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Foto: www.sxc.hu

Fuera de CUENTAS

Ya se han cumplido las 40 semanas de gestación, pero tu hijo no se decide a nacer. ¿Por qué ocurre y cómo te controlarán?
Por Susana Pardo Gárate

Desde que tuviste noticia de tu embarazo sabes que la fecha de parto apuntada por tu ginecólogo es aproximada. Pero si al acercarse el día señalado tus nervios e incertidumbre han ido en aumento, pasada esa fecha tu impaciencia ya es incontrolable. Cada mañana al despertar te haces las mismas preguntas: ¿Esto es normal? ¿Se habrán equivocado en la fecha? ¿Estará bien el niño? ¿Puede haber problemas? Para evitar angustias innecesarias lo mejor es que comentes con el ginecólogo esas dudas y miedos en tus revisiones, que serán muy frecuentes: saber lo que va a pasar te permitirá vivir los días previos al parto un poquito más tranquila.
Lo primero, en todo caso, es saber si estás realmente fuera de cuentas. A partir de la semana 40 (equivalente a 280 días), contando desde el primer día de tu última menstruación, se considera que el embarazo está cumplido. Pero hasta la semana 42 (294 días de embarazo) no estarás oficialmente "fuera de cuentas". La ecografía del primer trimestre es fundamental para determinar de forma certera la edad gestacional y comprobar cuándo nos encontramos ante un embarazo cronológicamente prolongado.

Has de saber que no existen causas concretas que determinen el alargamiento de una gestación. Para que esto ocurra no influye en absoluto tu edad ni el hecho de que seas primeriza ni tus antecedentes genéticos. Y es que al día de hoy, los mecanismos responsables del desencadenamiento del parto siguen siendo un misterio.

No obstante, ten en cuenta que si tu embarazo se prolonga, desde ese momento la gestación se considera de alto riesgo, por lo que tendrás que someterte a un control exhaustivo para comprobar que tanto tú como el pequeño se encuentran perfectamente. De los resultados de estos controles dependerá el protocolo de actuación del especialista.

Pruebas más habituales
Es muy importante que tú misma compruebes los movimientos de tu bebé. El médico te indicará que lo hagas en períodos cortos (cada 30-60 minutos), o bien que contabilices al menos 10 movimientos del pequeño en un período de 12 horas. Pero, además, a partir de la semana 40-41 se controla el bienestar fetal mediante tres pruebas que se realizan dos veces por semana:

Monitorización basal. También llamada "test no estresante", registra las contracciones y la frecuencia cardíaca del niño para comprobar cómo se encuentra.
Ecografía. Con ella se captan los movimientos fetales, se establece el grado de madurez de la placenta y se conoce la cantidad de líquido amniótico existente.
Doppler de la arteria umbilical. Confirma el grado de reservas con que cuenta la placenta.

Por otra parte, si en la monitorización basal previa se detectan alteraciones en el latido fetal, se realiza el llamado test de oxitocina, que evalúa la respuesta del niño ante las contracciones uterinas propias del parto. Y, por último, si existen sospechas de restos de meconio en el líquido amniótico, puede que te realicen una amnioscopia, con la que se contempla, a través del cuello del útero, el estado de dicho líquido. Para hacerla es imprescindible que el cuello uterino esté suficientemente dilatado, de forma que permita introducir el amnioscopio.


Foto: www.shutterstock.com/ Cristian Alexandru Ciobanu

Inducción del parto
Aunque las pruebas realizadas determinen que tu embarazo sigue su curso con normalidad, es probable que te provoquen el parto antes de que finalice la semana 42. La inducción se realiza mediante la rotura de la bolsa placentaria (amniorrexis) y la estimulación uterina, con administración intravenosa de oxitocina. Si a estas alturas el cuello del útero no está en las condiciones adecuadas, se procede a su maduración mediante la aplicación de fármacos específicos.

Por otro lado, debes considerar que, como ya te hemos indicado, todo embarazo prolongado se considera de alto riesgo, por lo que puede traer implícitas dificultades añadidas como pérdida del bienestar fetal, que el niño sea demasiado grande (macrosómico), que el líquido amniótico resulte escaso (oligoamnios) o que aparezca contaminado por el meconio (heces fetales). Y que estas circunstancias adversas propician que en este tipo de gestaciones se realicen cesáreas de forma más habitual que en los embarazos a término.

En cuanto al pequeño, al permanecer más tiempo en el seno materno, tiene más posibilidades de aspirar meconio durante el parto, padecer hipoglucemia (bajada de azúcar) o presentar carencias de calcio al nacer. Por eso la asistencia neonatal cobra especial relevancia en estos casos.

Pese a estos posibles contratiempos de última hora, mantente tranquila y ten presente que el exhaustivo control médico que conlleva una gestación prolongada permite culminar con éxito la mayoría de los partos y atajar a tiempo los problemas añadidos que pudieran presentarse.

¿Qué puedo hacer yo?
Es normal que a estas alturas te sientas nerviosa y algo preocupada: por encima de todo deseas que tu pequeño esté bien y nazca mejor. Vivirás más relajada estos días si mantienes tu mente ocupada para evitar que los pensamientos negativos se apoderen de ti, realizas comidas ligeras y practicas ejercicio suave (caminar sigue siendo una excelente opción).

Es posible que voces amigas te aconsejen caminar rápido, agacharte, mantener relaciones sexuales con más frecuencia. Existe la creencia popular de que este tipo de acciones favorece el inicio del parto, pero no hay evidencias científicas que corroboren tal interrelación. Seguir con tu rutina diaria en la medida de lo posible y estar tranquila es lo mejor que puedes hacer para esperar con ilusión el nacimiento de tu hijo, un momento que más tarde o más temprano llegará seguro.

¿Cómo actuará el ginecólogo?

Ante un embarazo prolongado existen tres posibilidades de actuación médica. De la elección de una u otra dependerá la fecha máxima de espera para inducir el parto si éste no se desencadena antes de una forma natural.
• Actuación expectante. Consiste en esperar a que el parto se presente espontáneamente. Sólo se procede a la provocación del parto si hay evidencia de sufrimiento fetal.
• Actuación activa. Se opta por inducir el parto una vez se ha alcanzado la semana 42, independientemente del estado en que se encuentre el cuello uterino. Hoy por hoy es la opción más generalizada, con la realización de los controles clínicos pertinentes.
• Actuación mixta. Se procede a vigilancia fetal hasta la semana 42. Después se actúa en función del estado del cérvix uterino; si éste no está maduro se somete a control exhaustivo y se espera a que sus condiciones se optimicen de cara al parto. Si hay signos de sufrimiento fetal se optará por provocar el parto.

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