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¿Sanciones?

Esa tremenda agresión económica contra Venezuela tipifica un indudable crimen de lesa humanidad por privar a un pueblo de alimentos y medicinas

  • ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS

25/04/2024 05:00 am

“Sanción” es castigar a otro con una pena o aflicción por sus delitos. Ésta es la noción por antonomasia del término “sanción”. Hay otros significados de menor entidad como los castigos aplicados por padres, maestros o gerentes a hijos, alumnos o empleados por faltas de mucho menor alcance e importancia; Pero en aquel significado principal de “sanción”, cuyo concepto o sentido implica una gravedad y una pena mucho mayor, los únicos que pueden aplicarla son los jueces. Jueces son las únicas personas autorizadas por la ley penal para imponer penas de penal –y valga la intencionada redundancia– u otras de mucha gravedad.

Juez es todo aquel que sea parte o miembro principal de un tribunal y por ello él y nadie más tiene potestad para juzgar o aplicar esas penas o sanciones. Tribunal es el sitio u oficina pública en el cual los jueces ejercen su cargo de juzgar e imponer justicia, lo cual muchas veces supone su obligación de imponer sanciones a delincuentes o autores de crímenes al través de las penas correspondientes. Sobra el aclarar que los jueces son los únicos que pueden imponer sanciones en sus respectivas jurisdicciones o territorios, nacionales e internacionales, por lo que sería el colmo de la absurdidad que un juez penal pretendiera fijar, imponer o aplicar sanciones fuera de su territorio, que serían espurias ipso facto. Las sanciones de marras, por lo demás, irían contra la lógica más elemental, causarían un inmenso desorden jurídico e incluso fáctico y por todo esto atentarían contra la justicia y la paz social.

El tema de las sanciones o el de sancionar es eminentemente jurídico. El Derecho es lógica. Por eso Hans Kelsen –eminente y muy famoso iusfilósofo alemán influido por Kant– redujo todo el Derecho a la lógica: “Toda norma jurídica consiste en una proposición condicional que enlaza un supuesto de hecho con una norma jurídica”. Las normas son distintas a las leyes y son más profundas e importantes que éstas (“Pirámide de Kelsen” o jerarquía normativa). La norma jurídica está formada por un supuesto de hecho y una consecuencia jurídica, como por ejemplo la sanción, que es una consecuencia jurídica que sigue a los supuestos de hecho por una necesidad de Derecho. Kelsen aseguraba que las normas jurídicas “tienen un ritmo dinámico” y que “deber jurídico es la necesidad de actuar de una determinada manera, porque la conducta contraria está sancionada por una norma”.

Es de la más alta lógica que un país no debe agredir u hostilizar a otras naciones, ni de palabras ni menos con acciones, por haber un potísimo cúmulo de razones que condenan esa conducta y máxime con una agresión evidente e injustificada, como es el caso de lo perpetrado por varios países –encabezados por Estados Unidos y sumisos a éste– con los “bloqueos” criminales contra El País de la Libertad (para sí y para muchos otros países), esto es decir contra Venezuela, naturalmente. Bloquear es obstruir, obstaculizar e impedir la función económica de un país: esto se ha hecho por años contra Venezuela y ha poco se ha reactivado. Así se ha impedido o dificultado al máximo que Venezuela tenga suficiente provisión de víveres y medicinas, por lo cual han muerto muchos miles de personas.

Al intencional y abominable daño causado, reitero, a propósito, al muy glorioso pueblo venezolano, lo calificó como “devastador” la Relatora Especial de la Organización de las Naciones Unidas, Alena Douhan, por el horror causado por tan ignominiosa agresión continuada en desprecio de los más elementales derechos humanos del superheroico pueblo venezolano.

Esa devastación causada por el aborrecible ataque o bloqueo (al cual en forma ridícula se le bautizó con el absurdo remoquete de “sanción”) establecido desde 2014 hasta hoy, determinó la colosal pérdida de hasta el ¡¡noventa y nueve por ciento de los ingresos en divisas de nuestra patria!!, lo que afectó en grado sumo la importación de alimentos, medicinas e insumos salutíferos, además de toda la Economía y servicios básicos como el agua, la electricidad y el gas doméstico. La empresa petrolera de Venezuela (PDVSA), principal generadora de ingresos, ha perdido ¡¡más cien mil millones de dólares!! por las “sanciones” dispuestas por el Gobierno de Estados Unidos. ¿Sanciones? Como si Venezuela hubiera perpetrado algún crimen…

El único crimen que cometió Venezuela –al decir de sus enemigos en la Guerra de Independencia– fue libertarse a sí propia y a cinco naciones más bajo el comando del héroe más sublime y glorioso, por Simón Bolívar, naturalmente. Héroe –sin parangón alguno– que en el ápice del poder y de la gloria hizo que hasta el argentino Mitre (falsificador de la Historia en beneficio de San Martín, tan grande cuanto inferior al Libertador) hubo de reconocer: “Bolívar era el hombre más poderoso de la América del Sur y el verdadero árbitro de sus destinos” (En su “Historia de San Martín”). El legislador y general Alejandro de Lameth aseveró que en él (en Simón Bolívar) Europa saludó al “primer ciudadano del mundo”. En verdad, no existía ni existe una figura de su talla ni de sus ejecutorias y proezas. Pero ese hombre tan supremamente poderoso no quiso ser rey e hizo expresar al gran intelectual venezolano Rufino Blanco Fombona, al comparar a Napoleón con Bolívar: “¡Qué diferencia entre ambos! El uno traiciona la revolución y se convierte en déspota y rey; el otro le sirve generoso y, en el fondo de más orgullo, desprecia la corona cuando puede ceñírsela y prefiere, a ser Rey, ser Libertador. Tiene razón el poeta español que así lo ha cantado:

‘Más alto que aquel Corso que murió en cautiverio,
Bolívar, alma excelsa, desdeñaba el imperio,
Por un laurel más claro: el de Libertador’ ”.


Y así concluye el bravísimo e insigne revolucionario y muy brillante escritor Blanco Fombona: “¿Cuántos hombres conoce la historia que hayan subido tan alto que no puedan aceptar un trono sin descender? (…) No se ha contentado con emancipar una gran parte de la América. Ha hecho una liga con México y con la América Central para emancipar las Antillas españolas; y si el español no quiere paz, con ir a la misma España europea, de acuerdo con los liberales y republicanos de la Península. Tiene el diablo en el cuerpo. Las banderas de América ya persiguen a los buques españoles en el agua del Mediterráneo. Si Bolívar no admitió la corona no fue sólo por obedecer a su naturaleza y a una buena educación cívica. No. Entonces no hubiera sido sino un Washington, lo que ya por desprendimiento, por magnanimidad y espíritu ciudadano, supone mucho. No aceptó por otro género de heroísmo. Por su herencia psicológica, por su raza, por su familia, por su temperamento y por sus triunfos. Bolívar era un hombre de presa, un hombre cesáreo, un imperator. Renunciando al imperio de los Andes, a la monocracia, a la Corona, se venció a sí mismo; y venciéndose a sí mismo fue tan grande como venciendo a la naturaleza en Bomboná, a los europeos en Carabobo y a la adversidad en Pativilca”.

Tal era el poderosísimo hombre venezolano –flor de patria y de siglo– que libertó gran parte de América: a Venezuela, Bolivia, Ecuador, Colombia, Perú y Panamá. Y que nació inmensamente rico y murió inmensamente pobre. El Libertador hubiera podido enriquecerse al máximo porque los pueblos, en emocionada gratitud hacia el inconmensurable prócer de la libertad, le ofrecían recompensas y regalos de toda índole, que siempre rechazó. Apodíctica prueba al respecto fue el baúl repleto de oro cochano que le ofreció el Perú y que no aceptó. Simón Bolívar es el único guerrero que, al frente de muy fogueados ejércitos, invadió otros países no para robarlos sino para libertarlos. Se dice rápido… Esta increíble prueba de pulcritud, acrisolado desprendimiento y honradez, así como de la más impresionante dignidad, no tiene, hasta demostración en contrario, precedente en los fastos universales.

Y la generosidad de los venezolanos es inigualable: de la mejor manera acogieron a innumerables italianos, españoles y portugueses, cuando por oleadas vinieron a vivir, crecer y disfrutar en este suelo prodigioso. A estos inmigrantes siempre se les dio el mejor trato y apoyo, sin discriminación ninguna y ofreciéndoles idénticas oportunidades que a los venezolanos. Muy pocos ejemplos –si los hay– pueden darse de tánta bondad, nobleza y solidaridad humana…

Tal es Venezuela –el País de la Libertad– y tales son los venezolanos, a quienes en esta hora menguada de la Humanidad –que salvo muy pocas y honrosas excepciones guarda un reticente y ominoso silencio cómplice al respecto– se les priva de víveres y medicamentos, lo cual es una abominación que se prohíbe hasta en la guerra y con justicia era y es perseguida como crímenes de guerra.

La tipificación inicial de tales crímenes de guerra fue hecha en el Estatuto de Núremberg de 1945, en el literal c del artículo 6, que considera como crímenes de lesa humanidad los hechos siguientes: “...exterminio, reducción a la esclavitud, la deportación o cualquier acto inhumano cometido contra la población civil antes o durante la guerra, inclusive las persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos, en ejecución o en conexión con cualquier crimen de la jurisdicción del tribunal, sean o no una violación de la legislación interna del país en que se hubiesen perpetrado” (resaltados míos).

En la actualidad, el Estatuto de Roma, en su artículo 7, establece lo siguiente: “Crímenes de lesa humanidad. 1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por ‘crimen de lesa humanidad’ cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:

b) El ‘exterminio’ comprenderá la imposición intencional de condiciones de vida, la privación del acceso a alimentos o medicinas, entre otras, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población;

g) Por ‘persecución’ se entenderá la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención del derecho internacional en razón de la identidad del grupo o de la colectividad (…)”
(resaltados míos).

El Estatuto de Roma ha sido creación de la mayoría de los Estados del orbe, unidos en una por lo común estéril lucha jurídica para combatir los crímenes que afecten de modo sistemático, gravísimo y en gran proporción, los derechos esenciales de los pueblos y desconozcan así el Derecho Penal humanitario. Esos Estados, ante la más escandalosa impunidad mundial de crímenes de lesa humanidad, comprendieron que hay valores e intereses supranacionales y decidieron, en gesto enaltecedor, sacrificar una pequeña parte de su soberanía en aras del tan maravilloso cuan ixiónico y quimérico proyecto de justicia penal universal.

Dicho Estatuto, con hartura de razones, amplió el concepto de conflictos armados internos, pues eliminó el requisito de que deban intervenir necesariamente las fuerzas armadas del país escenario de tal conflicto, como sí lo exige el Protocolo II Adicional de Ginebra. Acertó en grande con la inclusión de crímenes tales como el hacer pasar hambre a la población, perpetrado hace años y en la actualidad contra Venezuela; y encima causar criminalmente el desabastecimiento de medicamentos, sin que diga una sola palabra al respecto y en repulsa, la tan cacareada “jurisdicción penal universal”…

El secuestro de empresas venezolanas sitas en el exterior, como la petrolera Citgo, constituye un inmenso daño patrimonial valorado en más de treinta mil millones de dólares. Además, el bloqueo y desvío de recursos de esa filial de PDVSA en EEUU ha significado otra pérdida que es supremamente dolorosa e incuantificable: la muerte de muchos niños venezolanos que esperaban por trasplantes de hígado, riñón o médula ósea y el riesgo para cientos de pacientes atendidos con recursos de Citgo, a través de la Fundación Simón Bolívar, cuyo programa de salud fue paralizado en 2017.

La criminal agresión contra Venezuela representa un horror inaudito y en promedio el país llegó a perder anualmente treinta mil millones de dólares durante seis años, fueron congelados recursos por el orden de los seis mil millones de dólares en bancos extranjeros y treinta y un toneladas de oro permanecen secuestradas en el Banco de Inglaterra. Por estas iniquidades y muchas otras contra personas, empresas, sesenta y nueve embarcaciones, cincuenta y ocho aeronaves y treinta buques petroleros, Venezuela es el quinto país con más “sanciones” en el mundo…

Voceros del Gobierno de Estados Unidos, de las últimas tres administraciones, con los presidentes Barack Obama, Donald Trump y Joe Biden, han declarado abiertamente que el objetivo de las “sanciones” es causar el mayor dolor posible al pueblo venezolano, a fin de provocar reacciones que conduzcan a un “cambio de régimen” en el país. Esa política configura un crimen de lesa humanidad y como tal ha sido denunciado por Venezuela ante la Corte Penal Internacional. La aplicación de esas Medidas Coercitivas Unilaterales son rechazadas por la Organización de Naciones Unidas como prácticas equiparables a la “amenaza o el uso de la fuerza” y constituyen un auténtico “casus belli”. En muy reciente informe ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, la relatora especial ha exigido “que se levanten estas sanciones sectoriales, impuestas en su mayoría en nombre de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho, ya que socavan estos mismos principios, valores y normas”.

El aplicar esas ignominiosas medidas de bloqueo económico contra Venezuela y otras naciones, tiene la finalidad, según confesión de sus perpetradores, de causar dolor y sufrimiento a pueblos enteros e intervenir en asuntos internos de los Estados para provocar cambios políticos. No hay duda de que EEUU es un país guerrerista y hasta hay opinadores que afirman que vive de la guerra. El “atlantismo” es la alianza de EEUU con países europeos, Japón y Australia, para imponer las normas estadounidenses, que no las del cosmopolita Derecho internacional. La ONU milita en ese campo o al menos parece militar, lo cual de suyo es grave y va en detrimento de su razón de ser. EEUU es sede y principal sostenedor de la ONU.

¿Qué derecho tiene EEUU a “sancionar” países? Ninguno. Pero como económicamente tiene un tejido que domina, sí tiene capacidad para influir en muchos países para que apoyen tan espurias “sanciones”. Por ejemplo dominan el sistema internacional de pagos (Swift) e impiden a Venezuela el usar ese mismo sistema e igual a los países compradores del petróleo venezolano que, como hace décadas dijo Clemenceau (citado por H.G. Wells), “el petróleo es tan necesario como la sangre para la vida contemporánea”… Esos compradores también serían “sancionados” o los sacan del Swift, como se hizo con Rusia. Venezuela para recibir o hacer, tiene que ir por varios bancos y eso implica una andanada de altísimas comisiones bancarias (En EEUU, vaya coincidencia, hay una gran escultura negra –a las puertas de un banco– que representa “el corazón de los banqueros”) y grandes descuentos. Ningún país tiene derecho a “sancionar” a otro. Estos monstruosos ataques, además de absolutamente injustificados y contrarios al Derecho internacional, olvidan que la ayuda y el petróleo de Venezuela fueron indispensables en la Segunda Guerra Mundial contra la vesania nazi y merecen a plenitud esta terrible frase del Libertador, quien no pronunció sino palabras seculares: “La ingratitud es el crimen más abominable”.

Alejandro Angulo Fontiveros
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