Restricciones de Trump para el ingreso a EE.UU. desde 19 países entran en vigor
A partir de este lunes, los nacionales de 12 países, incluido Haití, tienen prohibida la entrada a Estados Unidos
Caracas.- A partir del lunes 9 de junio de 2025, entra en vigor un nuevo decreto presidencial firmado por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que prohíbe la entrada al país de ciudadanos de 12 naciones y restringe parcialmente el acceso de ciudadanos de otras siete. Esta medida, anunciada el pasado miércoles, busca proteger la "seguridad nacional" de EE.UU., según la Casa Blanca, y se asemeja a restricciones impuestas durante el primer mandato de Trump.
Países afectados
Prohibición total de entrada:
Afganistán
Birmania (Myanmar)
Chad
República del Congo
Guinea Ecuatorial
Eritrea
Haití
Irán
Libia
Somalia
Sudán
Yemen
Restricciones parciales:
Burundi
Cuba
Laos
Sierra Leona
Togo
Turkmenistán
Venezuela
Detalles de la medida
Vigencia: La orden comenzó a regir a las 01:00 hora local de la Costa Este de EE.UU. (04:01 GMT) del 9 de junio de 2025.
Seguimiento: El secretario de Estado, Marco Rubio, tiene un plazo de 90 días para presentar un informe al presidente Trump evaluando la continuidad, modificación o finalización de esta disposición.
Excepciones:
Personas con visas vigentes que ya estén en territorio estadounidense.
Residentes permanentes en EE.UU. (titulares de la "green card").
Ciudadanos con doble nacionalidad.
Titulares de visas diplomáticas.
Atletas, entrenadores y equipos deportivos que participen en eventos internacionales como los Juegos Olímpicos o el Mundial.
Ciudadanos afganos con visas especiales.
Restricciones específicas para Cuba y Venezuela:
Prohibición de entrada para quienes posean visas de turismo (B-2), negocios (B-1), estudios (F, M) o intercambio cultural/académico (J).
Reducción de la vigencia de otras visas de no inmigrante para ciudadanos de estos países, según lo permitan las leyes.
Justificación: El gobierno de EE.UU. argumenta que los países afectados no comparten información suficiente sobre sus ciudadanos para evaluar riesgos de terrorismo o seguridad pública, y que sus nacionales representan un riesgo significativo de permanecer en EE.UU. más allá del tiempo autorizado por sus visas.
Países afectados
Prohibición total de entrada:
Afganistán
Birmania (Myanmar)
Chad
República del Congo
Guinea Ecuatorial
Eritrea
Haití
Irán
Libia
Somalia
Sudán
Yemen
Restricciones parciales:
Burundi
Cuba
Laos
Sierra Leona
Togo
Turkmenistán
Venezuela
Detalles de la medida
Vigencia: La orden comenzó a regir a las 01:00 hora local de la Costa Este de EE.UU. (04:01 GMT) del 9 de junio de 2025.
Seguimiento: El secretario de Estado, Marco Rubio, tiene un plazo de 90 días para presentar un informe al presidente Trump evaluando la continuidad, modificación o finalización de esta disposición.
Excepciones:
Personas con visas vigentes que ya estén en territorio estadounidense.
Residentes permanentes en EE.UU. (titulares de la "green card").
Ciudadanos con doble nacionalidad.
Titulares de visas diplomáticas.
Atletas, entrenadores y equipos deportivos que participen en eventos internacionales como los Juegos Olímpicos o el Mundial.
Ciudadanos afganos con visas especiales.
Restricciones específicas para Cuba y Venezuela:
Prohibición de entrada para quienes posean visas de turismo (B-2), negocios (B-1), estudios (F, M) o intercambio cultural/académico (J).
Reducción de la vigencia de otras visas de no inmigrante para ciudadanos de estos países, según lo permitan las leyes.
Justificación: El gobierno de EE.UU. argumenta que los países afectados no comparten información suficiente sobre sus ciudadanos para evaluar riesgos de terrorismo o seguridad pública, y que sus nacionales representan un riesgo significativo de permanecer en EE.UU. más allá del tiempo autorizado por sus visas.
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