Reglamento antidrogas
Destinar el 100% de los aportes de la Loctycsep a la ONA es un error
Desde el 1° de julio de 2009 está vigente el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (" Loctycsep") sobre los aportes previstos en sus artículos 96 y 97. Asimismo, están vigentes el Plan Nacional Antidrogas y la creación del Fondo Nacional Antidrogas. Sin embargo, tales instrumentos han sido "suspendidos hasta nuevo aviso". Menos mal.
El reglamento establece que los aportes previstos en los artículos 96 y 97 de la Loctycsep deberán ser destinados a la ONA. El monto total puede ser superior al 3% del PIB, según cálculos extraoficiales. Dicho monto es enorme y el destino del 100% de los aportes a la ONA es un error. Sobre todo, porque impide que continúen experiencias exitosas que han tenido muchas empresas.
Lo que se impone es una mejor distribución de los recursos e impulsar la capacitación del recurso humano en prevención del blanqueo de activos, entre otros temas.
En efecto, quienes hemos trabajado desde hace varias décadas en la prevención y el tratamiento de las adicciones, sabemos lo costoso que es la curación y lo difícil que es lograrlo en un ambiente donde proliferan la oferta de sustancias adictivas, el lavado de activos derivados del tráfico de drogas, la corrupción y otros delitos graves.
Son varios más los errores del reglamento. De forma racional, la ONA ha suspendido su aplicación en espera de la reforma a la Loctycsep. Ojalá que la Asamblea Nacional corrija los errores creados. También es de esperar que se permita la capacitación de las empresas contra la legitimación de capitales y el financiamiento del terrorismo. Eso sería una política de Estado coherente y eficaz en temas tan delicados.
fernando.fernandez@bakernet.com
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