CARACAS, lunes 20 de julio, 2009 | Actualizado hace
La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación ordena prisión hasta por 10 años a quienes realicen movilizaciones cercanas a casi todas las sedes del Gobierno, de las empresas básicas, guarniciones militares o aquellas que puedan afectar los servicios públicos
El Código Penal castiga con cárcel de cuatro a ocho años a quienes obstaculicen las vías de circulación. Excluye a los condenados del derecho a gozar de beneficios procesales y de la aplicación de medidas alternativas para cumplir la pena
La Ley de Acceso a Bienes y Servicios prohíbe el boicot. El castigo es hasta de 10 años de prisión y lo define como las acciones que impidan producir, importar, acopiar, transportar o distribuir bienes esenciales
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