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Objetan medidas del CNE sobre las postulaciones

Vicente Bello aseguró que solo con una ley puede reglamentarse esa materia electoral y no a través de una resolución emitida por este ente comicial

  • DAYANNA CAPEZZUTI

17/03/2018 05:31 pm

El representante de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), Vicente Bello, indicó que un derecho constitucional, como lo es la postulación de candidatos, no puede ser reglamentado a través de una “resolución” emitida por el CNE, “sino a través de una ley”.

El experto se refirió al anuncio de la rectora principal del CNE, Tania D’amelio, quien advirtió este jueves que las organizaciones con fines políticos que no concurran a las elecciones presidenciales de mayo próximo, no podrán postular candidatos para las elecciones a los consejos legislativos de los estados y de concejales en los municipios de todo el país.

Bello detalló que “desconoce” si la información dada por Tania D’amelio, Rectora Principal del CNE, se trata de una “opinión personal, o una decisión final”.

Señaló que la medida tomada por el ente electoral, “contraviene un derecho político establecido en la Constitución de la República”, en el cual se precisa que los partidos que estén organizados y registrados “tienen derecho a postular candidatos en los distintos procesos electorales que se celebren en el país”.

Considera Bello, que la decisión del organismo comicial, demuestra la “importancia” de que llegue al país una comisión de “observación internacional, desde el inicio y durante todo el proceso”.

Dijo igualmente que el partido político que representa tiene razón cuando  afirma que “no se está respetando la Ley Orgánica Electoral”, lo que, en su concepto, podría determinar la “nulidad” de las venideras elecciones.

Otras objeciones

Expertos en temas electorales de frecuente consulta y apoyo a partidos de oposición, han venido insistiendo igualmente en lo que consideran “irregularidades” en la conformación de las bases del actual proceso.

Según advierten, la decisión del directorio del CNE y de la Junta Nacional Electoral (JNE), de ejecutar las actividades de la postulación de candidatos a legisladores estadales, sin antes haber definido la reprogramación del cronograma inicialmente aprobado para el 22 de abril, y que ahora deberá incluir nuevas actividades referidas a dichos comicios,  “viola lo dispuesto por los artículos 42 y 44 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), así como los artículos 110 y 111 del Reglamento General de la Lopre”.

Explican que el artículo 42 de la Lopre estipula que “en el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos de conformidad con lo previsto en esta Ley” al término de los días transcurridos desde el 12 del pasado mes de marzo cuando la presidenta del directorio del CNE y de la JNE, rectora Tibisay Lucena, convocó estos comicios para el domingo 20 de mayo.

También el artículo 42 de la Lopre establece que “las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral, serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas”.

El artículo 43 establece que “para postularse por iniciativa propia, las o los electoras y electores deberán presentar conjuntamente con los requisitos exigidos para optar al cargo de elección popular al cual aspiran, un respaldo de firmas de electoras y electores equivalentes al cinco por ciento (5%) del Registro Electoral del estado, Distrito Capital, distrito, municipio, parroquia o cualquiera otra división territorial, según corresponda al ámbito territorial del cargo”.

Por su parte el Observatorio Electoral Venezolano, se pronunció sobre el particular, señalando que estos cambios se realizan a pesar de que “no se han publicado las proyecciones poblacionales del Instituto Nacional de Estadísticas". 

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