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Manuel Alfredo Rodríguez // Registro de marcas, patentes e invenciones

En Venezuela para que la marca, patente, invención o derecho de autor tenga un propietario en particular, debe cumplirse con el requisito de la inscripción correspondiente ante la oficina de Registro de la Propiedad Intelectual, conocida también con el nombre: SAPI. De lo contrario, la titularidad no será reconocida por los terceros interesados, quienes podrían usar y disponer de esa marca en el mercado para obtener lucro de ella.

El trámite para la inscripción de la marca es largo y algunas veces complicado. Pero lo más grave no es lo reseñado sino que, una vez culminado el proceso, el ente administrativo demora muchos años en entregar el certificado de titularidad. Existen marcas ya concedidas que están en lista de espera para recibir el título de propiedad.

Los abogados en Venezuela expertos en el registro de marcas, patentes, invenciones y derechos de autor, advierten la necesidad e importancia de la obtención de estos derechos. Cuando se va a explotar una franquicia, por ejemplo, el franquiciante y franquiciado hacen uso de los derechos marcarios que se van a plasmar en el contrato de franquicia a suscribir. Asimismo, la empresa extranjera, al invertir capital en Venezuela, advierte que la marca o patente objeto del contrato de arbitraje firmado entre las partes es susceptible de estimación dineraria siempre que goce de la inscripción en el SAPI. De manera que se trate de franquicias, empresas of shore, capital extranjero o compañías nacionales, cobro de royalty, e incluso, negocios u operaciones jurídicas atípicas, siempre sin excepción, el comerciante requiere de los derechos de propiedad sobre la marca, patente o invención.

En una auditoría legal evacuada, sostuvimos que en cuanto al registro de los derechos de autor derivados de obras del ingenio, es relevante subrayar la protección que da el SAPI. Ante el uso ilegal de una marca o derecho de autor, la víctima logra, a través de sus abogados, la incautación de la mercancía o la suspensión de las actividades ilícitas detectadas con la correspondiente indemnización económica por los daños sufridos. En estos casos la segunda opinión legal siempre recomienda blindar los bienes: derechos marcarios, derechos de autor, invenciones, patentes y lemas. Los registros o inscripciones de marcas en Venezuela representan la única protección ante los usos ilegales o arbitrarios, por lo que cuentan con la sanción para los infractores. Las personas que se consideren víctimas por la explotación no autorizada de un derecho de autor pueden demandar la indemnización económica por daños materiales y morales. Esta demanda será declarada con lugar cuando la víctima haya logrado recabar las pruebas, siendo la más importante el título de propiedad concedido por el SAPI.

Abogado en Venezuela. Profesor UCV, UCAB y USM
asomivis@gmail.com


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