Los vicios y la trapaza del Laudo de París, 10/1899
Venezuela quedó excluida intencionadamente, de participar en este Laudo Arbitral tan aciago (doloso) para su potestad sobre el Esequibo; hoy, “Zona en Reclamación”, por el Acuerdo de Ginebra
La integridad territorial es un principio de derecho internacional que alude el derecho de toda nación de preservar a su territorio intacto ante una razia extranjera.
Ha transcurrido poco más de un siglo de cuando el Tribunal de París falló arteramente, sobre unos 160000 km cuadrados de territorio nuestro, al oeste del río Esequibo, los cuales, por justos títulos incumben a la nación venezolana. Inglaterra y EEUU habían acordado que el tribunal se integrara de dos juristas británicos, y de dos estadounidenses en representación de Venezuela (¿?) y un “árbitro neutral”, el abogado Federico de Martens de la cancillería de San Petersburgo, otrora Rusia zarista, constituido sin representación alguna de Venezuela. Y, se consuma la trama, efecto del arreglo anglo-estadounidense, diseñado en el Convenio de Washington del 2/2/1897 que, desde antes de su firma, los ingleses cavilaban por la posible integración del jurado a efectos de evitar que pudiese haber entre estos, algún sentir de anglofobia; un mundo estructurado cabalmente, sobre la base de los criterios de un doble imperialismo reinante, cuando se imponían, y aún se imponen, las decisiones de las potencias supranacionales. A Venezuela le admitían por una seudosoberanía, rayana en protectorado. Más aun, Inglaterra procuró que nuestro país escogiera un juez nacional e impuso que este, así como el que designara la Corte de Justicia de EEUU fuesen estadounidenses, quienes asumieron una defensa dudosa ante nuestra posición. En efecto, Venezuela quedó excluida intencionadamente, de participar en este Laudo Arbitral tan aciago (doloso) para su potestad sobre el Esequibo; hoy, “Zona en Reclamación”, por el Acuerdo de Ginebra, documento incuestionable, recalcamos, para dilucidar esta disputa centenaria. De Martens participó en un arreglo vituperable con los jueces británicos para hurtarnos una parte sustancial de nuestro territorio, hoy a decidir su redención a manos de una CIJ poco fiable por su actitud desfasada durante la audiencia del 6/4, cuando dejó entrever su parcialidad por la República Cooperativa de Guyana, que, bajo auspicio de transnacionales petroleras norteamericanas, ocupa fácticamente, la “Zona en Reclamación”.
Por su parte, Severo Mallet-Prevost, uno de los abogados en el arbitraje puso de manifiesto sus reservas en cuanto al fallo y expresó su denuncia por las cabildadas que estilizaron al proceso, de las cuales él había sido testigo, de lo que hay evidencias, pues dictó una minuta reseñada por una revista jurídica norteamericana, donde precisa sus denuncias sobre los vicios del Laudo Arbitral de París, con instrucciones de que ese documento fuese publicado solo después de su muerte. Y, asi se cumplió.
Isaimar@gmail.com
Ha transcurrido poco más de un siglo de cuando el Tribunal de París falló arteramente, sobre unos 160000 km cuadrados de territorio nuestro, al oeste del río Esequibo, los cuales, por justos títulos incumben a la nación venezolana. Inglaterra y EEUU habían acordado que el tribunal se integrara de dos juristas británicos, y de dos estadounidenses en representación de Venezuela (¿?) y un “árbitro neutral”, el abogado Federico de Martens de la cancillería de San Petersburgo, otrora Rusia zarista, constituido sin representación alguna de Venezuela. Y, se consuma la trama, efecto del arreglo anglo-estadounidense, diseñado en el Convenio de Washington del 2/2/1897 que, desde antes de su firma, los ingleses cavilaban por la posible integración del jurado a efectos de evitar que pudiese haber entre estos, algún sentir de anglofobia; un mundo estructurado cabalmente, sobre la base de los criterios de un doble imperialismo reinante, cuando se imponían, y aún se imponen, las decisiones de las potencias supranacionales. A Venezuela le admitían por una seudosoberanía, rayana en protectorado. Más aun, Inglaterra procuró que nuestro país escogiera un juez nacional e impuso que este, así como el que designara la Corte de Justicia de EEUU fuesen estadounidenses, quienes asumieron una defensa dudosa ante nuestra posición. En efecto, Venezuela quedó excluida intencionadamente, de participar en este Laudo Arbitral tan aciago (doloso) para su potestad sobre el Esequibo; hoy, “Zona en Reclamación”, por el Acuerdo de Ginebra, documento incuestionable, recalcamos, para dilucidar esta disputa centenaria. De Martens participó en un arreglo vituperable con los jueces británicos para hurtarnos una parte sustancial de nuestro territorio, hoy a decidir su redención a manos de una CIJ poco fiable por su actitud desfasada durante la audiencia del 6/4, cuando dejó entrever su parcialidad por la República Cooperativa de Guyana, que, bajo auspicio de transnacionales petroleras norteamericanas, ocupa fácticamente, la “Zona en Reclamación”.
Por su parte, Severo Mallet-Prevost, uno de los abogados en el arbitraje puso de manifiesto sus reservas en cuanto al fallo y expresó su denuncia por las cabildadas que estilizaron al proceso, de las cuales él había sido testigo, de lo que hay evidencias, pues dictó una minuta reseñada por una revista jurídica norteamericana, donde precisa sus denuncias sobre los vicios del Laudo Arbitral de París, con instrucciones de que ese documento fuese publicado solo después de su muerte. Y, asi se cumplió.
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