“Idiota, imbécil y débil mental”: Milei publica decreto para calificar personas con discapacidad
Según la línea del Gobierno de Milei, intentan evitar que personas finjan una discapacidad para recibir dinero del Estado
Con términos despectivos y obsoletos como “idiota”, “imbécil”, “débil mental profundo”, “débil mental moderado” y “débil mental leve”, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis) del gobierno de Javier Milei, en Argentina, describe en un decreto con los lineamientos para el otorgamiento de pensiones, a las personas con trastornos neurológicos.
Se conoció a través de redes sociales y medios como LT La Tercera que la agencia gubernamental busca marcar los límites de la norma para evitar fraude. En otras palabras, según la línea del Gobierno de Milei, intentan evitar que personas finjan una discapacidad para recibir dinero del Estado.
Sin embargo, el Anexo I de la Normativa para la evaluación médica de invalidez para las pensiones no contributivas por invalidez laboral, en su "delimitación" emplea términos ofensivos y además incrementa los requisitos para recibir el beneficio.
Gobierno de Argentina sobre la discapacidad
De acuerdo a resolución publicada por la ANDis, las personas que requieren la pensión por invalidez laboral deben contar con un certificado médico oficial. Asimismo, deben poseer un resumen de historia clínica y estudios complementarios o interconsultas que certifiquen la condición de la persona.
Al hacer referencia a la discapacidad por trastornos neurológicos, el documento se refiere a este tipo de discapacidad como “retardos mentales”.
“Se trata de un déficit en el crecimiento mental y un trastorno cuantitativo caracterizado por escasez del desarrollo intelectual, afectivo y cognitivo-práxico”, explican sobre esta condición.
Seguidamente, hacen una clasificación de la capacidad, según el coeficiente intelectual (CI) utilizando términos discriminatorios y completamente obsoletos. El documento menciona la siguiente escala:

Fronterizos: los que tienen CI cercano al normal.
El anexo subraya que les corresponderá pensión solo a aquellas personas que presenten «debilidad mental profunda o mayor».
Asimismo, destaca el documento que “los débiles mentales fronterizos, leves y moderados" recibirán apoyo económico cuando "no hayan desarrollado sus disponibilidades básicas ni realizado nunca tareas remunerativas, como así también los que tengan debilidad mental disarmónica, cuyos trastornos de personalidad obstaculicen su comportamiento social y aptitud laboral”.
Sin embargo, el Anexo I de la Normativa para la evaluación médica de invalidez para las pensiones no contributivas por invalidez laboral, en su "delimitación" emplea términos ofensivos y además incrementa los requisitos para recibir el beneficio.
Gobierno de Argentina sobre la discapacidad
De acuerdo a resolución publicada por la ANDis, las personas que requieren la pensión por invalidez laboral deben contar con un certificado médico oficial. Asimismo, deben poseer un resumen de historia clínica y estudios complementarios o interconsultas que certifiquen la condición de la persona.
Al hacer referencia a la discapacidad por trastornos neurológicos, el documento se refiere a este tipo de discapacidad como “retardos mentales”.
“Se trata de un déficit en el crecimiento mental y un trastorno cuantitativo caracterizado por escasez del desarrollo intelectual, afectivo y cognitivo-práxico”, explican sobre esta condición.
Seguidamente, hacen una clasificación de la capacidad, según el coeficiente intelectual (CI) utilizando términos discriminatorios y completamente obsoletos. El documento menciona la siguiente escala:
- 0-30 (idiota): no atravesó la etapa glósica, no lee ni escribe, no conoce el dinero, no controla esfínteres, no atiende sus necesidades básicas, no puede subsistir solo.
- 30-50 (imbécil): no lee ni escribe, atiende sus necesidades elementales, pueden realizar tareas rudimentarias.
- 50-60 (débil mental profundo): solo firma, tiene vocabulario simple, no maneja el dinero, puede realizar tareas rudimentarias.
- 60-70 (débil mental moderado): lee, escribe, realiza operaciones simples, conoce el dinero, puede realizar trabajos de escasa exigencia intelectual.
- 70-90 (débil mental leve): cursó primaria y a veces secundaria, puede realizar tareas de mayor envergadura.

El anexo subraya que les corresponderá pensión solo a aquellas personas que presenten «debilidad mental profunda o mayor».
Asimismo, destaca el documento que “los débiles mentales fronterizos, leves y moderados" recibirán apoyo económico cuando "no hayan desarrollado sus disponibilidades básicas ni realizado nunca tareas remunerativas, como así también los que tengan debilidad mental disarmónica, cuyos trastornos de personalidad obstaculicen su comportamiento social y aptitud laboral”.
Siguenos en
Telegram,
Instagram,
Facebook y
Twitter
para recibir en directo todas nuestras actualizaciones