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Diez puntos estratégicos de la Ley Constitucional Antibloqueo

El instrumento legal de carácter especial fue presentado ante la Asamblea Nacional Constituyente. Abarca temas laborales, protección de activos y aspectos financieros del país. Se indicó que temporal que estará vigente mientras dure el bloqueo

  • Diario El Universal

30/09/2020 08:05 am

Caracas.- Este martes el presidente de la República, Nicolás Maduro, presentó ante la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) la Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la garantía de los Derechos Humanos. La misma, según el mandatario, busca dar alternativas al país para enfrentar el bloqueo que, “como política de Estado ha aplicado el Gobierno de Estados Unidos para asfixiar al pueblo venezolano”.

Estos son los diez aspectos esenciales que contempla este instrumento legal que, entre otros puntos da un “marco normativo especial y temporal que estará vigente mientras dure el bloqueo”.



El Gobierno espera así atender los temas nacionales que se ven afectados por las “medidas coercitivas unilaterales impuestas por la Casa Blanca”, según destacan en los planteamientos hechos por el Ejecutivo para comenzar a implementar esta Ley.

Esencialmente atenderá estos temas: 
 
1.- Busca generar recursos a la Nación para impulsar la economía productiva, proteger los activos del país y blindar la economía.

2.- El alcance de esta Ley Constitucional abarca a todas las ramas del Poder Público, al tener el deber de contribuir con su aplicación, así como las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas en todo el territorio nacional.

3.- Venezuela a través de su Gobierno buscará fórmulas para poder comerciar libre y legalmente con el mundo, así como también recuperar los ingresos del país.

4.- Se buscará la activación de mecanismos financieros para restituir progresivamente el valor de las prestaciones sociales, beneficios acumulados y ahorros obtenidos por los trabajadores.

5.- Se aplicará una gestión dinámica y estratégica de activos y de pasivos de la República para incrementar el flujo de divisas al país.



6.- Se articularán medidas para estimular la participación del sector privado nacional e internacional en el desarrollo de la economía, incluyendo garantías para la inversión productiva.

7.- Se afianzará la plena estabilidad laboral y garantía del disfrute de los derechos laborales y sociales de los trabajadores de sectores que participen en los proyectos desarrollados a partir de esta Ley.

8.- La Ley estará sujeta a controles constitucionales en un marco de cooperación y colaboración para el cumplimento de sus altos fines por parte de todas las ramas del Poder Público. 

9.- Corresponderá directamente al Consejo de Estado la supervisión y seguimiento de la aplicación de la Ley.

10.- Todos los actos públicos dictados en aplicación de esta ley quedan sometidos a control posterior por parte de la Controlaría General de la República. 



Estas son las áreas que atenderán los recursos que se generen con las nuevas líneas estratégicas en materia de comercio internacional. 


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