Ilícitos aduaneros e infracciones tributarias
Es importante que la persona o empresa que ha sido multada haga valer sus derechos constitucionales
MANUEL ALFREDO RODRÍGUEZ
| EL UNIVERSAL
domingo 20 de enero de 2013 12:00 AM
Es frecuente observar en el ejercicio profesional las sanciones impuestas a las empresas respecto al pago de multas por la violación de lo regulado en la Ley Orgánica de Aduanas y del Código Orgánico Tributario. Éstas constan en los procesos llevados por los tribunales en lo Contencioso Tributario y la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. El contribuyente, sea persona natural o jurídica, es sometido a las decisiones administrativas emitidas por la División de Operaciones de la Aduana Marítima o Aérea, adscrita al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat). Estos pronunciamientos se originan a raíz del Acta de Reconocimiento, de Inspección o Visitas realizadas por la autoridad, funcionarios o efectivos de la Guardia Nacional en la sede o domicilio de la empresa investigada. Aunado a lo anterior, el contribuyente podría estar incurso en la comisión de delitos por lo que quedará supeditado a un proceso penal instaurado en su contra ante el Ministerio Público o Fiscalía.
En atención a la Sentencia Nº 5 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (de fecha 24 de enero de 2001), la sociedad mercantil que ha sido castigada con el pago de multas puede ejercer el Derecho a la Defensa e impugnar, rebatir, desvirtuar o revisar el contenido del Acta de Reconocimiento o Inspección y la Resolución de Multa. Sin embargo, es importante que la persona o empresa que ha sido multada haga valer sus derechos constitucionales o legales dentro de la oportunidad establecida para ello.
Por su parte, los abogados del Fisco Nacional alegarán que hubo ilícito aduanero por tratarse de la importación de bienes que han sido ingresados al territorio aduanero nacional existiendo presunción de evasión al pago de impuestos, tasas y contribuciones tributarias. Debido a que la mercancía no cumplió los requisitos legales (tipo de bienes y cantidad declarada), la interpretación de la autoridad conlleva a la eventual acusación fiscal.
Los abogados en Venezuela especialistas en Derecho Aduanero, Aeronáutico o Marítimo advierten a la persona sindicada de cometer el ilícito aduanero que, de forma independiente al curso de la averiguación o juicio penal abierto en su contra, tiene la facultad de exigir la entrega de la mercancía retenida y proceder al pago de los gravámenes y demás tributos. El derecho a la defensa se puede hacer valer en todo estado y grado del proceso, artículo 49 constitucional.
Escritorio Jurídico
Manuel Alfredo Rodríguez, A.C.
asomivis@gmail.com
@UCV_MAR
www.protejase.com.ve
En atención a la Sentencia Nº 5 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (de fecha 24 de enero de 2001), la sociedad mercantil que ha sido castigada con el pago de multas puede ejercer el Derecho a la Defensa e impugnar, rebatir, desvirtuar o revisar el contenido del Acta de Reconocimiento o Inspección y la Resolución de Multa. Sin embargo, es importante que la persona o empresa que ha sido multada haga valer sus derechos constitucionales o legales dentro de la oportunidad establecida para ello.
Por su parte, los abogados del Fisco Nacional alegarán que hubo ilícito aduanero por tratarse de la importación de bienes que han sido ingresados al territorio aduanero nacional existiendo presunción de evasión al pago de impuestos, tasas y contribuciones tributarias. Debido a que la mercancía no cumplió los requisitos legales (tipo de bienes y cantidad declarada), la interpretación de la autoridad conlleva a la eventual acusación fiscal.
Los abogados en Venezuela especialistas en Derecho Aduanero, Aeronáutico o Marítimo advierten a la persona sindicada de cometer el ilícito aduanero que, de forma independiente al curso de la averiguación o juicio penal abierto en su contra, tiene la facultad de exigir la entrega de la mercancía retenida y proceder al pago de los gravámenes y demás tributos. El derecho a la defensa se puede hacer valer en todo estado y grado del proceso, artículo 49 constitucional.
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Comentarios (134)
Por Cruz Briceño
09.05.2013
11:02 AM
ilicitos aduaneros
Por emily martinez
27.01.2013
1:38 PM
cuando no se cumple con los requisitos que solicita una entrada o salida de mercancía en la aduana tiende a ocurrir estas situaciones. es decir, en la cual te retiene o decomisan la mercancía. lo importante de todo esto es que los funcionarios apliquen íntegramente sus funciones, y no se aprovechen de la situación, y las personas o propietarios de la mercancía hagan valer sus derechos ante tal circunstancia.
Por emily martinez
24.01.2013
6:26 PM
ya que la ley nos confiere tal derecho establecido en el articulo 49 de la constitución como muy bien lo expresa la opinión.hay que saber utilizar nuestros derechos porque todo ciudadano merece un debido proceso.
Por Diana C. Corona R.
24.01.2013
12:27 PM
En Venezuela se ven muchos casos en los que no se respetan los derechos de los dueños de la mercancia, pero es importante saber cuales son los derechos que tienen y que aun cuando sean multados, nadie tiene derecho a quitarle su mercancia, siempre y cuando cumplan con sus multas establecidas
Por Ariana Rodriguez
23.01.2013
1:43 PM
Los impuestos generados por una empresa o persona natural son vitales para el desarrollo de un país ya que es tomado en cuenta en el presupuesto nacional, es por esto que las autoridades tributarias y aduaneras deben hacer cumplir al pie de la letra todos los pagos ya que alguna falta por parte de los empresarios debe ser sancionado con multas o acciones mas graves dependiendo de tema
Por Daniel Carrero
23.01.2013
1:40 PM
Para una empresa es muy importante tener al día y de manera responsable el pago de impuestos ya que esto puede generarle a la empresa o persona natural graves consecuencias ante el ente tributario
Por Simón Gómez Milano
23.01.2013
1:31 PM
Una muestra más de que Venezuela tiene las herramientas para ser un país desarrollado, más no el personal calificado. Hoy en día se observa una manipulación incorrecta de las leyes por parte de los organismo encargados, con el fin de beneficiarse, mediante la corrupción e ilegalidades. Por ende se debe ser consciente de las normas que nos amparan, en caso de que alguien que hubo ilícito aduanero, ya sea por evasión de impuestos o tasas; la ley permite exigir la entrega de la mercancía retenida y proceder al pago de gravámenes y demás tributos
Por Simón Gómez Milano
23.01.2013
12:35 PM
Una muestra más de que Venezuela tiene las herramientas para ser un país desarrollado, más no el personal calificado. Hoy en día se observa una manipulación incorrecta de las leyes por parte de los organismo encargados, con el fin de beneficiarse, mediante la corrupción e ilegalidades. Por ende se debe ser consciente de las normas que nos amparan, en caso de que alguien que hubo ilícito aduanero, ya sea por evasión de impuestos o tasas; la ley permite exigir la entrega de la mercancía retenida y proceder al pago de gravámenes y demás tributos.
Por Carlos Osuna
23.01.2013
12:26 PM
Es importante saber como proceder ante alguna sanción que imponga algún agente de aduana, ya que puede pasar que esta persona solo haga una amenaza a una empresa en busca de un beneficio económico
Por Simón Gómez Milano
23.01.2013
11:56 AM
Un ejemplo más, de que Venezuela tiene las herramientas para ser un país desarrollado, mas no tiene el personal calificado para lograrlo. Es importante tomar en cuenta que tenemos que hacer valer nuestros derechos ante la ley, y evitar futuros inconvenientes, como estafas por parte de algunos organismos del estado. En caso de que exista alguna falta, donde se alegue que hubo un ilícito aduanero, ya sea por evasión de impuesto,tasas y contribuciones tributarias; se tiene el derecho de exigir la mercancía retenida y proceder al paro de los gravámenes.
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