Gobierno regula alquileres pese a que AN revisa ley de inquilinato
En el Parlamento se contempla ajustar propuesta presentada por inquilinos
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El Presidente Hugo Chávez a través de la Habilitante establece regulaciones en materia de alquileres, pese a que la Asamblea Nacional desde el pasado mes de marzo está revisando la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
La semana pasada el Gobierno aprobó la Ley contra los Desalojos Arbitrarios de Viviendas y autorizó a los inquilinos a negociar la compra de aquellos edificios que están destinados al alquiler, y esos dos aspectos forman parte del proyecto que está evaluando la Comisión de Administración y Servicios del Parlamento.
Ante la decisión del Ejecutivo Nacional de autorizar los puntos que están en la propuesta, los diputados aseguran que el proyecto se tiene ajustar.
El vicepresidente de la Comisión, César Rincones, indicó que ante la aprobación del marco legal contra los desocupaciones, el capítulo que regulaba esos procesos se tendrá que eliminar, debido a que no pueden haber dos leyes que regulen la misma materia.
Sin embargo, considera que la autorización otorgada a las redes de inquilinos para gestionar los traspasos de propiedad de las viviendas arrendadas, debe esperar por la aprobación de la Ley, dado que dicho procedimiento forma parte de las disposiciones del proyecto.
Puntos aprobados
La Ley contra los Desalojos Arbitrarios de Vivienda, indica que no se pueden realizar desocupaciones forzosas y que el plazo que tienen los inquilinos para abandonar las viviendas no puede ser mayor a los 180 días hábiles. No obstante, el texto señala que el afectado no podrá dejar el inmueble hasta que el Ministerio de la Vivienda y Hábitat no le haya conseguido un destino habitacional.
Adicionalmente, la norma (vigente desde el 6 de mayo) contempla que para solicitar el desalojo antes se debe realizar una notificación al despacho de la Vivienda, el cual se encargará de efectuar audiencias conciliatorias. Si no hay acuerdos por esa vía, los propietarios pueden acudir a los tribunales.
Todos esos pasos están en el proyecto de reforma de la Ley de Arrendamientos, de Viviendas que presentaron las organizaciones de los inquilinos.
Dicha propuesta señala en las disposiciones finales, que los propietarios de los edificios destinados al alquiler deben vender las viviendas en un lapso de 180 días (luego de la entrada en vigencia del texto). Si en los plazos fijados por la Dirección de Inquilinato, los dueños de las unidades no acuden, los inmuebles se expropian.
Parte de ese procedimiento ya se encuentra en ejecución. La Vicepresidencia está coordinando con las organizaciones de inquilinos la compra de 100 edificios en el Área Metropolitana de Caracas.
Esas instancias están preparando las convocatorias en las que se citarán a los dueños de los inmuebles y así empezar los procesos de adquisición de edificios y apartamentos.
Las organizaciones prevén dos procedimientos, que las ventas la realicen los propietarios o que las gestiones las hagan los entes estatales.
Los voceros de los inquilinos, expresaron esta semana que si los acuerdos con los dueños de las edificaciones son amistosos, éstos se encargarían de efectuar las ventas de los apartamentos a los inquilinos. Si no existen pactos, los procesos quedarían a cargo de alguna instancia que definirá la Vicepresidencia de la República.
marmas@eluniversal.com
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