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Supremo rechaza entregarle a España a presunto etarra

El magistrado Aponte Aponte redactó el fallo (Cheo Pacheco/Archivo)

El presunto miembro de la banda separatista vasca ETA, Ignacio Echeverría Landazábal, podrá continuar residiendo en el país, tal y como lo ha hecho en los últimos tres lustros, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó la petición de extradición formulada en su contra.

La decisión la adoptó ayer la Sala Penal, la cual acogió el criterio del Ministerio Público, según el cual el delito del que se acusaba al solicitado había prescrito, informaron fuentes del máximo juzgado.

Echeverría es señalado por las autoridades judiciales españolas de estar incurso en el delito de asesinato terrorista (homicidio), pues, según ellas, participó en 1981 un atentado fallido contra un periódico de Bilbao. En el hecho un periodista resultó herido.

La última actuación que la justicia ibérica realizó contra el presunto etarra, antes de pedir su entrega este año, fue en noviembre de 1993; es decir transcurrieron más de 15 años, lapso en el que, según la legislación venezolana, expira la acción penal para el delito de homicidio.

El tratado de extradición entre Venezuela y España establece que si en alguno de los dos países se considera prescrito el delito del que se señala a una persona requerida, pues la entrega no procede.

La defensa de Echeverría se ha quejado en los últimos días de la lentitud con la que el TSJ ha tramitado este caso y ha acusado a los magistrados de buscar vías para poner a su cliente a disposición de las autoridades del país europeo.

Se espera que en las próximas horas la sentencia sea publicada.

Pero esta decisión no pone fin al caso, pues la Fiscalía investiga cómo fue detenido el presunto etarra. La policía sostiene que los capturaron en San Diego (Carabobo) el 24 de abril y lo llevaron al día siguiente a los tribunales, pero sus abogados afirman que en realidad fue detenido el día 21, violando lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal.

Juan Francisco Alonso
EL UNIVERSAL


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