n La Ley contra los Desalojos Arbitrarios, vigente desde este seis de mayo, señala en su artículo 1 que serán objeto de protección los arrendatarios, comodatorios y ocupantes de bienes destinados a vivienda principal así como los adquirientes de soluciones habitacionales tanto en el mercado primario como en el mercado secundario.
n Este nuevo marco legal en el artículo 19 indica que " la Ley tendrá aplicación preferente respecto a la legislación en materia de arrendamientos inmobiliarios, y la legislación procesal vigente en lo referente a las condiciones, requisitos y procedimientos de ejecución de desalojos".
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