Espacio publicitario

Amnistía

La amnistía se define como un acto jurídico que establece el perdón de cierto tipo de delitos, con lo cual se extingue la responsabilidad de sus autores. Hay que diferenciar amnistía de indulto...

  • REINALDO ROJAS

25/02/2019 05:00 am

La Asamblea Nacional ha puesto a circular para su debate el proyecto de “Ley de Amnistía y de reconocimiento de todas las garantías de reinserción democrática para los funcionarios civiles y militares que colaboren en la restitución del Orden Constitucional en Venezuela”. En su primer Artículo este instrumento jurídico señala que la figura de la amnistía cubre “todos los civiles, militares y demás funcionarios identificados como presos, perseguidos y exiliados políticos por hechos cometidos desde el 1 de enero de 1999 hasta la entrada en vigencia de la presente ley. Así mismo, se establecerán estas y otras garantías a aquellas personas civiles y militares que contribuyan a la defensa de la Constitución como deber establecido en los artículos 333 y 350 de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela”. 

Fuego con gasolina
En nuestra historia el recurso de la amnistía no ha sido muy común. Al contrario, la resolución de los conflictos políticos que hemos tenido desde que nos constituimos en república ha sido a través de la guerra, la persecución y el exilio. Es decir, apagamos el fuego con gasolina. El escritor Antonio Arráiz, en su libro Los días de la ira, contabiliza treinta y nueve (39) revoluciones desarrolladas en el país entre el 1º de enero de 1830 y el 31 de diciembre de 1903. Esa violencia desatada, ese conflicto permanente, solo se detuvo con la “paz de La Rotunda” impuesta por Juan Vicente Gómez, quien gobernó entre 1908 y 1935. El siglo XX, que según Mariano Picón Salas empezó en 1936, tuvo ese paréntesis de violencia contenida que debiéramos estudiar con mayor atención. Pero, ¿qué es amnistía? 

La amnistía se define como un acto jurídico que establece el perdón de cierto tipo de delitos, con lo cual se extingue la responsabilidad de sus autores. Hay que diferenciar amnistía de indulto, ya que en éste la extinción de la responsabilidad penal supone el perdón de la pena. Y en cuanto al sobreseimiento, éste se define como suspensión por parte de un juez o de un tribunal de un procedimiento judicial, por falta de pruebas o por otra causa. 

Todas estas opciones están presentes en el Derecho Público Internacional, pero lo que no se debe confundir es amnistía con impunidad frente al delito. Que cada quien asuma su responsabilidad. El tema, pues, requiere estudio para saber de qué se trata y cuáles pueden ser sus efectos políticos y sociales en el restablecimiento del orden democrático y la restitución del Estado de Derecho. 

Como clima y como norma jurídica
Si revisamos nuestra historia, destacan dos momentos donde la amnistía como clima y como norma jurídica ha estado presente para darle cause y salida democrática a los actores en conflicto: El proceso de pacificación que sigue a la insurrección de los partidos de izquierda PCV y MIR en la década de los años 60, en contra del gobierno de Rómulo Betancourt; y el fallido Golpe Militar del 4 de febrero de 1992 contra el gobierno de Carlos Andrés Pérez. 

En ambos procesos, la violencia de las armas fue el recurso asumido para la toma del poder y las consecuencias de la derrota de ambos movimientos colocaron al Estado en el dilema de arrasar con el vencido o incorporarlo por la vía de la amnistía a la vida política. En el proceso de pacificación de los 60 fue clave la legalización del PCV y del MIR, permitiendo su actuación en la contienda política, sin persecución a sus dirigentes. De esa experiencia, Teodoro Petkoff, uno de los jefes de la insurrección armada, declaró a la revista Resumen, en 1982, que aquella iniciativa propició la creación de “un clima nuevo y con casi una nueva cultura política que es la coexistencia antagónica de la izquierda y la derecha.” Antes eran posturas irreconciliables.

Tribunales militares
En el caso de 1992, nuevamente el presidente Caldera propició un clima de pacificación, dejando en manos de los tribunales militares el tratamiento legal del alzamiento en momentos en que el país estaba sobre un polvorín y nadie creía que la democracia podía sobrevivir ya que el epicentro de la conjura estaba en las Fuerzas Armadas, las cuales tuvieron que asumir medidas como la remoción de todo el alto mando militar. Y ello fue posible en los marcos del Estado de Derecho. 

Hoy vivimos un momento político caracterizado por una pugnacidad extraordinaria cuyo desenlace puede significar más violencia de la que ya hemos venido padeciendo. De allí la importancia de una ley que puede servir de poderoso instrumento para que esta crisis política sea superada en paz, generando condiciones propicias para el cambio electoral. Urge, pues, su debate y consideración de cara a la reinstitucionalización del Estado, la recuperación de la democracia y la reconciliación social y espiritual de la familia venezolana. Lo otro sería la Ley del Talión. 

enfoques14@gmail.com 

@reinaldorojashistoriador
Siguenos en Telegram, Instagram, Facebook y Twitter para recibir en directo todas nuestras actualizaciones
-

Espacio publicitario

Espacio publicitario

Espacio publicitario

DESDE TWITTER

EDICIÓN DEL DÍA

Espacio publicitario

Espacio publicitario