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Exportaciones no petroleras crecieron 17% en el año 2017

Según Ecoanalítica EEUU fue el principal destino de las ventas

  • Diario El Universal

17/06/2018 05:30 am

Caracas.- “Las exportaciones no petroleras tuvieron un crecimiento cercano al 17%, principalmente en los rubros químicos, productos orgánicos y alimentos y bebidas“ , informó el economista de Ecoanalítica, Jhoan Castellano. 

Explicó que, según un informe realizado por la firma, estos tres grupos representan el 78,1% del total. Al referirse al caso específico de las ventas no petroleras hechas a Estados Unidos especificó que “crecieron cerca de 44,3% y representan 26% constituyendo el socio comercial al que más se le exporta“. 

Por su parte, Jean-Paul Leidenz, también de Ecoanalítica explicó que “no es de extrañar que las exportaciones no petroleras estén creciendo, porque en un ambiente de hiperinflación los agentes privados buscan las formas de generar sus propias divisas para proteger su patrimonio”. 

Según la Asociación Venezolana de Exportadores (AVEX), las ventas no petroleras al exterior en el primer semestre de 2017 arrojaron una recuperación con respecto al mismo lapso del año 2016, lo que implica una posible fuente alternativa de recursos significativos en el contexto actual. 

“El estudio de AVEX muestra un retroceso en la exportación de oro, lo que contrasta con otros indicadores, por lo que la informalidad de la producción debe tener un impacto en la contabilización de estas exportaciones“. La contabilización de la producción de oro es complicada porque influye la informalidad de algunos productores así como la opacidad de compradores como el BCV, aseveró Leidenz. 

“En la medida en que la hiperinflación se haga más agresiva, surgirán condiciones que motivarán a los agentes a exportar“, dijo a Fedecámaras Radio. 

Cabe destacar que el Convenio Cambiario número 34 establece que “las personas naturales y jurídicas privadas, dedicadas a la exportación de bienes y servicios, podrán retener y administrar libremente hasta el ochenta por ciento (80%) del ingreso que perciban en divisas, en razón de las exportaciones realizadas, para atender gastos, pagos y cualquier otra erogación que deban realizar con ocasión de sus actividades, incluidas aquellas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias conforme a la normativa que rige la materia”. 

La disposición legal indica que el resto de las divisas serán vendidas al BCV, al tipo de cambio complementario flotante de mercado, que rija para la fecha de la operación, reducido en 0,25%. Dicha venta deberá efectuarse dentro de los 5 días hábiles bancarios siguientes al cumplimiento del lapso establecido en las condiciones de pago pactadas en la relación comercial o contractual, que en ningún caso podrán exceder de los ciento ochenta (180) días. 
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