Sanciones y penalizaciones
Una justicia diligente que actúe siempre pensando en los derechos y el bien de la gente
Con la aprobación del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) y su puesta en vigencia el 01/07/99, y de las demás leyes reformadas directamente vinculadas con el procedimiento penal, se inició una honda transformación de la justicia penal venezolana, movida por la convicción de la importancia que para salvaguardar la libertad y la dignidad de las personas tiene, en cualquier lugar del mundo y circunstancia, la existencia de una justicia diligente -rápida-, moral y técnicamente idónea -transparente-, y que actúe siempre pensando en los derechos y el bien de la gente -con sentido de equidad.
Para promover su existencia en nuestro país se cambió radicalmente el procedimiento y la organización de los órganos de la justicia penal de cómo eran entonces, que permitían en los hechos que las personas detenidas se enteraran de qué y porqué se les acusaba solo cuando el juez instructor de su causa disponía su enjuiciamiento, lo que reducía notablemente su capacidad de defensa. Se sustituyó el sistema escrito por uno realmente oral y abrió las puertas a la participación de los ciudadanos en el desarrollo de los juicios: en el ejercicio directo de impartir justicia y como espectadores de los juicios penales, hoy coartada de diversas formas.
Experiencia positiva
Lamentablemente, no obstante haber sido recogidos en la Constitución vigente los principios que inspiraron su formulación, por la falta de una promoción sostenida no se han divulgado debidamente las experiencias positivas registradas durante su vigencia, mientras -por lo contrario- se siguen repitiendo críticas que atribuyen al COPP situaciones judiciales que nada tienen que ver con sus contenidos ni con los resultados reales de su aplicación cabal. Que tienen más que ver con la tendencia manifiesta a la inclusión de sanciones y penalizaciones -normas draconianas- contra los ciudadanos en prácticamente cualquier ley que se propone o modifica.
Todas las leyes son susceptibles de ser mejoradas a través de su reforma, lo que siempre ocurre cuando se modifican para facilitar a los ciudadanos su realización personal y familiar en libertad, según su querer y empeño. No así cuando se reforman para introducir en ellas nuevas sanciones y penalizaciones o ampliar las existentes, que las hacen más punitivas y convierten el quehacer de los ciudadanos en un andar entre normas que amenazan día tras día su existir. Por ello, los ciudadanos deben estar muy atentos -y reclamarlo a sus representantes- a que la razón que mueva al legislador sea siempre su bienestar espiritual y material.
luisoberto@yahoo.com
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