Súmate espera por fallo del TSJ contra rectoras del CNE
Rectoras D'Amelio y Hernández "ejercen en fraude a la Constitución"
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Ricardo Estévez, director de la asociación civil Súmate, acudió ayer a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a solicitar información sobre el recurso de nulidad por inconstitucionalidad que presentó el 26 de noviembre de 2009.
Entonces, Súmate presentó un recurso contra la designación de dos rectoras principales y un suplente en la directiva del Consejo Nacional Electoral (CNE), que viola el Artículo 296 de la Constitución, así como el artículo 9, numeral 4, de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), que se encuentra en fase de sentencia desde febrero.
Estévez recordó que se trata de la designación de Tania D'Amelio y de Socorro Hernández, así como la designación en el cargo de suplente de Iván Zerpa, secretario de la Asamblea Nacional. Hace dos años Súmate interpuso en el TSJ un recurso de nulidad contra la lista que manejó el Comité de Postulaciones Electorales de la Asamblea Nacional para cubrir las vacantes de rectores del CNE con el argumento de que las hoy rectoras eran militantes del PSUV y no podían ser postuladas a esos cargos. Dijo el vocero que la defensa de los señalados entonces fue renunciar a su militancia en el partido de Gobierno "con lo que quedó en evidencia porqué impugnamos".
Estévez precisó que su solicitud la basaron en lo previsto en el Artículo 296 de la Constitución que prevé que "El Consejo Nacional Electoral estará integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos o ellas serán postulados o postuladas por la sociedad civil, uno o una por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades".
El vocero llamó la atención sobre el hecho de que el tiempo aproximado que transcurre en los casos listos para dictamen es de mes y medio y tres meses y este recurso ya lleva más de nueve meses en espera.
Dijo que no se puede comprender como la máxima instancia judicial de la República esté en mora con la solicitud de justicia por parte de un grupo de ciudadanos, que aspira tener rectores electorales imparciales e independientes, y contar con un sistema electoral realmente confiable, tal como lo exigen los artículos 294 y 296 de la Constitución y los artículos 3, 7, 8, 9 y 32 de la LOPE.
Estéves recalcó que D' Amelio y Hernández estén ejerciendo una autoridad en fraude a las normas constitucionales.
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