TRICOLOR LEGAL
• En su artículo 7, la Ley de Partidos Políticos prohibe a estas organizaciones utilizar los símbolos de la patria en sus denominaciones.
• De acuerdo con el reglamento electoral, no está permitida la propaganda que "utilice los símbolos nacionales o regionales de la patria o de los próceres de la República Bolivariana de Venezuela".
• El reglamento señala: "La información concerniente a las obras de Gobierno, los mensajes y alocuciones oficiales, no podrán tener contenidos y símbolos publicitarios o propagandísticos de naturaleza electoral".
• El artículo 6 de la Ley de Símbolos establece que "todo venezolano o extranjero podrá hacer uso de la Bandera Nacional diariamente".
de EL UNIVERSAL. Si no lo eres, Regístrate aquí
El Universal no se hace responsable por las opiniones emitidas en este espacio. Los comentarios aquí publicados son responsabilidad de quién los escribe.
El Universal no permite la publicación de mensajes anónimos o bajo seudónimos.
El Universal se reserva el derecho de editar los textos y de eliminar aquellos que utilicen un lenguaje no apropiado y/o que vaya en contra de las leyes venezolanas.
Cómo anunciar |
Suscripciones |
Contáctenos |
Política de privacidad
Términos legales |
Condiciones de uso |
Mapa del Sitio |
Ayuda
El Universal - Todos los derechos reservados 2012
