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Inamovilidad es exclusiva a determinados trabajadores

Los despidos durante la inmovilidad son diferentes que en los casos de estabilidad

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El patrono debe notificar a las inspectorías el despido de un trabajador con inamovilidad ARCHIVO
EL UNIVERSAL
domingo 17 de junio de 2012  12:00 AM

La inamovilidad y estabilidad laboral son términos que suelen generar confusión tanto para patronos como empleados.

Aunque ambos vienen a contribuir con la garantía de permanencia del trabajador, su aplicación es distinta.

De acuerdo a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (Lottt), la estabilidad ampara a todos los trabajadores indistintamente del salario que devengan. Sólo están exceptuados quienes ocupen cargos de dirección y quienes se les culmine el lapso de contrato determinado.

Cuando se incurra en su despedido injustificado, el trabajador puede solicitar su reenganche y el pago de salarios caídos mediante un tribunal, salvo que acepte una indemnización equivalente al monto de sus prestaciones.

El empleador tiene 5 días hábiles para justificar el despido ante el Juez de Sustanciación y el trabajador cuenta con 10 hábiles para apelar. El reenganche y pago de salarios caídos puede ser ejecutado forzosamente, y en caso de desacato se establece una pena de prisión de entre seis a quince meses.

Gaiskale Castillejo, del despacho Baker & McKenzie, resalta que si hay acuerdo en el medio del procedimiento y los trabajadores aceptan el despido, le corresponde el "doblete" más el pago de salarios caídos. Desde ese momento, queda sin efecto cualquier procedimiento.

Por su parte, la inamovilidad está orientada a casos puntuales. Se amparan en ella quienes gozan de fuero sindical, los trabajadores de aquellas empresas que por razones técnicas o económicas exista peligro de extinción de la fuente de trabajo, la trabajadora en estado de gravidez desde el inicio del embarazo y hasta dos años después del parto, igual para el padre y quienes adopten niños menores de tres años, también aplica para quienes tengan uno o más hijos con alguna discapacidad y todos aquellos trabajadores durante la suspensión de la relación de trabajo.

No obstante, el Ejecutivo podrá ampliar la inamovilidad laboral. Actualmente, está vigente un decreto hasta el 31 de diciembre que ampara a todos los trabajadores sin tope salarial, salvo para el personal de confianza y de dirección.

En el caso de la inamovilidad, los trabajadores protegidos por esta medida no podrán ser despedidos, ni trasladados, ni desmejorados sin una causa justificada que deberá ser previamente calificada por la Inspectoría del Trabajo.

Para justificar el despido, los patronos deben participarlo 30 días siguientes a la fecha en que el trabajador cometió la falta alegada. Si ocurre el despido antes de la decisión del Inspector éste ordenará el reenganche inmediato. YF

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