CARACAS, jueves 08 de enero, 2009 | Actualizado hace
07:33 PM
Caracas.- Mediante resolución aprobada
hoy, la directiva del Poder Electoral decidió establecer
como Registro Electoral (RE) para el referendo de enmienda
constitucional, aquel cuya formación y cierre fue aprobado
por el CNE en la sesión celebrada el 11 de diciembre
de 2008.
Este registro será utilizado en caso de que la Asamblea
Nacional consigne ante el Poder Electoral la solicitud de
enmienda en el primer trimestre del año, reseñó
una nota de prensa.
La disposición establece que en el referendo, regulado
mediante las normas que debe fijar el CNE, participarán
los electores inscritos ese RE con derecho a voto en las elecciones
nacionales, incluidos los residentes en el exterior.
La decisión contempla que las objeciones en contra del
RE preliminar se efectuarán dentro de los cinco días
hábiles siguientes a su publicación, la cual se
hizo hoy en el sitio oficial del CNE en Internet: www.cne.gob.ve.
En este lapso, los electores y las electoras pueden revisar
sus datos y, en caso de cualquier observación, formular
los reclamos entre el 9 y el 15 de enero.
Se determinó que la Comisión de Registro Civil
y Electoral decidirá sobre los recursos interpuestos
al día siguiente de la culminación de los cinco
días hábiles establecidos, es decir, el viernes
16 de enero. Una vez cumplidos estos lapsos, el CNE publicará
el padrón electoral definitivo que sería utilizado
para la celebración de la eventual consulta popular.
Dentro de las consideraciones incluidas en la resolución,
el organismo comicial ratifica que, de conformidad con lo
establecido en el artículo 341 numeral 3 de la Carta
Magna, el proyecto de enmienda, en caso de ser aprobado por
la Asamblea Nacional, deberá ser sometido a referendo
dentro de los treinta días siguientes a la recepción
formal de la solicitud.
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