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Indemnización por accidente

¿Qué posibilidades de alcanzar el cobro tienen los reclamantes?

MANUEL ALFREDO RODRÍGUEZ |  EL UNIVERSAL
domingo 17 de junio de 2012  12:00 AM
Cómo estima el juez la remuneración dineraria o indemnización de los daños ocasionados a la víctima por un accidente laboral, de tránsito u otros en Venezuela?; ¿qué debe hacer el afectado para asegurar el pago a su favor?; ¿qué posibilidades de alcanzar el cobro tienen los reclamantes de indemnización por accidentes?

Las personas que sufren los daños materiales y morales producidos en un evento de cualquier naturaleza, o los que deriven de presunta responsabilidad profesional (negligencia médica, en la industria de la construcción u obras de ingeniería) para recibir el resarcimiento deben demandar ante los tribunales dentro de la oportunidad legal respectiva.

Si se trata de un siniestro laboral, por ejemplo, la Ley Orgánica del Trabajo prevé que el patrono responde con su patrimonio, siendo irrelevante las condiciones en que acontece; aplica la Responsabilidad Objetiva. ¿Qué significa esto? Bastará demostrar la ocurrencia del hecho y el grado de incapacidad o perjuicio sobrevenido para determinar el monto de la compensación económica. Asimismo, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (Lopcymat) regula la materia preventiva del riesgo laboral: el patrono o empresa responde si el accidente deviene de las condiciones inseguras cuando el trabajador cumple servicios. El pago por concepto de reparación del daño aumenta si el patrono conocía la situación del peligro laboral habido en la empresa.

En los tribunales de la república abundan las demandas intentadas por trabajadores víctimas de accidentes ocurridos dentro del horario de labores. Ahora bien, para que proceda la obligación patronal de indemnizar, la ley exige que el accidente de trabajo haya ocasionado al empleado un daño funcional o corporal. Esto refiere a un acontecimiento en relación al trabajo que se presta, el que padezca el trabajador en cumplimiento de sus funciones, aún más, en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo (sede de la empresa). Por ello es importante que la víctima recabe las pruebas necesarias para obtener una sentencia que condene al patrono o empresa a pagar la indemnización de los daños y perjuicios. Las pruebas pertinentes a presentar son: las declaraciones de los testigos, informes o experticias médicas, inspecciones y documentos en general. Por último, para que la víctima procure el pago de la indemnización puede solicitar al tribunal a través de sus abogados el congelamiento del dinero habido en cuentas bancarias del patrono y el embargo sobre bienes de la empresa.

Presidente de la Asociación Americana de Abogados

asomivis@gmail.com

www.protejase.com.ve



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