidad, para garantizar la comercialización a precios justos. 

Especifica el documento que se procederá con sanciones pecuniarias a los infractores, que deberán ser canceladas ante el Servicio Desconcentrado de Administración Tributaria del estado Barinas (Sateb), las cuales serán destinadas para gastos de inversión social a través de la gobernación. 
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