Caracas.- El aumento escalonado de 20% en el salario mínimo de los trabajadores que fue anunciado en días pasados por el presidente Hugo Chávez, fue publicado en Gaceta Oficial número 39.151 de este miércoles 1 de abril.
A través del Decreto Presidencial 6.660, se establece que el incremento se hará en dos partes, la primera de ellas empezará a regir a partir del 1 de mayo de 2009, cuando el salario mínimo mensual obligatorio tanto para el sector público como para el privado será de 879,15 bolívares fuertes.
El resto del aumento se realizará en septiembre próximo, quedando en 959,08 bolívares fuertes y corresponderá a trabajadores y trabajadoras urbanos, rurales, domésticos y de conserjería, independientemente del número de personas que presten servicio para el patrono, informa ABN.
En esa misma publicación se establece que las pensiones de jubilados y pensionados de la Administración Pública y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, así como los adolescentes aprendices gozarán de este incremento, con lo que se equipara su ingreso mensual al salario mínimo obligatorio, éstos últimos de conformidad en lo dispuesto en el Capítulo I de la Ley Orgánica del Trabajo.
El documento aclara que el incremento de salario mínimo "por ninguna razón implicará el aumento en la escala general de sueldos y salarios de la Administración Pública'.
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