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CNE extiende plazo para inscripción de candidatos a Consejos Legislativos

Por disposición del CNE las juntas regionales electorales estarán habilitadas para recibir las planillas de solicitud de postulación, debidamente acompañadas de los recaudos señalados en el mencionado Reglamento, hasta las 4:00 de la tarde del próximo martes 14 de agosto.

EL UNIVERSAL
viernes 10 de agosto de 2012  02:28 PM
Caracas.- Hasta el martes 14 de agosto, a las 4:00 de la tarde, las organizaciones con fines políticos, grupos de electoras y electores, así como candidatas y candidatos por iniciativa propia a los consejos legislativos regionales, tendrán la oportunidad de formalizar sus postulaciones antes las juntas electorales regionales, siempre y cuando hayan efectuado su inscripción  a través del Sistema Automatizado de Postulaciones antes de la medianoche de este viernes.

De acuerdo con el cronograma electoral para las elecciones regionales del 16 de diciembre, el lapso para presentar postulaciones a los consejos legislativos nominal y lista, se estableció del 1  al 10 de agosto, por lo que el CNE mantendrá habilitado el sistema para postular hasta la medianoche de este viernes, reseñó nota del CNE.

Según lo establecido en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales es requisito indispensable postularse a través del Sistema Automatizado de Postulaciones disponible en el portal oficial del Consejo Nacional Electoral en Internet www.cne.gob.ve. El interesado debe descargar la planilla de postulación del sistema, imprimir y firmar por triplicado para presentarlas ante las juntas regionales electorales facultadas para recibir y aceptar las postulaciones.

Por disposición del CNE las juntas regionales electorales estarán habilitadas para recibir las planillas de solicitud de postulación, debidamente acompañadas de los recaudos señalados en el mencionado Reglamento, hasta las 4:00 de la tarde del próximo martes 14 de agosto.

De estar completos los datos y documentos requeridos, la postulación se tendrá como presentada. En caso de faltar algún documento de los previstos en la Ley, las organizaciones postulantes o candidatas y candidatos por iniciativa propia tendrá cuarenta y ocho (48) horas para consignar los documentos faltantes.
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