CARACAS, jueves 04 de septiembre, 2008 | Actualizado hace
Los terrenos así como las empresas de producción de insumos podrán ser objeto de utilidad pública (EFE)
MAYELA ARMAS H.
EL UNIVERSAL
La reforma que se realizó a la Ley del Régimen
Prestacional de Vivienda le da facultades al Ejecutivo nacional
para tener el control sobre los insumos que se emplean para
la construcción de soluciones habitacionales.
En el artículo 3 del marco legal se indica que la naturaleza
social del decreto está basada en su carácter estratégico
y luego se agrega que "se declaran de utilidad pública
e interés social todos los bienes y servicios susceptibles
de ser empleados en la planificación, producción
y consumo en materia de vivienda y hábitat con la finalidad
de garantizar lo previsto en la Constitución y la ley".
Abogados consultados indicaron que ante lo previsto en el
texto se le permite al Gobierno, en el momento en que considere
conveniente, realizar expropiaciones de terrenos para realizar
unidades habitacionales o hasta de empresas fabricantes de
insumos básicos. Agregan que el artículo es muy
amplio y da pie a varias interpretaciones, dado que cualquier
bien o servicio se puede considerar estratégico.
El Ejecutivo nacional basado en lo previsto en el Plan de
Desarrollo Económico y Social 2007-2013 consideró
estratégica la producción de algunos materiales
que se usan en la construcción y por tal motivo ejecutó
la nacionalización de las áreas de cemento y acero.
De hecho el primer mandatario nacional llegó a calificar
al cemento de "vital".
Ese programa indica que en el transcurso de los próximos
seis años se desarrollará y fortalecerá la
manufactura y los servicios con fundamento en las cadenas
productivas con ventajas comparativas y, además de la
industria energética, se hará "énfasis en la
industria básica no energética, la producción
de alimentos, la manufactura en general y los servicios básicos
para la población". Y en la desagregación del programa
se notifica que el aumento de la inversión en actividades
estratégicas abarca la producción de insumos para
construcción.
En los decretos de ordenamiento de la industria siderúrgica
y cementera se declara la utilidad pública de las empresas
y se contempla que en caso de no llegarse a acuerdos se procedía
a la expropiación, lo cual ya se concretó con una
de las compañías que producen cemento.
Ahora la reforma a la Ley de Vivienda permite al despacho
actuar en cualquier momento. En ese instrumento no sólo
se declara de utilidad pública e interés social
la producción de insumos, también centraliza los
planes de construcción de soluciones habitacionales.
Planificación
El texto vigente desde el pasado 31 de julio apunta que el
Ministerio de la Vivienda tendrá a su cargo la planificación
y programación de los planes a escala nacional del sector,
"atendiendo a las directrices emanadas de la planificación
centralizada y el plan nacional de ordenación y desarrollo
del territorio".
La elaboración de los planes y programas por parte de
los estados, municipios, parroquias y comunidades se sujetará
a los lineamientos que al efecto establezca el Ministerio.
Ese despacho, adicionalmente, regulará la forma de elaboración,
presentación y evaluación de los proyectos así
como lo relativo al diseño y parámetros mínimos
para la realización de las viviendas. De manera que los
lineamientos para presentación y ejecución de los
proyectos tanto de los entes del sector público como
del privado estarán sujetos a lo que defina el Ministerio
de la Vivienda.
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