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Condiciones Generales
de Publicación
Condiciones Generales
de Impresos Comerciales
Condiciones Generales
de Encartes
I. Definiciones
II. Ordenes de Inserción
III. Materiales

IV. Reservaciones de Ubicación
V. Avisos Especiales
VI. Modificaciones y Anulaciones
VII. Responsabilidades y Reclamos
VIII. Clausulas Especiales
I. Deficiciones
II. Ordenes de Inserción/Impresión
III. Materiales de Publicación y/o Impresión
IV. Reservaciones de Ubicación
V. Avisos Especiales
VI. Modificaciones y Anulaciones
VII. Responsabilidades y Reclamos
VIII. Clausulas Especiales
I. Definiciones
II. Ordenes de Inserción
III. Materiales
IV. Modificaciones, Anulaciones y Retrasos en la Entrega del Material de Encartes
V. Responsabilidades y Reclamos

VI. Clausulas Especiales
 
CONDICIONES GENERALES DE PUBLICACION

I. Definiciones

a) Empresa: La sociedad mercantil Diario El Universal C.A.

b) Periódico El Universal: Diario propiedad de la Empresa que circula todos los días, a nivel nacional, exceptuando los días 01 de enero, Jueves y Viernes Santos, 01 de Mayo, 25 de Octubre y 25 de Diciembre.

c) Especificaciones Técnicas del periódico El Universal:

Formato: Estándar

Mancha: Ancho 30,05 cm / Alto 52 cm

Columna: Ancho 3,39 cm / Corondel 4,23 mm

Papel: Newsprint (lineatura 85 lpi / 1.200 dpi)

Color: Blanco y Negro

Color adicional: Proceso o cuatricromía

Películas: Negativo con emulsión hacia abajo

d) Anunciante: La persona natural o jurídica que ordene la publicación de un aviso publicitario (Clasificados/Desplegados)  en el periódico El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa. Este término también comprende a las Agencias de Publicidad y a las Receptorías;

e) Agencia de Publicidad: La persona jurídica que actuando en su propio nombre, por cuenta propia o por cuenta de terceros, paute avisos publicitarios (Clasificados/ Desplegados)  en el periódico El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa.

 f) Receptorías: La persona jurídica que actuando en su propio nombre y por su propia cuenta se dedica a recibir de terceras personas, avisos publicitarios (Clasificados/ Desplegados) para encargar su publicación en el periódico El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa.

g) Clientes Transeúntes: La persona natural o jurídica que paute avisos publicitarios (Clasificados/Desplegados) en el periódico El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa. Cancelan de contado, sin descuentos.

h) Servicio Call Center:  Canal a través del cual los clientes transeúntes pueden ordenar la publicación de sus avisos publicitarios (Desplegados/Clasificados) en el diario El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa, a través de una llamada telefónica. Este servicio no aplica para las secciones 22-B, 29-A y 34-A, del cuerpo de Clasificados del periódico El Universal.

i) Servicio On Line (Pautaenlínea.com): Canal a través del cual los clientes (con código) pueden ordenar la publicación de sus avisos publicitarios o de terceros (Desplegados/Clasificados) a través de la dirección de correo electrónico que se establezca. Este servicio no aplica para las secciones 22-B, 29-A, 34-A y 34-B, del cuerpo de Clasificados del periódico El Universal.

j) Código: Número asignado a los Anunciantes (Clientes, Agencias de Publicidad y Receptorías) que tienen crédito con la Empresa.

 k) Tarifa Vigente: La tabla o catálogo de los precios y recargos establecida por la Empresa, que  el Anunciante debe pagar por la publicación de avisos publicitarios (Clasificados/ Desplegados), vigente al tiempo de la publicación de los mismos;

l) Orden de Inserción: El documento que formaliza la solicitud de publicación de un aviso  publicitario (Clasificados/Desplegados), según sea el caso, en el periódico El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa; también puede emitirse a través de la Planilla de Desplegados y/o Planilla de Clasificados

m) Día Hábil: Todos los días del año, excepto los días domingos y feriados.

n) Fecha de Publicación: Día en que efectivamente deberá aparecer publicado el aviso publicitario (Clasificados/Desplegados).

II. Ordenes de Inserción

a) Las Órdenes de Inserción deberán presentarse por taquilla, con por lo menos dos (2) días hábiles de anticipación al cierre de la fecha de publicación, cuando el Anunciante solicite posición y  un  (1) día hábil de anticipación al cierre de la fecha de publicación, cuando el Anunciante solicite  posición  indeterminada, en los siguientes horarios:

-  De Lunes a Viernes, desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

- Sábados, desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.

- Domingos (Únicamente para los Anunciantes que paguen de contado), desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.

- Obituarios: se reciben a partir de las 4:00 pm. Hasta el cierre de la edición.

b) Las Órdenes de Inserción para avisos con posición indeterminada que sean presentadas junto con los materiales a ser publicados serán recibidas por la Empresa, de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., del día hábil anterior a su publicación y estarán sujetas al recargo correspondiente establecido en la Tarifa vigente. Este recargo no será aplicable para los avisos a ser publicados los días Martes.

c) Cuando se trate de Anunciantes y/o Agencias con código, las Órdenes de Inserción deberán expresar el nombre y código de los mismos, su dirección, teléfono y cualquier otra indicación que facilite su localización en caso de ser necesario (fax, e-mail, etc), nombre del producto a anunciar, nombre de la Empresa que  publica, título del aviso (idéntico al del material), fecha(s) de publicación, número de inserciones, medidas del aviso en cm/col, ubicación solicitada (cuerpo, página, sección, posición, etc.), color(es), y tipo de material (arte final, prueba en glasé, fotografía, fotoray o texto, digital). Las Órdenes de Inserción deberán estar selladas y firmadas por el representante autorizado del Anunciante y/o de la Agencia y deberán incluir la información requerida por la Empresa en el correspondiente formato ¿Orden de Inserción¿.

d) Si el material a que se refiere la Orden de Inserción requiere de elaboración por parte de la Empresa, la misma deberá acompañarse del arte final, la prueba en glasé, la fotografía, el fotoray, texto o cualquier medio magnético, que contenga el aviso a ser publicado. En caso que el aviso tenga un (1) color, la orden de inserción debe venir acompañada de la selección en colores proceso y su respectiva prueba o guía de impresión. En caso de que el aviso contenga dos (2) o más colores, la orden de inserción debe venir acompañada de la selección en colores proceso y su respectiva prueba de colores.

e) Las Órdenes de Inserción de publicaciones que requieran dos (2) o más colores, únicamente podrán satisfacerse  cuando no exceda las limitaciones técnicas  del periódico El Universal.

f) Las Órdenes de Inserción transmitidas vía fax serán aceptadas por la Empresa de Lunes a Viernes, desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m., siempre y cuando su envío sea confirmado telefónicamente a la Gerencia de Publicaciones de la Empresa y, en cuyo caso, deberá enviarse a más tardar al día siguiente, el original de la Orden de Inserción indicando que la misma fue transmitida por fax. De no cumplirse este último requisito, se considerará como otra Orden de Inserción, la cual será facturada adicionalmente. Asimismo, la información numérica contenida en dichas Órdenes de Inserción deberá ser expresada en letras para garantizar su legibilidad.

g) Las Órdenes de Inserción enviadas a través del servicio On Line serán aceptadas por la Empresa de Lunes a Viernes, desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.. Cuando el servicio On Line sea interrumpido temporalmente por fallas o caídas del sistema, el horario estipulado anteriormente para la recepción de las Órdenes de Inserción será extendido hasta las 4:30 p.m.

h) Cuando se trate de avisos (Desplegados/Clasificados) para ser publicados en cualquiera de los Cuerpos adicionales del periódico El Universal, las Órdenes de Inserción con sus respectivos materiales deberán ser entregados por taquilla, con por lo menos (2) días hábiles de anticipación al cierre de la publicación, en los siguientes horarios:

- De Lunes a Viernes, desde las 8:00 a.m.  hasta las 3:00 p.m.

- Sábados, desde las 8:00 a.m. hasta las 12:00 m.

i) A efectos de estas Condiciones Generales se considerará que el aviso publicitario (Desplegados/Clasificados) ha sido publicado en la sección escogida por el Anunciante cuando aparezca impreso en cualquiera de las páginas comprendidas entre la primera página de la sección elegida y la página inmediatamente anterior a la sección siguiente del periódico El Universal, según la definición de las secciones especificada en la Tarifa vigente.

j) La Empresa se reserva el derecho de requerir fotocopia de la Cédula de Identidad de la persona natural o del representante legal (en caso de personas jurídicas), que ordene la publicación de un aviso publicitario en el periódico El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa. Sin excepción, este derecho será ejercido cuando se trate de aviso redaccional, columna, reportaje publicitario, remitido, comunicado, carta abierta o avisos clasificados en la sección 22-B,  29-A, 34-A y para la sección de ventas de armas, del Cuerpo de Clasificados del periódico El Universal.

k) La  Empresa no se hace responsable por el no-requerimiento de la fotocopia de la Cédula de Identidad por parte de las Receptorías a los Anunciantes que publiquen un aviso publicitario (Desplegados/Clasificados) en el periódico El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa a través de las mismas.

l) Cuando un aviso tenga varias fechas de publicación y cambios en el texto, se considerarán como avisos diferentes, y por lo tanto será indispensable hacer una Orden de Inserción por cada uno de ellos.

m) El costo de los avisos publicitarios (Desplegados/Clasificados), así como los recargos correspondientes sobre el valor de los mismos, se encuentran debidamente especificados y determinados en la Tarifa vigente, la cual conoce y acepta el Anunciante.

n) La Empresa se reserva el derecho de modificar los horarios establecidos anteriormente para la presentación de las Órdenes de Inserción, en cuyo caso se colocará un cartel en los puntos de información indicando el nuevo horario de taquilla.

III. Materiales de Publicación

a) Cuando el material de impresión blanco y negro requiera de elaboración por parte de la Empresa, éste deberá remitirse conjuntamente con una fotocopia de la respectiva Orden de Inserción a la Gerencia de Publicaciones, con por lo menos un (1) día hábil de anticipación a su publicación y antes de las 3:00 p.m.

 b) Cuando el material de impresión blanco y negro se encuentre listo para su impresión y no requiera elaboración por parte de la Empresa, éste podrá presentarse hasta las 6:00 p.m. del día hábil anterior a su publicación.

 c) Para avisos a color, los materiales deberán remitirse con  (2) días hábiles de anticipación a la fecha de publicación. La Empresa no garantiza la publicación de materiales entregados fuera de este horario, y en caso de incumplimiento en la entrega, se cobrará como indemnización el total del precio del espacio con los respectivos recargos especificados en la Tarifa vigente.

d) Cuando el material de impresión a publicarse haya sido publicado con anterioridad en el periódico  El Universal o en cualesquiera otros productos propiedad de la Empresa, el Anunciante deberá indicar en la orden de inserción, la fecha de la última publicación de dicho material. Las Órdenes de Inserción con fecha de publicación errada, serán facturadas como no envío de material. En este sentido, la Empresa declara que los    materiales publicados son archivados en el sistema hasta veinticinco (25) días continuos siguientes a la fecha de publicación de los mismos, transcurridos los cuales, dichos materiales son borrados del sistema.

e) Los originales de los avisos cuyo material sea texto, deberán ser elaborados a máquina o mediante procesador de palabras y ser perfectamente legibles. Cuando se trate de fotocopias de textos, para ser elaborados por la Empresa, éstas deberán ser nítidas, para garantizar exactitud en la composición del aviso. La Empresa no se hará responsable por los errores que las deficiencias contenidas en el material suministrado  pudiera ocasionar en la publicación.

f) Cuando el material suministrado por el Anunciante no sea fotoray,  o  no  cumpla con las especificaciones técnicas del periódico El Universal, se efectuarán bajo la responsabilidad del Anunciante, los cambios necesarios y se aplicará el recargo establecido en la Tarifa vigente.

g) Cuando por cualquier circunstancia un material requiera ser cambiado, el Anunciante deberá retirar el material anterior, caso contrario, la Empresa no asume ninguna responsabilidad por la publicación.

h) El material deberá ser retirado por una persona autorizada por el Anunciante,  dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su publicación, en el horario de 8:00 a.m. a 12 m., de lunes a viernes, en la taquilla de recepción de materiales, previa presentación de fotocopia de la orden de inserción.

i) La Empresa sólo conservará los materiales de los avisos publicados durante los veinticinco (25) días siguientes a su última publicación y cuando los materiales sean  medios magnéticos serán conservados durante los siete (7) días posteriores a la publicación. Transcurridos estos lapsos, la Empresa no asume ninguna responsabilidad por el material no retirado, pudiendo disponer del mismo en la forma que estime conveniente.

j) En todo caso, la Empresa se reserva el derecho de realizar ajustes técnicos a los avisos cuando los mismos no reúnan las especificaciones técnicas del periódico El Universal o de los otros productos propiedad de la Empresa.

IV. Reservaciones de Ubicación

a) Las publicaciones con ¿Reservación de Ubicación¿ deberán ser notificadas al Departamento de Reservaciones de la Gerencia de Publicaciones de la Empresa, con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha de publicación. Dichas reservaciones serán atendidas de acuerdo a su orden de llegada.

b) La Reservación de Ubicación no implica compromiso de publicación por parte de la Empresa, salvo que, ésta sea formalizada mediante la presentación de la Orden de Inserción o recibo de pago, dentro de los cuatro (4) días hábiles antes de la publicación. En caso de no formalizarse la Reservación de Ubicación, la Empresa tendrá el derecho a disponer de este espacio.

c) Para la publicación de avisos clasificados, sólo se aceptará la indicación de la sección, no la posición dentro de la sección.

d) Para la publicación de avisos desplegados dentro del Cuerpo de Clasificados sólo se aceptará la indicación de la sección, no la posición dentro de la misma; de no haber disponibilidad de espacio se ubicará en la página disponible más cercana.

V. Avisos Especiales

a) Los avisos necrológicos se recibirán hasta el cierre de la edición  y no tendrán ningún tipo de recargo; pasadas las 8:00 p.m., no se garantizará su circulación nacional. La Empresa se reserva el derecho de modificar las medidas de estos avisos de acuerdo al espacio disponible.

b) Todo aviso redaccional, columna o reportaje publicitario, deberá ser identificado en la parte superior con la palabra ¿Publicidad¿, ¿Remitido¿, ¿Comunicado¿ o ¿Carta Abierta¿, de acuerdo a la naturaleza del mismo. Estos avisos serán publicados dentro de un recuadro. En este caso, la Empresa solicitará fotocopia de la cédula de identidad de la persona que emita la Orden de Inserción (Ver numeral 9 de ¿Órdenes de Inserción¿).

c) Los avisos a color serán publicados según los requerimientos del Anunciante, a menos que por razones técnicas o cualesquiera otras causas, ello no sea posible. En este caso, se harán los ajustes correspondientes, de acuerdo a la Tarifa vigente aplicable al espacio en que efectivamente fue publicado, sin que la Empresa tenga ninguna otra responsabilidad.

VI. Modificaciones y Anulaciones

a) Las órdenes de anulación deberán ser notificadas por escrito a la Gerencia de Publicaciones en horarios laborables de taquilla, hasta las 5:00 p.m., de lunes a viernes, con por lo menos cuarenta y ocho (48) horas hábiles de anticipación a la fecha de su publicación. En este sentido, los horarios establecidos para las anulaciones antes de la fecha de publicación son los siguientes:

- LUNES sin costo hasta el día de publicación MIÉRCOLES

- MARTES sin costo hasta el día de publicación JUEVES

- MIÉRCOLES sin costo hasta el día de publicación LUNES

- JUEVES sin costo hasta el día de publicación MARTES

- VIERNES sin costo hasta el día de publicación MIÉRCOLES

- SÁBADO sin costo hasta el día de publicación JUEVES

- DOMINGOS se aceptan sin costo para el cliente hasta las 5:00 p.m. del día de publicación MIÉRCOLES

En caso de efectuarse la notificación de la orden de anulación con posterioridad al lapso indicado se cobrará el 50% del total del precio del espacio como indemnización.

b) Cuando se trate de Órdenes de Inserción de avisos publicitarios (Clasificados/Desplegados) a ser publicados por varios días, y el Anunciante decidiera requerir su suspensión antes del término de la publicación, la Empresa no hará devoluciones del pago por la diferencia de los días que faltare publicar. No obstante, se aceptarán modificaciones en el texto del aviso por errores de forma, siempre y cuando dichas modificaciones no alteren el objeto de dicho aviso.

c) Cuando se trate de avisos desplegados, las notificaciones de modificación o anulación, deberán estar acompañadas de una fotocopia de la Orden de Inserción original.

d) Cuando se trate de avisos desplegados, cualquier cambio de material, deberá ser notificado por escrito a la Gerencia de Publicaciones, antes de las 12:00 m. del día hábil anterior a la publicación. De lo contrario, la Empresa no asumirá ninguna responsabilidad. 

e) Cuando se trate de avisos desplegados, cualquier modificación de tamaño o ubicación requerirá una Orden de Inserción nueva, que deberá ser presentada antes de las 12:00.m. del día hábil anterior a su publicación. De lo contrario, la Empresa no asumirá ninguna responsabilidad. 

f) Cuando se trate de avisos desplegados, las anulaciones de las Órdenes de Inserción de avisos, respecto de los cuales se hizo Reservación de Ubicación, deberán efectuarse con cuatro (4) días hábiles de anticipación a su publicación. Pasado el tiempo reglamentario, se cobrará el  50% del precio del espacio reservado como indemnización.

VII. Responsabilidades y Reclamos

a) Las publicaciones se efectuarán única y exclusivamente bajo la responsabilidad del Anunciante. El Anunciante será el responsable ante cualquier reclamación judicial o extrajudicial por parte de terceros, bien sea de carácter patrimonial, como de cualquier tipología delictual ó de alguna inobservancia a lo protegido por el derecho de autor y la propiedad intelectual. En este sentido, la Empresa queda exenta de toda responsabilidad por el contenido editorial de las publicaciones y así lo acepta el Anunciante al momento de ordenar la publicación del aviso publicitario (Desplegados/Clasificados). En consecuencia, el Anunciante indemnizará a la Empresa por cualquier perjuicio que pueda ocasionar a ésta la publicación ordenada.

b) El Anunciante acepta expresamente que releva de toda responsabilidad  a Diario El Universal, C.A., sus filiales y Empresas relacionadas, incluyendo a la sociedad Corporación Página Prop, C.A. y a los accionistas, directores, gerentes, trabajadores y demás representantes de dichas sociedades, de toda responsabilidad legal ya sea contractual o extracontractual, civil, mercantil o penal, tanto por daño moral como por daño material, derivado de la no-publicación, publicación errada o incompleta de cualesquiera avisos comerciales o materiales publicitarios.  Igualmente, acepta que la responsabilidad de la Empresa está limitada a la establecida en las presentes ¿Condiciones Generales de Publicación¿ y asume que el contenido del aviso   publicitario, ha sido elaborado por él y que de ninguna manera refleja la opinión o posición de la Empresa.

c) Sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda al Anunciante, la Empresa se reserva el derecho de no publicar avisos, comunicados, remitidos, cartas abiertas o cualquier clase de escritos o propagandas, cuando a su juicio contengan expresiones de burla, injuria, difamación, o atenten contra el orden público, la moral o las buenas costumbres, sin que la Empresa tenga que justificar ante el Anunciante las razones que la llevaron a tal determinación y sin que por tal hecho incurra la Empresa en responsabilidades de ninguna naturaleza para con el Anunciante por lo que en señal de conformidad con estas condiciones, acepta publicar con la Empresa.

d) La Empresa no otorga  derechos de exclusividad a los Anunciantes, pero en la medida de sus  posibilidades tratará de evitar la publicación de avisos de la competencia en la misma página.

e) Cuando por mediar requerimientos informativos que así lo exijan o motivos técnicos, o cualesquiera otras circunstancias imputables a la Empresa, el aviso no pueda ser publicado, la responsabilidad de la Empresa estará limitada a la emisión de una nota de crédito a favor del Anunciante para una posterior publicación, siempre y cuando, dicha reclamación sea realizada por el Anunciante dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que debió publicarse el correspondiente aviso. Cuando la no-publicación del aviso o material se deba a caso fortuito, fuerza mayor o cualquier otra causa eximente de responsabilidad de acuerdo a la  Ley,  la Empresa no incurrirá en responsabilidad alguna para con el Anunciante. La Empresa no asume  responsabilidad alguna frente a terceras personas que pudiesen tener intereses en la publicación de los avisos. 

f) Cuando por fallas de composición o cualesquiera otros motivos los avisos fuesen publicados con algún error imputable a la Empresa, el Anunciante deberá efectuar el correspondiente reclamo, según las siguientes condiciones:

- Clasificados: La notificación del reclamo deberá realizarse el día de la primera publicación indicando el número de recibo del aviso. En este caso, la responsabilidad de la Empresa estará limitada a volver a publicar el aviso, en una sola ocasión, con las correcciones señaladas.

- Desplegados: La notificación del reclamo deberá realizarse el día de la primera publicación y respaldarlo por escrito dentro de los siguientes tres (3) días hábiles. En este caso, la responsabilidad de la Empresa estará limitada a volver a publicar el aviso, en una sola ocasión, con las correcciones señaladas. Cuando el Anunciante no realice oportunamente el reclamo, no tendrá derecho a efectuar reclamación de ninguna naturaleza a la Empresa. Asimismo, si el material ha sido retirado (físico, texto, o digital), el reclamo será improcedente.

g) Cuando el error sea imputable al Anunciante, la Empresa podrá a solicitud del mismo, corregir el aviso y publicarlo por los días restantes de publicación siempre y cuando la modificación no afecte las dimensiones del aviso.

h) La Empresa no se hace responsable por errores cuando el material o texto entregado por el Anunciante no sea legible, o por errores en que incurra el Anunciante.

i) La Empresa se reserva el derecho de realizar correcciones de ortografía a las palabras que contenga el Aviso, a excepción de los nombres propios, los cuales, serán publicados exactamente igual a como aparecen en el respectivo material enviado o entregado.

j) Cuando por requerimientos informativos que así lo exijan, motivos técnicos, de diagramación o por cualquier otra circunstancia imputable a la Empresa, la publicación del aviso no cumpla con las indicaciones del Anunciante, el mismo se publicará efectuando los ajustes correspondientes, de acuerdo con la Tarifa vigente, con base en las características y al espacio en que realmente fue publicado, sin ninguna otra responsabilidad para la Empresa.

k) El Anunciante declara que conoce que el proceso de producción e impresión del material a ser publicado puede ocasionalmente implicar algún defecto, en un porcentaje inferior al 1% del tiraje efectivo, y en consecuencia expresamente declara que libera a la Empresa de cualquier responsabilidad por este concepto.

l) El Anunciante será responsable por cualquier corrección  o modificación que sobre la Orden de Inserción y/o el material a publicar, efectúen  sus emisarios  ante la Empresa.

m) Servicio de Casilleros y Avisos con Buzón de Voz: El Anunciante acepta  expresamente que releva a Diario El Universal, C.A. sus filiales, empresas relacionadas, accionistas, directores, gerentes, trabajadores y demás representantes de dichas sociedades de toda responsabilidad por el  contenido de la correspondencia recibida y/o mensajes dejados y acepta que este servicio se limita únicamente a la recepción de documentos sin valor comercial.

VIII. Clausulas Especiales

a) El Anunciante acepta y reconoce que los avisos a publicarse son susceptibles de tener recargos y que estos últimos están especificados en la Tarifa vigente a la fecha de la publicación.

b) La Empresa se reserva el derecho de modificar las presentes ¿Condiciones Generales de Publicación¿ y/o la Tarifa vigente, en cuyo caso, las nuevas ¿Condiciones Generales de Publicación¿ sustituyen a las anteriores y comenzarán a regir quince (15) días continuos después de la correspondiente publicación.

c) Para todos los efectos y consecuencias relacionadas con las presentes ¿Condiciones Generales de Publicación¿ y con las responsabilidades que pueden derivarse de las mismas, se elige como domicilio especial, con exclusión de cualquier otro, a la ciudad de Caracas, sede principal de la Empresa.

 

CONDICIONES GENERALES DE IMPRESOS COMERCIALES

I. Definiciones

A efectos de las presentes condiciones generales de publicación se entiende por:

1.1) Empresa: La sociedad mercantil Diario El Universal C.A.;

1.2) Anunciante: La persona natural o jurídica que ordene la publicación de un aviso comercial o espacio publicitario en cualesquiera de las publicaciones pertenecientes a Diario El Universal. Este término también comprende a las Agencias de Publicidad;

1.3) Receptorías: La persona jurídica que actuando en su propio nombre y por su propia cuenta se dedica a recibir de terceras personas avisos comerciales o espacios publicitarios para encargar su inserción en cualesquiera de las publicaciones pertenecientes a Diario El Universal. Las Receptorías deberán estar inscritas como tales en la Empresa;

1.4) Editora: La persona natural o jurídica que ordene la impresión de cualquier tipo de periódico, revista, panfleto o material publicitario a Diario El Universal.

1.5) Tarifa: La tabla o catálogo de los precios y recargos establecido por la Empresa, que el Anunciante debe cancelar por la publicación de avisos comerciales o espacios publicitarios vigente al tiempo de la publicación del respectivo aviso comercial o espacio publicitarios.

1.6) Orden de Inserción: El documento que formaliza la solicitud de publicación de avisos comerciales o espacios publicitarios en cualesquiera de las publicaciones pertenecientes a Diario El Universal ;

1.7) Orden de Impresión: El documento que formaliza la solicitud del servicio de impresión a Diario El Universal, C.A.

1.8) Producto: El indicado o descrito en la orden de impresión;

1.9) Las Especificaciones Técnicas de cada publicación se encuentran referidas en la Tarifa respectiva y en la “Guía de Impresión” de Impresos Comerciales El Universal;

1.10) Fecha de cierre: Es la fecha y hora establecidas como límite de recepción de órdenes de inserción y materiales para cada publicación, las cuales se detallan a continuación:

PUBLICACION
Estampas Viernes 12:00 m 1 mes antes de la fecha de publicación
Domiquitas Miércoles 12:00 m 11 días antes de la fecha de publicación
Guía del Tiempo Libre Martes 12:00 m Los martes antes de la fecha de publicación


Cuando la fecha de cierre coincida con día feriado, éste se efectuará el día hábil anterior.

La fecha de cierre para órdenes de impresión será establecida entre la Editora, la Gerencia de Impresos Comerciales y el Dpto. de Ediciones Especiales.

1.11) Material: Es el aviso a ser publicado o el Producto a ser impreso y que puede estar bajo la forma de: arte final, fotoray o película negativa acompañada de una prueba impresa en blanco y negro o color.

1.12) Avisos Especiales: Son aquellos avisos que por sus características se encuentran ubicados dentro de las siguientes categorías:

a) Avisos ubicados en portada, contraportada, reverso de portada y reverso de contraportada

b) Páginas internas en glasé

c) Redaccionales

d) Aquellos que por solicitar una ubicación estratégica dentro de una sección o posición dentro de una página determinada requieran de la reservación de espacio.

1.13) Día Hábil: Todos los días del año, excepto los días domingo y feriado.

1.14) Reservación de Ubicación: Es aquella especificación de ubicación en la que el Anunciante requiere a la Empresa disponer de espacios publicitarios específicos, en función de una determinada sección o de posición dentro de una determinada página, según las alternativas establecidas en las Tarifas, a cuyo efecto hace la reservación correspondiente.

1.15) Fecha de Publicación: Es el día en que efectivamente deberá aparecer publicado el aviso comercial o espacio publicitario.

1.16) Fecha de entrega del producto terminado, la cual comenzará a regir desde la última entrega de materiales, o última corrección o modificación que de éste hiciere La Editora.

II. Ordenes de Inserción/Impresión

2.1) Las órdenes de Inserción deberán expresar el nombre y código del Anunciante, su dirección, teléfono y cualquier otra indicación que facilite su localización en caso de ser necesario ( No. de fax, correo electrónico, etc), nombre del producto a anunciar, título del aviso (idéntico al del material), fecha(s) de publicación, número de inserciones, medidas del aviso, ubicación solicitada (página, sección, posición, etc.), color(es), y tipo de material que se entregará. Las órdenes de Inserción deberán estar selladas y firmadas por el representante autorizado del Anunciante y deberán incluir la información requerida por la Empresa en el correspondiente formato “Orden de Inserción”.

2.2) Las órdenes de Impresión deberán expresar el nombre y código de la Editora, su dirección, teléfono y cualquier otra indicación que facilite su localización en caso de ser necesario ( No. de fax, email, etc), nombre del producto a imprimir, No. de páginas, No. de edición, fecha de publicación, fecha de entrega de los materiales , número de ejemplares, dimensiones en centímetros, formato final del producto, tipo(s) de papel (es) y color(es) a utilizar . Las órdenes de Impresión deberán estar selladas y firmadas por el representante autorizado de la Editora y deberán incluir la información requerida por la Empresa en el correspondiente formato “Orden de Impresión” .

2.3) Las órdenes de Inserción deberán presentarse por taquilla antes de la fecha y hora de cierre estipulados para cada publicación, en los horarios comprendidos de lunes a viernes, desde las 8:15 a.m. hasta las 6:00 p.m., y los sábados desde las 8:15 a.m. hasta las 4:00 p.m. Los domingos únicamente para clientes que paguen de contado, de 8:15 am hasta las 4:00 pm. Este horario podrá ser modificado por la Empresa en cuyo caso se colocará un cartel en los puntos de información indicando el nuevo horario de taquilla.

Las órdenes de Inserción que sean presentadas en la fecha de cierre, deberán estar acompañados con los materiales a ser publicados.

2.4) Las órdenes de impresión, conjuntamente con los negativos y la correspondiente cancelación, deberán ser presentadas en el Departamento de Ediciones Especiales, por lo menos con 15 días de anticipación a la fecha de circulación, en el horario comprendido entre 8:00 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm. Este horario podrá ser modificado por la Empresa en cuyo caso se colocará un cartel en los puntos de información indicando el nuevo horario de recepción.

2.5) Si el material a que se refiere la orden de inserción. contiene uno (1), dos (2) o más colores, ésta deberá venir acompañada de la selección en colores proceso y la respectiva prueba de colores.

2.6) A los efectos de estas Condiciones Generales se considerará que el aviso o material ha sido publicado en la sección escogida por el Anunciante cuando aparezca impreso en la publicación correspondiente.

2.7) Para la reservación de espacios, las órdenes de Inserción pueden ser transmitidas vía fax a la Gerencia de Publicaciones, y serán aceptadas por parte de la Empresa en el horario comprendido entre las 8:15 a.m. y 5:30 p.m. de lunes a viernes, y en cuyo caso se deberá hacer la confirmación de la recepción del mismo. 2.8) Cuando la orden de Inserción vaya a ser transmitida vía fax, la información numérica contenida en la misma deberá ser expresada en letras para garantizar su legibilidad.

2.9) A los efectos de publicación de cualquier texto o aviso en cualesquiera de las publicaciones pertenecientes a Diario El Universal o la impresión de cualquier Producto, la Empresa se reserva el derecho de requerir fotocopia de la Cédula de Identidad de la persona natural que ordene la publicación o impresión, o la del representante legal, si se tratare de una persona jurídica, la respectiva suscripción del texto, aviso o material y la fotocopia de la cédula de identidad de la persona que suscribe, si fuese el caso.

2.10) Cuando un aviso tenga varias fechas de publicación y cambios en el material, se considerarán como avisos diferentes, y por lo tanto será indispensable hacer una Orden de Inserción por cada uno de ellos.

2.11) El costo de los avisos, costos de impresión así como los recargos correspondientes sobre el valor de los mismos, se encuentran debidamente especificados y determinados en la Tarifa, la cual conoce y acepta el Anunciante y Editora.

III. Materiales de Publicación y/o Impresión

3.1) En caso que el material de impresión para publicaciones pertenecientes a Diario El Universal, C.A., se encuentre pendiente para su entrega, éste podrá presentarse únicamente hasta la fecha y hora de cierre de la publicación respectiva, y en caso de incumplimiento en la entrega, se cobrará como indemnización el total del precio del espacio reservado.

3.2) En caso que el material de impresión para publicaciones pertenecientes a Diario El Universal, C.A. haya sido publicado con anterioridad, el Anunciante deberá indicar en la Orden de Inserción la fecha de última publicación. Las Ordenes de Inserción con fecha de publicación errada, serán facturadas como no envío de material.

3.3) Cualquier cambio de material, deberá ser notificado por escrito a la Gerencia de Publicaciones, antes de la fecha de cierre de la publicación.

3.4) Los materiales para la impresión de Productos, deberán ser entregados con por lo menos diez (10) días de anticipación a la fecha pautada para su circulación.

3.5) El material deberá ser retirado por una persona autorizada por el Anunciante, dentro de los 15 días hábiles siguientes a su publicación, en el horario de 8:00 a.m. a 12 m. de lunes a viernes, en la taquilla de recepción de materiales, previa presentación de fotocopia de la orden de inserción. La Empresa sólo conservará los materiales de los avisos publicados durante los treinta (30) días siguientes a su última publicación. Pasado este lapso, la Empresa no asume ninguna responsabilidad por el material no retirado, pudiendo disponer del mismo en la forma que estime conveniente.

IV. Reservaciones de Ubicación

4.1) Las publicaciones con Reservación de Ubicación deberán ser notificadas al Departamento de Reservaciones de la Gerencia de Publicaciones con un mínimo de siete días hábiles de anticipación a la fecha de cierre. Todas las reservaciones serán atendidas de acuerdo a su orden de llegada.

4.2) La reservación no implica compromiso de publicación por parte de la Empresa, salvo que ésta sea formalizada mediante la presentación de la Orden de Inserción o recibo de pago, por lo menos con cinco (5) días hábiles antes de la fecha de cierre. En caso de no formalizarse la Reserva de Ubicación, la Empresa tendrá el derecho a disponer de este espacio.

4.3) La reservación de espacios para avisos especiales (ver 1.12), deberán ser notificadas al Departamento de Reservaciones de la Gerencia de Publicaciones con un mínimo de 30 días hábiles de anticipación a la fecha de cierre. En cuyo caso será necesaria la presentación de la Orden de Inserción o el recibo de pago, antes de transcurridas las 48 horas posteriores a la reservación del espacio. En caso de no formalizarse la Reserva de Ubicación, la Empresa tendrá el derecho a disponer de este espacio.

V. Avisos Especiales

5.1) Todo aviso redaccional, columna o reportaje publicitario, deberá ser identificado en la parte superior con la palabra “Publicidad”, “Remitido”, “Comunicado” o “Carta Abierta”, de acuerdo a la naturaleza del mismo. Estos avisos serán publicados dentro de un recuadro.

5.3) Los avisos a color serán publicados según los requerimientos del Anunciante, a menos que por razones técnicas o cualesquiera otras causas, ello no sea posible. En este caso, se harán los ajustes correspondientes, de acuerdo a la Tarifa aplicable al espacio en que efectivamente fue publicado, sin que la Empresa tenga ninguna otra responsabilidad.

VI. Modificaciones y Anulaciones

6.1) Las anulaciones se recibirán en la Gerencia de Publicaciones sin ningún tipo de recargo hasta la fecha de cierre, exceptuando los considerados avisos especiales.

6.2) Las anulaciones de avisos especiales, y en los casos que aplique páginas internas en glasé, deberán hacerse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha de cierre, de lo contrario se cobrará el 100% del costo total del aviso.

6.3) Las anulaciones de espacios en portada, contraportada , reverso de portada y reverso de contraportada, se recibirán en la Gerencia de Publicaciones, como se describe a continuación:

PUBLICACION SIN RECARGO RECARGO 50%
Estampas 40 días antes de la fecha de cierre 20 días antes de la fecha de cierre
Universalito 30 días antes de la fecha de cierre 20 días antes de la fecha de cierre
Guía del Tiempo Libre 48 horas antes de la fecha de cierre Enviar solicitud escrita a la Gerencia de Ventas


6.4) Transcurridos los períodos de tiempo estipulados en los párrafos anteriores, no se aceptarán ningún tipo de anulaciones, y en caso de que el Anunciante por razones de fuerza mayor, solicite y esté dentro de las posibilidades de la Empresa, el retiro de la publicación, el Anunciante deberá cancelar el 100% del costo del espacio reservado con sus respectivos recargos, como indemnización.

6.5) Los costos originados por correcciones o modificaciones, solicitadas por la Editora, correrán por cuenta de la misma y le serán calculados previamente a su ejecución. La fecha de entrega por parte de la Empresa, comenzará a regir desde el momento que se efectúe la última entrega de materiales, o última corrección o modificación que de éste hiciere la Editora.

VII. Responsabilidades y Reclamos

7.1) Las publicaciones se efectuarán única y exclusivamente bajo la responsabilidad del Anunciante. En consecuencia, el Anunciante indemnizará a la Empresa por cualquier perjuicio que pueda ocasionar a ésta la publicación ordenada.

7.2) Las impresiones que la Editora contrate con la Empresa, serán efectuadas única y exclusivamente bajo la responsabilidad de la Editora. En consecuencia, ésta indemnizará a la Empresa por cualquier perjuicio que pueda ocasionar la impresión ordenada.

7.3) El Anunciante acepta expresamente que releva de toda responsabilidad a Diario El Universal, C.A., sus filiales y empresas relacionadas, incluyendo a las sociedades Corporación Página Prop, C.A. e Inversiones Revispress, C.A. y a los accionistas, directores, gerentes, trabajadores y demás representantes de dichas sociedades, de toda responsabilidad legal ya sea contractual o extracontractual, civil, mercantil o penal, tanto por daño moral como por daño material, derivado de la no publicación o impresión, publicación o impresión erradas o incompletas de cualesquier aviso comercial, material publicitario o impresos contratados. Igualmente, acepta que la responsabilidad de la Empresa está limitada a la establecida en las presentes “Condiciones Generales Impresos Comerciales” y asume que el contenido del aviso comercial o publicitario o del Producto, ha sido elaborado por él y que de ninguna manera refleja la opinión o posición de la Empresa.

7.4) Cuando por motivos técnicos, o cualesquiera otras circunstancias imputables a la Empresa, el aviso no pueda ser publicado, la responsabilidad de la Empresa estará limitada a la devolución del precio del mismo, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la reclamación que por escrito hiciera el Anunciante. Dicha reclamación deberá ser realizada por el Anunciante dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que debió publicarse el correspondiente aviso. Cuando la no publicación del aviso o material se deba a caso fortuito o fuerza mayor no imputable a la Empresa, ésta no incurrirá en responsabilidad alguna para con el Anunciante. La Empresa no asume responsabilidad alguna frente a terceras personas que pudiesen tener intereses en la publicación de los avisos.

7.5) Cuando por requerimientos informativos que así lo exijan, motivos técnicos, de diagramación o por cualquier otra circunstancia imputable a la Empresa, la publicación del aviso no cumpla con las indicaciones del Anunciante, el mismo se cobrará efectuando los ajustes correspondientes, de acuerdo con la Tarifa vigente, con base en las características y al espacio en que realmente fue publicado, sin ninguna otra responsabilidad para la Empresa.

7.6) En caso de ocurrir cualquier circunstancia de caso fortuito o fuerza mayor, ajenas a la voluntad de la Empresa, en las instalaciones de impresión, las cuales de una u otra manera entorpezcan, retrasen o impidan la impresión solicitada; la Empresa se reservará el derecho de cancelar la fecha de entrega o de circulación de la publicación o el producto, no respondiendo ante el Anunciante o la Editora por los daños y perjuicios que origine esta interrupción o retraso. Pudiéndose fijar una nueva fecha de inserción o entrega, previo convenimiento entre las partes.

7.7) El Anunciante declara que conoce que el proceso de producción del material a ser publicado puede ocasionalmente implicar algún defecto, en un porcentaje inferior al 1% del tiraje efectivo, y en consecuencia expresamente declara que libera a la Empresa de cualquier responsabilidad por este concepto.

7.8) La empresa realizará la impresión del Producto de acuerdo a sus estándares de calidad de impresión de prensa en rotativas, los cuales declara conocer y aceptar la Editora.

7.9) La empresa, según estándares en las Artes Gráficas, puede entregar un sobre o bajo tiro del 5% del solicitado, facturando la cantidad entregada.

7.10) Todas las publicaciones están sujetas a las Condiciones Generales de Publicación de Diario El Universal, C.A. y a las Condiciones Generales de Impresos Comerciales Diario El Universal, C.A. las cuales conocen y aceptan el Anunciante y la Editora.

VIII. Cláusulas Especiales

8.1) El Anunciante acepta que conoce que los avisos son susceptibles a tener recargos y que estos últimos están especificados en la Tarifa correspondiente a cada publicación.

8.2) La Empresa se reserva el derecho de modificar las presentes “Condiciones Generales Impresos Comerciales” o las Tarifas de cualesquiera de las publicaciones pertenecientes a Diario El Universal, C.A., mediante publicación efectuada en el periódico El Universal en cuyo caso, las nuevas “Condiciones Generales de Impresos Comerciales” sustituyen a las anteriores y comenzarán a regir quince (15) días continuos después de la correspondiente inserción.

8.3) Para todos los efectos y consecuencias relacionadas con las presentes “Condiciones Generales Impresos Comerciales” y con las responsabilidades que pueden derivarse de las mismas, se elige como domicilio especial, con exclusión de cualquier otro, a la ciudad de Caracas, sede principal de Diario El Universal, C.A.

CONDICIONES GENERALES DE ENCARTES

I. Definiciones

A efectos de las presentes condiciones generales de Encartes se entiende por:

1.1) Empresa: la sociedad mercantil “Diario El Universal, C.A.”

1.2) Cliente: Persona natural o jurídica que ordena el Servicio de Encartes en el periódico El Universal.

1.3) Servicio de Encartes: Consiste en distribuir, en panfletos anexos al periódico El Universal, material publicitario, de acuerdo a una zonificación predeterminada.

1.4) Tarifa: La tabla o catálogo de los precios y recargos establecidos por la Empresa, vigentes a momento de la contratación.

1.5) Orden de Inserción: El documento que formaliza la solicitud de Servicio de Encartes.

1.6) Días de Encartes: Tabla o catálogo establecido por la Empresa que define los días de la semana en que se presta el Servicio de Encartes.

1.7) Zonificación: Tabla o catálogo establecido por la Empresa que define las zonas de Servicio de Encartes.

1.8) Día Hábil: de lunes a viernes, menos días feriados.

II. Ordenes de Inserción

2.1) Las órdenes de Inserción deberán expresar el nombre y código del Cliente, nombre del Material de Encarte, formato, dimensiones, número de páginas, tipo de papel, cantidad a insertar y zonificación solicitada. La Orden de Inserción deberá estar sellada y firmada por el Cliente.

2.2) Las órdenes de Inserción deberán presentarse al Dpto. Ediciones Especiales del periódico El Universal, a más tardar seis (6) días hábiles antes del día de Encarte, en horario comprendido entre las 8:00 am y las 6:00 pm Este horario podrá ser modificado por la Empresa en cuyo caso se colocará un cartel en los puntos de información indicando el nuevo horario de recepción.

2.3) Las órdenes de Inserción transmitidas vía fax serán aceptadas por parte de la Empresa siempre y cuando la información numérica de la misma sea expresada en letras para garantizar su legibilidad y su envío sea confirmado telefónicamente al Dpto. Ediciones Especiales, en cuyo caso deberá enviarse el original del fax junto al material a ser encartado. Se deberá indicar en la Orden de Inserción que ésta fue previamente enviada vía fax.

III. Materiales

3.1) Especificaciones Técnicas para el Servicio de Encartes en el periódico El Universal: Dimensiones: El Material de Encartes deberá ser un producto impreso en papel con unas dimensiones máximas de presentación de 32 cm x 28 cm. Cualquier Material de Encartes que no se ajuste a las características descritas anteriormente o posea una presentación especial (saché, muestras de productos, cartulinas, etc.) deberá ser presentado al Departamento de Ediciones Especiales para su aprobación y cotización.

3.2) La dirección de entrega del material a encartar, los días de recepción, así como la cantidad de ejemplares por zonificación, se encuentran especificados en la tabla o catálogo establecido por la Empresa que define los parámetros para cada uno de ellos.

3.3) El Material de Encartes deberá ser entregado por el Cliente en pacas o bultos de cantidades conocidas, o bajo cualquier otra presentación que facilite el conteo al momento de la recepción. La entrega debe estar acompañada de una Nota de Entrega con toda la información relativa al Material (ej: número de pacas o bultos, ejemplares por paca o bulto y número de páginas de cada ejemplar, etc). Las fechas de entrega se encuentran especificadas en la tabla o catálogo establecido por la Empresa.

3.4) Cada zonificación tiene una cantidad de ejemplares estipulada. Los ejemplares deberán ser transportados y entregados en su totalidad por el Cliente, en la fecha y sitio establecido para ello. La empresa en ningún caso efectuará devoluciones por material sobrante, quedando en libertad de disponer de cualquier material que le sea devuelto.

IV. Modificaciones, Anulaciones y Retrasos en la Entrega del Material de Encartes.

4.1) Cualquier modificación de la Orden de Inserción, anulación del servicio o retraso en la entrega del material de encartes, deberá ser notificado por escrito al Dpto. Ediciones Especiales a más tardar el día estipulado para la entrega de los materiales. En caso contrario, la empresa no se hace responsable y el Cliente estará sujeto a los recargos establecidos en la Tarifa vigente.

4.2) Cualquier entrega de material a ser encartado, en cantidad inferior a la establecida por zonificación, deberá ser aprobada previamente por el Departamento de Ediciones Especiales y se aplicará la tarifa establecida para la zona de Gran Caracas.

V. Responsabilidades y Reclamos

5.1) El contenido editorial del Material de Encartes es responsabilidad exclusiva del Cliente. En consecuencia, el Cliente indemnizará a la Empresa por cualquier perjuicio que pueda ocasionarle el contenido de los mismos.

5.2) Sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda al Cliente, la Empresa se reserva el derecho unilateral de no prestar el Servicio de Encartes para avisos, comunicados, remitidos, cartas abiertas o cualquier clase de escritos o propagandas, cuando a su juicio contengan evidentes expresiones de burla, injuria, difamación, o atenten contra el orden público, la moral o las buenas costumbres, sin que la Empresa tenga que justificar ante el Cliente las razones que la llevaron a tal determinación y sin que por tal hecho incurra la Empresa en responsabilidades de ninguna naturaleza para con el Cliente por lo que en señal de conformidad con estas condiciones, acepta el Servicio de Encartes con la Empresa.

5.3) El Cliente acepta expresamente que releva de toda responsabilidad a Diario El Universal, C.A. sus filiales y empresas relacionadas, incluyendo a la sociedad Corporación Página Prop, C.A. y a los accionistas, directores, gerentes, trabajadores y demás representantes de dichas sociedades, de toda responsabilidad legal, ya sea contractual o extracontractual, civil, mercantil o penal, tanto por el daño moral como por daño material, derivado del no Encarte o Encarte defectuoso del material entregado. Igualmente, acepta que la responsabilidad de la Empresa está limitada a la establecida en las presentes “Condiciones Generales de Encartes” y asume que el contenido del Encarte ha sido elaborado por él y que de ninguna manera refleja la opinión o posición de la Empresa.

5.4) Cuando por motivo de caso fortuito o fuerza mayor la Empresa no pueda prestar el Servicio de Encartes contratado en el periódico El Universal, la responsabilidad de la Empresa estará limitada a la devolución del Material de Encartes y de la Tarifa pagada, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la reclamación que por escrito hiciera el Cliente, salvo que éste estuviere de acuerdo en que el Material de Encarte circulase en una publicación del periódico El Universal de fecha posterior, en cuyo caso así se acordaría previamente, por escrito, entre el Cliente y la Empresa, dentro de las condiciones originalmente pautadas.

5.5) Si fuera el caso que el Cliente decidiera no hacer circular el Material en una oportunidad posterior, conforme a opción descrita en la cláusula anterior, el retiro del Material de Encartes deberá efectuarse con la fotocopia de la Orden de Inserción sellada por la Empresa, mediante una persona autorizada por el Cliente, por escrito.

5.6) La Empresa no tendrá responsabilidad alguna para con el Cliente como consecuencia de la falta de entrega oportuna del Material de Encartes y, si a pesar del retraso decidiera encartar el Material, el Cliente deberá cancelar el recargo previsto en la Tarifa.

5.7) El Cliente conoce y acepta estas Condiciones Generales de Encartes.

VI. Cláusulas Especiales

6.1) El periódico El Universal circula todos los días del año, excepto los días 1¼ de enero, jueves y viernes santos, 1¼ de mayo, 25 de octubre y 25 de diciembre.

6.2) La Empresa se reserva el derecho de modificar las presentes “Condiciones Generales de Encarte en El Universal” o la Tarifa, mediante publicación efectuada en el periódico El Universal, en cuyo caso las nuevas “Condiciones Generales de Encarte en el periódico El Universal” sustituyen a las anteriores y comenzarán a regir quince (15) días continuos después de la correspondiente publicación.

6.3) Para todos los efectos y consecuencias relacionadas con las presentes “Condiciones Generales de Encarte en el periódico El Universal” con las responsabilidades que pueden derivarse de las mismas, se elige como domicilio especial, con exclusión de cualquier otro, a la ciudad de Caracas, sede principal del periódico El Universal.

 
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