CARACAS, viernes 09 de marzo, 2012 | Actualizado hace
09.03.2012
10:03 AM
Es importante que la víctima o persona afectada por la violación de sus derechos conozca que puede interponer formal denuncia de los hechos ante la Fiscalía (Ministerio Público), esta instruirá la práctica de diligencias a un órgano de policía de investigación penal (por ejemplo, el Cicpc). La denuncia se presenta por escrito y contendrá la identificación del denunciante, la indicación de su domicilio o residencia, la narración de los hechos y el señalamiento de quienes lo han cometido, de las personas que lo hayan presenciado o que tengan noticas e información al respecto, todo en cuanto le constare al denunciante. Nuestra ley procesal penal vigente resalta que el denunciante no es parte en el juicio, pero en caso de falsedad o mala fe en la denuncia, el que la instaure será responsable.
Es por ello que interpuesta la denuncia por la comisión de un delito de acción pública, es el Fiscal del Ministerio Público quien ordena el inicio de la investigación penal y dispondrá las actuaciones necesarias para obtener las pruebas de los hechos criminosos por estafas, fraudes u otros delitos cometidos. Uno de los medios para la terminación del proceso penal es lograr Acuerdo Reparatorio suscrito entre el agente causante del daño a favor de la víctima denunciante, esta recibirá un pago indemnizatorio (dinero) de manos del transgresor, previa autorización del juez penal en conformidad a la opinión afirmativa del Fiscal. Lo anterior, sólo aplica en las situaciones permitidas por la ley.
La denuncia penal que ejerce una persona es un derecho y garantía constitucional. Cuando se denuncia a alguien por la presunta comisión de un delito penal y luego, la Fiscalía advierte que no hubo delito, no existe ningún tipo de responsabilidad para el denunciante. Mientras que si un sujeto acusa a otro, y más tarde la Fiscalía declara que no se incurrió en delito, sí podría haber responsabilidad que exigir al acusador. En la segunda eventualidad, es posible que el acusador se convierta en acusado por no haber demostrado los hechos delictivos que fueron atribuidos otrora a un individuo en particular.
Los abogados en Venezuela, al dar segunda opinión legal, aconsejan acudir al análisis de varias estrategias a la hora de demandar, presentar el escrito de descargos o de la defensa. Recomendamos ejercer el Derecho en forma preventiva, esto significa no llamar al abogado cuando ya se ha manifestado o desarrollado el problema. La experiencia de haber aportado consultas, servicios o gestiones legales en situaciones parecidas a las planteadas es determinante para alcanzar el triunfo en cualquier tipo de juicio, de forma independiente a su naturaleza (penal, civil, laboral o administrativo).
Consultor Jurídico Universidad Santa María
www.protejase.com.ve
asomivis@gmail.com
Por Jose Betancourt
28.08.2012
4:28 PM
ud debe denunciar a tiempo cualquier situacion que a su juicio considere ilicito o lo perjudique puede hacerlo ante la fiscalia o cualquier organismo que tenga que ver con la materia juridica
Por rhonald alberto guillen ordaz
27.05.2012
5:00 PM
es un honor para mi Doctor Manuel Alfredo, opinar de su etica profecional,Es importante que la víctima o persona afectada por la violación de sus derechos conozca que puede interponer formal denuncia de los hechos ante la Fiscalía (Ministerio Público), esta instruirá la práctica de diligencias a un órgano de policía de investigación penal (por ejemplo, el Cicpc). La denuncia se presenta por escrito y contendrá la identificación del denunciante, la indicación de su domicilio o residencia, la narración de los hechos y el señalamiento de quienes lo han cometido, de las personas que lo hayan presenciado o que tengan noticas e información al respecto, todo en cuanto le constare al denunciante.
Por rhonald alberto guillen ordaz
07.04.2012
6:04 PM
El cicpc ninguna norma los establece o autoriza a practicar detención alguna, sino por orden del Ministerio Público, la Fiscalía es garante de la Legalidad, los Tribunales "jueces y juezas" deben de velar por el cumplimiento constitucional, la que exige a los jueces ser los principales garantes de las actuaciones circunstanciadas con la ley tanto la fiscalía, tribunales y cicpc deben de cumplir con sus mandatos normativos a plena cabalidad, son corruptos la gran mayoría caramba. Quien quiera un cambio para Venezuela tiene que dar el ejemplo con hechos de verdad, trasparencia y justicia ante todo Para construir el país maravilloso que anhelamos, queremos todos los venezolanos
Por ANGEL ROJAS
11.03.2012
2:34 PM
ES DE SUMA IMPORTANCIA ENTONCEXS, ANTES DE PROCEDER A DEMANDAR A UNA PERSONA(NATURAL O JURIDICA), ESTAR BIEN ASISTTIDA O REPRESENTADA AL MOMENTO ANTERIOR A LA INTRODUCCION DE LA DEMANDA, EN TAL SENTIDO ESTE CRITERIO EX ANTES, PERIMITIRA TANTO AL CLIENTE COMO AL ABOGADO(REPRESENTATE,APODERADO O ASESOR) ESTRUCTURAR BIEN LA SITUACION(EL CASO), AMPLIANDO DE ESTA MANERA LAS PROBABILIDADES DE QUE SEAN CUMPLIDAS LAS PRETENSIONES HECHAS VALER EN LA DEMANDA(TRIUNFAR EN EL JUCIO).
Abogado UCV (1989). Especialización y Magister en Derecho Penal. Doctorado en Derecho Constitucional (en curso). Estudios Superiores en el IESA y UNIMET. Profesor Universitario Pre y Postgrado UCV, USM y UCAB. Locutor UCV y P.N.I. Nº 20.768. Autor del Libro: Heurística del Derecho de Obligaciones. Apoderado de empresas nacionales y extranjeras. Agente de la Propiedad Industrial (SAPI) Fundador y Director del Escritorio Jurídico Manuel Alfredo Rodríguez, A.C., con sede en Caracas, Guayana y en las principales ciudades del pais; en Nueva York y Miami, USA
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