Corte Interamericana analiza ejecuciones parapoliciales en Falcón
El caso de Néstor Uzcátegui y otros en contra del Estado venezolano fue presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el Comité de Familiares de Víctimas de los Sucesos ocurridos entre Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic) y por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) como representantes de las víctimas.
Caracas.- Este lunes 28 de noviembre se realizó en Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica, la audiencia para conocer el caso de Néstor Uzcátegui quien, presuntamente, fue víctima de una ejecución parapolicial.
El caso de Néstor Uzcátegui y otros en contra del Estado venezolano fue presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el Comité de Familiares de Víctimas de los Sucesos ocurridos entre Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic) y por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) como representantes de las víctimas.
Durante la audiencia, Luis Uzcátegui declaró sobre las dramáticas circunstancias en que perdió la vida su hermano, Néstor José Uzcátegui, "como consecuencia de una ejecución extrajudicial, así como de las graves violaciones de las que fueron víctimas él y su familia durante el allanamiento policial realizado en la vivienda familiar el 1 de enero de 2001, en la urbanización Las Velitas de Coro, estado Falcón".
Igualmente, declaró acerca de hechos posteriores como actos de hostigamiento, allanamientos, detenciones y amenazas de los que ha sido objeto como resultado de sus denuncias y en el ejercicio de su labor como defensor de derechos humanos, además de puntualizar sobre las secuelas emocionales y físicas que ha sufrido como consecuencia de los hechos y las afectaciones a su proyecto de vida.
Los representantes de las víctimas recordaron, en sus alegatos, lo afirmado por el perito Peccerelli Monteroso, quien declaró por escrito ante la Corte y dejó constancia de qué aspectos básicos de la investigación en un caso de ejecución extrajudicial fueron omitidos. No se cumplieron con los estándares internacionales en las evaluaciones médico legales y la debida diligencia en las investigaciones de ejecuciones extrajudiciales.
El levantamiento planimétrico, según consta en el expediente, se realizó el 28 de agosto de 2002, a pesar de haber sido solicitados inmediatamente de la muerte por la Fiscalía Séptima del Estado Falcón. Luego, se realizó un levantamiento adicional el 1 de agosto de 2005.
Diez años después de los hechos, nadie ha sido condenado por estos hechos generando un gravísimo precedente de impunidad.
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