Salario Social 2019
El concepto legal del salario es la remuneración, provecho o ventaja independiente de su denominación, forma de cálculo siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal que recibe el trabajador
El salario constituye la riqueza de un producto social generado por la clase trabajadora en el proceso social del trabajo para garantizar una vida digna a la familia y dependientes de los laborantes y su proyección social progresiva, que el Estado debe facilitar y cumplir que el salario social con prioridad en la crisis para lograr una mejor calidad de vida de la clase trabajadora.
El concepto legal del salario es la remuneración, provecho o ventaja independiente de su denominación, forma de cálculo siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal que recibe el trabajador(a) por la prestación de servicio personal y no prestándolo lo recibe por imperativo legal de las vacaciones y comprende comisiones, primas, gratificaciones, utilidades, sobre sueldos, bono vacacional, pago de días feriados, horas extras, bono nocturno, alimentación y vivienda, igual son salario los subsidios del patrono(a) que le permitan a los trabajadores(as) mejorar su calidad de vida al grupo familiar.
El Ejecutivo adelantó el salario mínimo obligatorio nacional para el 2019 en vez del 1° de mayo tradicional para el Sector Publico y Privado, decreto N° 3829 (G.O N° 6452. Ext. abril 26 abril 2019) con un aumento a 40.000 Bs. mensuales a partir del 16 de abril 2019, aumento del Decreto N° 3829 para los adolescentes, aprendices un aumento de 30.000. Bs. mensuales y para la cestaticket socialista de 25.000 Bs. Los aumentos entrarán en vigencia a partir del 16 de abril del presente año N° G.O N° 452. Ratificamos que en esta oportunidad el Ejecutivo Nacional adelantó aumentos del salario Mínimo Nacional Obligatorio en todo el territorio de la República salvo lo convenido a medias jornadas, que el trabajador(a) se considerará satisfecho cuando se dé cumplimiento a la alícuota respectiva, salvo acuerdo más favorable al trabajador (a).
Decreto N° 3830 se aplica en las tablas para los funcionarios de Carrera Administrativa y el Decreto N° 3881 se aplica a los obreros(as) vinculados por el proceso social de trabajo. A los pensionados(as) del IVSS aplica el monto del incremento del salario Mínimo Obligatorio.
El Salario Social son los beneficios económicos, la protección de la Seguridad Social, la salud, asistencia a la educación, trabajo digno, la vivienda, populares los transportes, alimentación y sobre todo Seguridad Social que por decretos, y habilitante del Ejecutivo van a mejorar a los trabajadores(as) de menores ingresos y entre ellos tenemos las Cestaticket (extenderla a los pensionados), los subsidios a los escolares, útiles, las misiones, pasajes del metro e inclusive el valor de la gasolina, la negociación y cumplir las Convenciones Colectivas y los pasivos laborales y así lograr la visión del Libertador de dar “máxima felicidad al pueblo” (Angostura 1819) . El salario social debe ser un aliado solidario para mejorar la capacidad adquisitiva de la clase trabajadora y su calidad de vida, para combatir la crisis y mantener una ayuda humanitaria que auxilie al pueblo de tanta miseria y sufrimiento inmerecido.
@laborasainz
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