Notificación de depósitos de prestaciones debe harcese cada tres meses
Patronos deberán colocar en un lugar visible el horario de descanso laboral
De forma trimestral y no semestral, los patronos deberán informar a los trabajadores, en forma detallada, el monto que le fue depositado por concepto de garantía de las prestaciones sociales, según las modificaciones registradas en la Ley Orgánica del Trabajo, de Trabajadores y Trabajadoras (Lottt) publicada en Gaceta Oficial.
En la legislación firmada por el presidente Chávez, difundida por el ministro de Información a través de su cuenta en twitter, se contemplaba que esta obligación debía ejecutarse cada 6 meses.
Pero este no es el único cambio que registra la ley. En el artículo 167 se incorporó que los patronos tienen que fijar anuncios relativos a la concesión de días y horas de descanso en un lugar visible del establecimiento.
Esta disposición viene a complementar el artículo 524 de la Lottt, que tiene que ver con el pago de una multa no menor a 30 unidades tributarias ni mayor a 60 a quienes no fijen anuncios relativos a los días de descanso o no los coloque en un lugar visible del trabajo.
La normativa contempla dos días de descanso seguidos a la semana, cuando la jornada exceda de 40 horas semanales. En las empresas de jornada continua, se establece una jornada máxima semanal de 42 horas, compensadas con un día adicional de vacaciones por cada 4 semanas laboradas. YF
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