Grupo Clarín apela fallo que declaró constitucional Ley de Medios
LEDA PIÑERO
| EL UNIVERSAL
miércoles 23 de enero de 2013 12:00 AM
El grupo argentino Clarín apeló ayer el fallo que declaró constitucional la Ley de Medios, dictado en diciembre pasado por el juez Horacio Alfonso, informó el multimedios en un comunicado.
En su apelación, el Grupo Clarín destacó la "arbitrariedad" del dictamen que, a su juicio, "no tomó en cuenta" todas las pruebas presentadas en los más de 3.000 folios contentivos del expediente. De igual manera, el grupo consideró "erróneas" y "tergiversadas" las citas de jurisprudencia y doctrina nacional e internacional utilizadas por el juez.
Asimismo, el grupo planteó que, al omitir pruebas, el juez Alfonso avaló "las limitaciones de la Ley de Medios" que "configuran un avance contra la libertad de expresión y el derecho a la información" en Argentina.
Además, para el diario Clarín, Alfonso no realizó el control de "constitucionalidad" de la norma jurídica, a pesar de ese era el planteamiento central de la demanda. El conglomerado mediático consideró que el magistrado omitió el contexto de "hostigamiento y aplicación selectiva de la ley" que de acuerdo a la jurisprudencia "configura un caso de censura indirecta en los términos de la Convención Americana de Derechos Humanos".
Clarín demandó la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley. En diciembre, el juez anunció el rechazo a la solicitud del grupo.
En su apelación, el Grupo Clarín destacó la "arbitrariedad" del dictamen que, a su juicio, "no tomó en cuenta" todas las pruebas presentadas en los más de 3.000 folios contentivos del expediente. De igual manera, el grupo consideró "erróneas" y "tergiversadas" las citas de jurisprudencia y doctrina nacional e internacional utilizadas por el juez.
Asimismo, el grupo planteó que, al omitir pruebas, el juez Alfonso avaló "las limitaciones de la Ley de Medios" que "configuran un avance contra la libertad de expresión y el derecho a la información" en Argentina.
Además, para el diario Clarín, Alfonso no realizó el control de "constitucionalidad" de la norma jurídica, a pesar de ese era el planteamiento central de la demanda. El conglomerado mediático consideró que el magistrado omitió el contexto de "hostigamiento y aplicación selectiva de la ley" que de acuerdo a la jurisprudencia "configura un caso de censura indirecta en los términos de la Convención Americana de Derechos Humanos".
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