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El delta del Orinoco, yacimientos de petróleo/gas y la fachada atlántica

Obcecadamente, Guyana aspira de la CIJ que el laudo arbitral sea vinculante y/o exigible. Y, así, se consolide el límite de fronteras establecido

  • ISAÍAS A. MÁRQUEZ DÍAZ

24/08/2023 05:00 am

La producción petrolera en la cuenca oriental de Venezuela se sabe desde hace poco más de una centuria; de yacimientos mayormente clásticos asociados a subcuencas de antepaís terciarias (zonas favorables para el estudio de los eventos orogénicos a través de su relleno sedimentario [Burbank, 1996; Decelles & Giles; Sinclair, 1997], de exploración reciente costa afuera hacia el delta del Orinoco [proyección de plataforma continental de la Faja Petrolífera del Orinoco (FPO)], que abarca la plataforma deltana y sur de Trinidad. Quizá, a causa de las sanciones, entre otras, su producción quedó detenida en un 25 por ciento del área total de dicha cuenca, de unos 165 mil km cuadrados. Hacia la fachada atlántica llega geomorfológicamente, hasta cerca de unos 570 km la longitud de la costa; en extensión, de unos 460 mil km cuadrados, que antepone el delta del Orinoco a la cuenca Guyana-Surinam; centro mundial para las actividades de exploración, con reservas cercanas a unos 15000 mbp, según el Servicio Geológico US (USGS, por sus siglas en inglés), aparte de las reservas por más de unos 30 tcf de gas asociado, según World Oil, de donde Guyana destaca, sesde 2019, como la nueva provincia y/o frontera petrolera, más su impulso internacional de suplidor energético en la región, por sus hallazgos de petróleo y gas sobre el bloque Stabroek (pozo Liza-1), roca madre de Evento Cenomiano-Touroniano y reservorios clásticos o detríticos del Cretácico Superior, yacentes en un medio sedimentario de aguas profundas (unos 3500 pies de hondura, según batimetría del lugar). Yacimientos sobre los que Guyana ha licitado para usufructo de crudo y gas natural, por ocupación fáctica a extraer, más aún, de lo expoliado desde poco antes de 2015, con elusión del A G puesto que sostiene adrede, respecto del laudo de 1899, que todos los asuntos sobre la fijación de la línea fronteriza están saldados radical y taxativamente.Y, prevé la creación de un corredor gasífero Brasil- Surinam - Guayana Francesa que vincule su industria energética con esos territorios, según su presidente Irfaan Ali, a fin de que su país se convierta en eje de un eventual corredor energético regional gasífero en ese espacio, que Guyana usufructúa ad lib, donde ests ni algún otro país podría tomarse recurso alguno.Y, es el espacio de salida de los insumos extraídos de la faja bituminosa del Orinoco y los que produzcan las industrias básicas de Guayana. ‘área estratégica y vital’.

Obcecadamente, Guyana aspira de la CIJ que el laudo arbitral sea vinculante y/o exigible. Y, así, se consolide el límite de fronteras establecido (¿?); en efecto, la decisión del árbitro ambas partes la aceptarían a fin de que el litigio se resuelva, comprometidas a asumir, ambas, el fallo emitido como caso resuelto.

isaimar@gmail.com


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