Domésticos están excluidos de la inamovilidad laboral
A trabajadores del hogar aplican todos los derechos menos el reenganche
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El Capítulo II del Título IV de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (Lottt), referido a los trabajadores que realizan labores para el hogar, indica que hay igualdad en sus derechos al resto de los trabajadores, por lo cual "se regirán por lo contenido en esta Ley a todos sus efectos". No obstante, en el caso de la estabilidad, casi absoluta que acarrea la nueva Lottt, esta no aplica para los domésticos.
El abogado Juan Carlos Pró- Rísquez recordó que existe una sentencia de la Sala de Casación Social del TSJ, de marzo del 2005, en la cual se estableció que los empleados domésticos gozan de todos los derechos que el resto de los empleados, con la excepción del reenganche. "La explicación es muy sencilla; tú no puedes tener en tu casa a alguien que no quieres", comentó.
El artículo 77 de la Lottt señala que se "garantizará la estabilidad del trabajo y la limitación de toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Ley serán nulos". De acuerdo a esta norma, los despidos injustificados sólo serán posible si el trabajador lo desea.
Por su parte, el artículo 112 de la derogada Ley indicaba algo similar, al especificar que los trabajadores no podían ser despedidos sin justa causa.
Pero de acuerdo a la sentencia los domésticos "se encuentran excluidos de dicha protección, por ser una institución que resulta incompatible con la naturaleza de la relación de suprema confianza que debe existir entre las partes, no pudiendo concebirse estar obligado a permitir que coactivamente un trabajador de reintegre al entorno familiar del patrono que consideró necesario terminar con esta vinculación", decidió la Sala de Casación Social. EM
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