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Alfonso X el sabio y la universidad, siglo XIII

Alfonso X El Sabio, Rey de Castilla y León, pese a su magnífica obra cultural y política nunca logró su anhelo de ser elegido Emperador del Sacro Imperio Germánico y finalizó sus años de vida en su Alcázar de Sevilla

  • ALBERTO NAVAS

29/04/2025 05:02 am

El siglo XIII europeo representa para la cultura de nuestro mundo Occidental medieval un momento tan importante, como lo fue luego, el siglo XVIII con la Ilustración y los cambios socio políticos que le acompañaron. Un momento culminante del cambio desde el viejo régimen feudal y señorial espeñol hacia los primeros pasos y bases del llamado mundo moderno, con la reanimación de la vida urbana, de la agricultura, el comercio y el despegue de la cultura en las lenguas romances. La política se consolidó sobre la base de las nuevas monarquías suprafeudales, especialmente en España (Castilla, León y Aragón), como también en Francia e Inglaterra. La Reconquista española, era ya irreversible desde la batalla de las Navas de Tolosa en 1212, que reafirmó la vocación europea cristiana de Europa en oposición a la expansión afroasiática del mundo islámico.

El Rey Alfonso X El Sabio, nació y se desarrolló en este contexto favorable a su grandeza política e intelectual, nació el 23 de noviembre de 1221 en Castilla, nieto del Rey Alfonso IX de León, el fundador de la Universidad de Salamanca en 1218 y de Doña Berenguela de Castilla e hijo del Rey Fernando III El Santo de Castilla y de Doña Beatriz de Suabia. El entonces Infante Alfonso se crió y educó entre Burgos y Toledo al amparo de su abuela Doña Berenguela, con nodrizas, ayos y maestros en un ambiente cultural floreciente que le llevó a apasionarse por el estudio de la literatura, historia, astrología y finalmente las leyes. Desde joven acompañó a su padre Fernando III en las campañas militares contra los moros, conquistando Écija, Almodóvar y Lucena en 1238. Como Infante heredero al Trono conquistó la ciudad de Murcia y participó en el cerco y conquista de Sevilla entre 1247 y 1248. Al fallecer su padre, Fernando III, en Sevilla en 1252 dejó en herencia a Alfonso X los reinos de León y Castilla consolidándose así la futura unidad de España, proceso que continuará hacia el siglo XV con los Reyes Católicos.

Alfonso X El Sabio se rodeó de juristas, letrados, naturalistas, astrónomos, escribanos, traductores, miniaturistas y sabios judíos, árabes y otros traídos de las universidades de Oxford y París. Se empeñó en apoyar la importante Escuela de Traductores de Toledo y los Estudios (Universidades) de Sevilla, Murcia y Salamanca a la cuál dotó de sus primeros Estatutos en 1254. Grandes obras y traducciones se deben a su mano y empeño en ordenar llevarlas del árabe al castellano, escribiendo en dicha lengua e imponiéndola como idioma oficial de la Corte. Sus grandes obras, entre otras, Las Cántigas de Santa María, Las Siete Partidas, Espéculo, Crónica de España, entre muchas otras representan un ambiente intelectual superior a su época, aunque más restringido, en lo que podríamos llamar la “Preilustración” española del siglo XIII, cosa que los posteriores autores españoles de la Ilustración, como Gaspar de Jovellanos, admitieron en sus obras del siglo XVIII.

La obra Magna en materia de historia del Derecho son las “Siete Partidas” del Rey Alfonso X El Sabio, cuya redacción duró unos siete años y posiblemente, según el Dr. José Sánchez Pérez (uno de sus mejores biógrafos) pudo estar en su autoría inicialmente compartida con el Rey anterior Fernando III. Coincidimos con este autor en cuanto a que esta compilación y síntesis del derecho español, además de buscar unificar los criterios y parámetros del antiguo derecho feudal español excesivamente heterogéneo, también perseguía defender el derecho Real contra la “osadía y ambición” de la nobleza, así como ayudar al pueblo llano a librarse de la opresión de los Señores y el Clero, es decir, una especie de modernización del derecho político y social español, con sus implicaciones económicas y fiscales.

En la materia universitaria, son clásicas y filosóficamente vigentes las definiciones jurídicas dejadas por Alfonso X, particularmente en su célebres Siete Partidas, donde conceptualizó lo que debía ser un Studium o Estudio (hoy Universidad), en una fórmula jurídica plenamente vigente hoy por su sencillez y claridad:

“Estudio es ayuntamiento de maestros et de escolares que es fecho en algún lugar con voluntad et con entendimiento de aprender los saberes.” (1)

Señala también el Rey Sabio las Cátedras que debían impartirse: Las de Artes (Filosofía), Gramática, Lógica, Retórica, Aritmética, Geometría, Música, Astronomía y de Decretos y Leyes. Estos Institutos deben ser establecidos por “mandados del Papa o del Emperador o del Rey” ser ubicados en una especie de Ciudad Universitaria en un “lugar apartado de la villa” concentrando las Escuelas para facilitar el estudio a los escolares y maestros. Los salarios de los maestros deben ser autorizados por el Rey, según la calidad y tipo de ciencia que se enseñe, pagaderos en tres porciones durante el año. Los escolares deben contar con habitación, pan y vino adecuados y pueden elegir de entre “sí mismos” un Rector o Mayoral al que se debe obedecer en términos legales y académicos, teniendo la capacidad de castigar las faltas de los escolares. Estos y otros detalles concentran la matriz de lo que serán más tarde las Universidades hispánicas y, luego, las hispanoamericanas desde el siglo XVI en adelante, las que siguieron mayoritariamente el modelo de la Universidad de Salamanca, como fue en el caso de nuestra Real y Pontificia Universidad de Caracas, erigida en 1721, hoy Universidad Central de Venezuela.

Alfonso X El Sabio, Rey de Castilla y León, pese a su magnífica obra cultural y política nunca logró su anhelo de ser elegido Emperador del Sacro Imperio Germánico y finalizó sus años de vida en su Alcázar de Sevilla, en una injusta soledad, con la traición política de su esposa Doña Violante de Aragón y de algunos de sus ambiciosos hijos, una soledad que se reflejó en unas de sus últimas palabras, que según la leyenda pronunció en su lecho de muerte ante su leal hija Beatriz Reina de Portugal y los entonces arrepentidos infantes Juan y Jaime, cuando dijo: “Sevilla no me ha dejado”.

ANB Cronista Oficial de la UCV.

1. Título XXXI de la Partida II, Ley I.de las Siete Partidas.

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