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Abogado de Acosta Arévalo: "En Venezuela no hemos superado la violación de los DDHH"

Alonso Medina Roa, abogado del difunto capitán Rafael Acosta Arévalo, consideró que la entrega controlada y obstaculizaciones en el caso es un "irrespeto" a su familia y a la sociedad

  • NAHEM ROSALES

11/07/2019 07:54 am

Caracas.- Este jueves, Alonso Medina Roa, abogado del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo, explicó detalladamente el caso de este último y consideró que en Venezuela todavía están muy presentes las violaciones de los Derechos Humanos y que, de hecho, nunca se han superado. 

"En Venezuela no hemos superado el tema de la violación de los Derechos Humanos. Ha sido una constante en la historia republicana del país", aseguró en conclusión, luego de explicar lo sucedido con Acosta Arévalo y refiriéndose también a otros casos similares.

Respecto al entierro del capitán de corbeta, Medina dijo, en el programa Primera Página de Globovisión, que el tribunal a cargo ordenó una "inhumación controlada (...) sin haber oído la representación de la víctima, sin tomar en cuenta la opinión familiar, sin tomar en cuenta el dolor de la familia del capitán Acosta Arévalo", añadiendo que se acordó la inhumación en el Cementerio del Este de Caracas "a pesar que la familia deseaba enterrar al capitán Acosta en la ciudad de Maracay".

Definiendo la "inhumación controlada", el abogado acotó que es una medida innominada que dicta un tribunal de control, por medio de la que determina las condiciones del entierro. "Caso similar ocurrió con Oscar Pérez. Es decir, el Estado es quien controla todos los actos del sepelio; inclusive, este fue un entierro donde solamente estuvieron cuatro, cinco familiares, del resto eran puro funcionarios públicos". 

Siguiendo con el capitán Acosta Arévalo, dijo que acudieron al tribunal y que sólo consiguieron "obstrucciones y más obstrucciones, al extremo de prohibir el ingreso a la sede de la fiscalía 34 cualquier familiar o representante jurídico". Por tanto, consideró que era un "irrespeto" tanto a la familia como a la sociedad que quiere y debe saber lo acontecido con el capitán. 

Luego de anunciarse el fallecimiento del funcionario, se obstaculizó la acreditación de la víctima, que en este caso era la hermana, argumentando que sólo se reconocía como "víctima" a la cónyuge, aunque las normas procesales dictaminan que se puede considerar víctima indirecta igualmente a los padres y cualquier familiar de cuarto grado de consanguinidad. Así lo explicó Medina Roa, quien afirmó que "la arbitrariedad y la violación de las normas ha sido una constante en este caso".

En cuanto a lo que queda por hacer, mencionó que se procederá a solicitar, desde un punto de vista jurídico, informaciones específicas sobre el procedimiento, entiéndase las condiciones del capitán al momento de llegar al hospital, a los tribunales, quiénes lo tenían bajo custodia, entre otros aspectos. "Estamos en todos estos trámites procesales", sentenció. 

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