Reducen cuotas de producción de rubros controlados
Bajan de 90 a 70 porcentaje de producción de harina regulada
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El Gobierno nacional, a través de resolución publicada en la Gaceta Oficial 39.861, redujo la cuota obligatoria de producción de 11 rubros sometidos al control de precios.
Según la nueva norma, las empresas deben destinar el 70% de la fabricación de harina de maíz precocida a la variedad que está sometida a la regulación de precios, mientras que el 30% restante puede corresponder a variedades cuyo precio lo determina la oferta y la demanda.
Según la anterior normativa, vigente desde diciembre de 2009, la cuota de producción obligatoria para este rubro era de 90%.
En el caso de la pasta, el porcentaje mínimo obligatorio pasó de 80 a 70%. Las industrias habían solicitado al Ejecutivo que les permitiera vender el 50% de la producción por fuera de la regulación, pues señalaban que los ajustes de precios aprobados para este rubro están por debajo de los costos de producción.
Para el arroz blanco de mesa se fijó una cuota mínima obligatoria de 60%, lo cual representa una disminución de 20% en relación con la anterior resolución.
La medida aprobada por los ministerios de Comercio, Agricultura y Tierras, Alimentación y Salud reduce de 95 a 60% la cuota de producción de azúcar con precio regulado. En el caso de la leche pasteurizada y en polvo, al igual que en el caso del queso, la proporción baja desde 90% a 70%.
La cuota de producción de café a precio regulado pasó de 95% a 70%, mientras que la del azúcar bajó de 95% a 60%.
En el caso del aceite de maíz y girasol, la cuota se fijó en 80%, y para el aceite de mezcla bajó a 70%. RBC
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