Espacio publicitario

El Conapdis es excluyente en accesibilidad

JUAN KUJAWA HAIMOVICI. En materia de accesibilidad a la información, el Conapdis, es excluyente -discriminatorio, para las personas con discapacidad visual, cognitiva y auditiva, entre otras

  • JUAN KUJAWA HAIMOVICI

10/08/2018 05:00 am

El Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, el Conapdis, en Venezuela, es el organismo cuya misión es “Dignificar la calidad de vida de las personas con discapacidad, mediante las políticas públicas desarrolladas por el Gobierno Nacional garantizando así, la atención integral, la prevención de la discapacidad y la inclusión participativa y protagónica de este colectivo y sus familiares en la sociedad de la República Bolivariana de Venezuela”. 

Para conocer un poco más de este organismo, conozcamos su visión la cual es : “ Ser el órgano nacional de referencia internacional en brindar de manera eficaz y oportuna las respuestas necesarias en materia de discapacidad a todos los ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, enfocados en generar avances significativos en la prevención, atención y promoción de cambios culturales en relación con la discapacidad, con base en los principios establecidos en la Ley para las Personas con discapacidad y en la Constitución Nacional”. Agregaríamos, cumplir con la Convención Internacional sobre los Derechos de las PcD. 

Está adscrito al Ministerio del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno. No tiene autonomía. 

En materia de accesibilidad a la información, el Conapdis, es excluyente – discriminatorio, para las personas con discapacidad visual, cognitiva y auditiva, entre otras. Veamos por qué. 

El organismo no presenta en su página Web, ninguna información, ningún documento, ninguna orientación de interés en videos en Lengua de Señas, para las personas sordas. Ni en audio para las personas con discapacidad visual. Ni en lenguaje sencillo para las personas con discapacidad cognitiva. Es su derecho. 

Es excluyente al no facilitarles su acceso a la información, mediante el uso de las tecnologías. Ni siquiera ajustes mínimos. Lo básico. 

El Conapdis debe promover en su página el acceso de las personas con discapacidad a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones y el diseño, el desarrollo, la producción y la distribución de sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones accesibles, a fin de que estos sistemas y tecnologías sean accesibles al menor costo. 

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual Venezuela suscribe en 2013; (fue aprobada por la ONU en 2006); establece en su Artículo 9 que: “A fin de que las PcD. puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las PcD., en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, en zonas urbanas y rurales”. 

Igualmente se debe Facilitar a las personas con discapacidad información dirigida al público en general, de manera oportuna y sin costo adicional, en formatos accesibles y con las tecnologías adecuadas a los diferentes tipos de discapacidad; lo cual no se aprecia en la página web del Conapdis. 

Mientras tanto su página web es excluyente. Discrimina a las personas con discapacidad auditiva, cognitiva y visual al acceso de la información. Lo saben. ¿O no se han dado cuenta? Incluyendo la política que ocupa un espacio importante…

juankujawa@gmail.com 
Siguenos en Telegram, Instagram, Facebook y Twitter para recibir en directo todas nuestras actualizaciones
-

Espacio publicitario

Espacio publicitario

Espacio publicitario

DESDE TWITTER

EDICIÓN DEL DÍA

Espacio publicitario

Espacio publicitario