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Cuenca del río Esequibo

ISAÍAS A. MÁRQUEZ DÍAZ. El ambientalista venezolano Gustavo Carrasquel ha solicitado de la cancillería venezolana considere la creación del “Corredor Biológico Binacional (Guyana/Venezuela” en la cuenca del río Esequibo, a objeto de frenar toda posibilidad extractiva por alguna supranacional en el territorio objeto de disputa y, así, evitar su esquilmación, lo cual consolidaría, además, en el contexto medioambiental, las disposiciones del decreto presidencial de 5/2015, que cubre la “Zona en Reclamación

  • ISAÍAS A. MÁRQUEZ DÍAZ

17/05/2018 05:00 am

Del espacio de la “Zona en Reclamación”, con extensión de unos 160.000 kilómetros cuadrados, cerca de un 73% de la misma, equivale a la cuenca hidrográfica de su cauce con longitud de unos mil km de largo.


Mediante argumentos válidos, en función de evitar otros daños por concesiones del gobierno de la República Cooperativa de Guyana a empresas transnacionales a fin de que exploten recursos naturales y hasta se construyan represas hidroeléctricas, además de prospecciones sobre el mar de la “Zona en Reclamación”, en violación flagrante al Acuerdo de Ginebra, suscrito el 17/2/1966, el ambientalista venezolano Gustavo Carrasquel ha solicitado de la cancillería venezolana considere la creación del “Corredor Biológico Binacional (Guyana/Venezuela” en la cuenca del río Esequibo, a objeto de frenar toda posibilidad extractiva por alguna supranacional en el territorio objeto de disputa y, así, evitar su esquilmación, lo cual consolidaría, además, en el contexto medioambiental, las disposiciones del decreto presidencial de 5/2015, que cubre la  “Zona en Reclamación”.


Nulo e írrito

Tanto la preservación medioambiental, como la soberanía son vitales para nuestro territorio en disputa, del cual nos despojan tras un fallo amañado (Laudo arbitral de París, 1899), nulo e írrito, ya que obvia el Uti possidetis Iuris (como poseías, seguirás poseyendo) por el cual nos corresponde los territorios de la otrora Gran Capitanía General de Venezuela al 19/4/1810).


Aunque nuestro Esequibo nace en la sierra Acarí o Acarahy, límites Guyana/Brasil, éste no posee derecho alguno sobre el mismo, ya que por la firma del Tratado de Navegación fluvial suscrito con Venezuela el 5/5/1859, Brasil renuncia a todos los derechos sobre las hoyas de los ríos Orinoco y Esequibo (Art. 2º, 2º, 3º); aunque los límites terrestres no habían sido demarcados, el Tratado lo ratifica el Legislativo el 6/7/1860. Y, se refrenda el 7/11/1929. 


Consejo Académico IDEFV


Isaimar@gmail.com

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